Periódico Oficial de Tamaulipas del 22/3/2000 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

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PERIODICO OFICIAL

CUARTO.- Que el edificio que ocupa la institución educativa privada, reúne las condiciones higiénicas y pedagógicas que establecen los artículos 55, fracción II, de la Ley General de Educación y 92, fracción II, de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas; lo que se considera indispensable para el buen funcionamiento de la escuela primaria particular COLEGIO AMERICANO DE REYNOSA tal como lo reportó el C. Prof. y Lic. Pedro Martínez Salazar, Supervisor de Educación Primaria, de la Dirección General de Educación, de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado, en el informe de la supervisión realizada el 20 de agosto del 1999, contando con el equipo y material didáctico necesario para el correcto desarrollo de sus actividades educativas, aprobándose además la integración de los grupos escolares y horarios de clases con lo que funcionará el plantel.

con los actos cívicos que marca el calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública.

QUINTO.Que ACCIÓN
EDUCATIVA
DE
TAMAULIPAS, A. C., que auspicia a la escuela primaria particular COLEGIO AMERICANO DE REYNOSA por conducto de su representante legal el C. LIC. JORGE JESÚS
VARGAS COELLO, ha aceptado que la citada institución educativa privada, esté sujeta a que la Dirección General de Educación, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de Tamaulipas, ordene cualquier modificación o cambio relacionado con su denominación, turno de trabajo, organización del alumnado y personal directivo, docente y técnico.

VI.- En caso de decidir dar de baja a la escuela primaria particular COLEGIO AMERICANO DE REYNOSA, dar aviso a la Dirección General de Educación de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado, en un plazo mínimo de 90 días anteriores a la terminación del ciclo escolar, y hacer entrega de los archivos correspondientes.

SEXTO.Que ACCIÓN
EDUCATIVA
EN
TAMAULIPAS, A. C., convendrá con los padres de familia de la escuela primaria particular COLEGIO AMERICANO DE
REYNOSA, en lo individual o colectivo, respecto a la cantidad que deberán pagar por concepto de colegiaturas, la cual deberá quedar establecida por lo menos 30 días antes de las inscripciones y reinscripciones y no podrá modificarse por el período para el que fueron aprobadas.
SÉPTIMO.Que ACCIÓN
EDUCATIVA
DE
TAMAULIPAS, A. C., que auspicia a la escuela primaria particular COLEGIO AMERICANO DE REYNOSA se ha comprometido a observar las siguientes normas, en cuanto a cooperaciones extraordinarias:
a.- Se someterán a la consideración, en su caso, de la Asociación de Padres de Familia.
b.- Cada solicitud de cooperación extraordinaria, expresará su destino y contendrá la mención de ser voluntaria.
c.- Las aportaciones serán cubiertas a la Dirección de la Escuela, y ejercidas por ésta, bajo la escrita vigilancia de la Asociación de Padres de Familia.
d.- La inscripción, reinscripción y situación académica de los alumnos o permanencia de los mismos, no se condicionará al pago de las cuotas o cooperaciones extraordinarias.
OCTAVO.- Que la ACCIÓN EDUCATIVA DE
TAMAULIPAS, A. C., que auspicia a la escuela primaria particular COLEGIO AMERICANO DE REYNOSA se ha obligado a:
I.- Conceder becas totales o parciales en los términos del reglamento respectivo, cuyo monto nunca será menor al 5% del total obtenido por ingresos de inscripciones y colegiaturas, considerando el 100% de la población estudiantil, sujetándose además a los acuerdos y lineamientos que al respecto expida la Secretaría de Educación Pública. Lo anterior, de conformidad a lo establecido por el artículo 94, fracción III, de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas.
II.- Cumplir con lo que ordena la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 8 de febrero de 1984, así como cumplir
III.- Constituir la Asociación de Padres de Familia, en los términos del reglamento respectivo vigente.
IV.- Constituir el Comité de Seguridad Escolar, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el decreto respectivo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1986.
V.- Integrar el Consejo Técnico, mismo que se ocupará de auxiliar a la Dirección del Plantel en la elaboración de planes de trabajo, aplicación de métodos de enseñanza, atención de problemas disciplinarios y evaluación de la actividad educativa.

NOVENO.- Que el expediente que se integró, con motivo de la solicitud del C. LIC. JORGE JESÚS VARGAS
COELLO, representante legal de la ACCIÓN EDUCATIVA DE
TAMAULIPAS, A. C., a través de la cual pidió se le otorgara, a la persona moral que representa autorización para que su auspiciada la escuela primaria particular COLEGIO
AMERICANO DE REYNOSA, imparta educación primaria, ha sido revisado por la Dirección General de Educación de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado, observándose que la institución educativa privada cumplió con los requisitos exigidos para su funcionamiento; razón por la cual, la Dirección General del Educación antes citada, a través del oficio No 238.28.01/00986, de fecha 30 de agosto de 1999, determinó que la autorización es procedente, y con fundamento en el artículo 12, fracción IX, de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, emitió opinión favorable para que el Ejecutivo Estatal otorgará autorización a la persona moral denominada ACCIÓN EDUCATIVA DE
TAMAULIPAS, A. C. para que su auspiciada, la escuela primaria particular COLEGIO AMERICANO DE REYNOSA
para que imparta educación primaria, funcionando con alumnado mixto y turno matutino, en el domicilio ubicado en carretera Ribereña, Km. 6, fraccionamiento Las Haciendas, del municipio de Reynosa, Tamaulipas.
En atención a lo expuesto y con fundamento en los artículos 3º, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, 7º, 10, 14, fracciones IV y X, 21, segundo párrafo, 30, 47, 54, 55, 56, segundo párrafo, 57 y 60, de la Ley General de Educación; 91, fracciones V y XXXIV, y 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 25, fracciones XXIV, XXV, XXVI, XXVII, y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de Tamaulipas; 1º, 5º, 8º, 9º, 10, 11, fracciones III, VI, y VIII; 12, fracciones IX y XII, 19, 21, 25, 30, 59, 61, 64,78, fracción III; 91,92, 93, 94, 95, 96, 102, 104, 106 y 107 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas; he tenido bien expedir, el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se autoriza a ACCIÓN EDUCATIVA EN
TAMAULIPAS, A. C., para que bajo sus auspicios funcione la escuela primaria particular COLEGIO AMERICANO DE
REYNOSA, impartiendo educación primaria, con alumnado mixto y turno matutino, en el domicilio ubicado en carretera Ribereña, Km. 6, fraccionamiento Las Haciendas, del municipio de Reynosa Tamaulipas; correspondiéndole como número de Acuerdo de Autorización, el siguiente: 9905282.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 22/3/2000 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha22/03/2000

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones4075

Primera edición02/01/1999

Ultima edición11/07/2024

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