Periódico Oficial de Tamaulipas del 15/3/2000 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

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PERIODICO OFICIAL

AVISO DE DESLINDE del Predio Presunta Propiedad Nacional Denominado LA LOMA, con superficie aproximada de 375-00 hectáreas, ubicado en el Municipio de Tula, Tam.
AI margen un sello del Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaria de la Reforma Agraria.
La Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaria de la Reforma Agraria, mediante oficio número 140552
de fecha 2 de febrero del 2000, autorizó a la Representación Regional Noreste, para que comisionara Perito Deslindador, la cual con oficio número 159 de fecha 3 de marzo del 2000, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria, 104, 107 y 108 del Reglamento de la Ley Agraria en materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presuntamente Propiedad Nacional denominado LA LOMA, con una superficie aproximada de 3-75-00 Has., ubicado en el Municipio de Tula, Estado de Tamaulipas, el cual cuenta con las siguientes colindancias:

AL Norte:

En 75.00 Mts.

con Ejido Guadalupe Victoria, Canal de por medio.

AL Sur:

En 75.00 Mts.

con Ejido Lucio Vázquez
AL Este:

En 500.00 Mts.

con José Santos Reyes
AL Oeste:

En 500.00 Mts.

con Juan Tovar Castillo
Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los Artículos 160 de la Ley Agraria y 108 del Reglamento de la Ley Agraria en materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación; en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tamaulipas, en el Periódico de Información Local LA VOZ DE TULA, de Cd. Tula, Tam., así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del periodo de 30 días hábiles a partir de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista para cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Representación Regional Noreste con domicilio en 8 Boulevard Tamaulipas No. 1946, Fraccionamiento San José Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas.
A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado, o que habiendo sido notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados.
Cd. Victoria, Tam., a 9 de Marzo del 2000
ATENTAMENTE
El Coordinador De La Brigada De Deslinde, ING. HOLEGARIO
GUADALUPE CABALLERO CANTU.- Rúbrica.

AVISO DE DESLINDE del Predio Presunta Propiedad Nacional Denominado "EL
REDAMADERO
con superficie aproximada de 2-14-83 hectáreas, ubicado en el Municipio de Tula, Tam.
Al margen un sello del Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaria de la Reforma Agraria.
La Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de, la Secretaria de la Reforma Agraria, mediante oficio numero 140553
de fecha 2 de febrero del 2000, autorizo a la Representación Regional Noreste, para que comisionara Perito Deslindador, la cual con oficio número 160 de fecha 03 de marzo del 2000, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria, 104, 107 y 108 del Reglamento de la Ley Agraria en materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presunta Propiedad Nacional denominado "EL REDAMADERO, con una superficie aproximada de 2-14-83 Has., ubicado en el Municipio
de Tula, Estado de Tamaulipas, el cual cuenta con las siguientes colindancias:

AL Norte:

En 93.00 Mts.

Con Angel Meza de León.

AL Sur:

En 93.00 Mts.

Con Nicolás García Coronado
AL Este:

En 231.00 Mts.

con Dimas García Coronado
AL Oeste:

En 231.00 Mts.

con Emigdio García Coronado
Por lo que en cumplimiento a lo establecido por los Artículos 160 de La Ley Agraria y 108 del Reglamento de la Ley Agraria en materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación; en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tamaulipas, en el Periódico de información Local LA VOZ DE TULA, de Cd. Tula, Tam., así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del periodo de 30 días hábiles a partir de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista para cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Representación Regional Noreste con domicilio en 8 Boulevard Tamaulipas No. 1946, Fraccionamiento San José Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas.
A las personas que no presenten sus documentos dentro, del plazo señalado, o que habiendo sido notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados.
Cd. Victoria, Tam., a 7 de Marzo del 2000.
ATENTAMENTE
EI Coordinador De La Brigada De Deslinde, ING. HOLEGARIO
GUADALUPE CABALLERO CANTU.- Rúbrica.

AVISO DE DESLINDE del Predio Presunta Propiedad Nacional Denominado "LAS LIEBRES, con superficie aproximada de 6-77-30 hectáreas, ubicado en el Municipio de Tula, Tam.
AI margen un sello del Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaria de la Reforma Agraria.
La Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaria de la Reforma Agraria, mediante oficio número 140549
de fecha 2 de febrero del 2000, autorizo a la Representación Regional Noreste, para que comisionara Perito Deslindador, la cual con oficio número 157 de fecha 03 de Marzo del 2000, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 160 de la Ley Agraria, 104, 107 y 108 del Reglamento de la Ley Agraria en materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presuntamente Propiedad Nacional denominado LAS LIEBRES, con una superficie aproximada de 6-77-30 Has., ubicado en el Municipio de Tula, Estado de Tamaulipas, el cual cuenta con las siguientes colindancias:

AL Norte:

En 1,042.00 Mts.

con David Avalos Acuña.

AL Sur:

En 1,042.00 Mts.

con Paola Iracheta
AL Este:

En
65.00 Mts.

con Juan Carrizales Sánchez
AL Oeste:

En
65.00 Mts.

con Juan Alonso Guevara
Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los Artículos 160 de la Ley Agraria y 108 del Reglamento de la Ley Agraria en materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación; en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tamaulipas, en el Periódico de Información

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 15/3/2000 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha15/03/2000

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones4075

Primera edición02/01/1999

Ultima edición11/07/2024

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