Periódico Oficial de Tamaulipas del 2/7/2024 - Judicial

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

Página 20

Victoria, Tam., martes 2 de julio de 2024

EDICTO
Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.
Cuarto Distrito Judicial.
H. Matamoros, Tam.
C. C. ANA MA. LEE GUERRA Y
MARTHA ROSA LEE GUERRA
CUYO DOMICILIO SE IGNORA.
El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Cuarto Distrito Judicial del Estado De Tamaulipas, con residencia en esta ciudad, por auto de fecha trece de julio de dos mil veintiuno, se radicó en este Juzgado el Expediente Número 831/2021, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de MARIA TERESA GUERRA SABUGAL
promovido por MARIA TERESA LEE GUERRA y toda vez de que se ignora el domicilio de Usted, se ordenó por auto de fecha cinco de abril del presente año, emplazarlo por medio de edicto que se publicará en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de los mayor circulación que se edite en esta ciudad, por TRES VECES consecutivas y se fijara además en los Estrados del Juzgado, comunicándole al demandado que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto de referencia;
previniéndosele para que señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento de que en caso de que no lo haga, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de cédula como lo previene la Ley, quedando a su disposición en la Secretaría del Juzgado las copias del traslado respectivo.- DOY FE.
H. Matamoros, Tam., 09 de abril de 2024.- Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ
MARTÍNEZ.- Rúbrica.
4003.- Julio 2, 3 y 4.-1v3.
EDICTO
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.
Quinto Distrito Judicial.
Cd. Reynosa, Tam.
C. JOSE ROBERTO POSADAS GARCIA
DOMICILIO IGNORADO.
La C. Licenciada Marisa Iracema Rodríguez López, Jueza Primera de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial del Estado, con residencia en Reynosa, Tamaulipas, por auto de fecha 20 veinte de septiembre del dos mil veintitrés 2023, ordenó la radicación del Expediente Número 00557/2023, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el Lic. José Alfredo Barrera Garcia, en su carácter de apoderado legal del INSTITUTO
DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS
TRABAJADORES INFONAVIT en contra de USTED, de quien reclama las siguientes prestaciones:
1.- Del la C. JOSE ROBERTO POSADAS GARCIA, en su carácter de acreditado o deudor principal, se reclama el cumplimiento y pago de todas las prestaciones que señalo:
A.- Con la finalidad de obtener el pago de las prestaciones anteriores, se demanda a él la C. JOSE
ROBERTO POSADAS GARCIA, en su carácter de deudor principal y garante hipotecario a la ejecución de la Garantía Hipotecaria constituida y consignada en el Contrato de Apertura de Crédito Simple y de la Constitución de Hipoteca, que se anexa, y en su oportunidad, la venta del inmueble dado en garantía que se describe con posterioridad y sobre el cual el hoy demandado, constituyó
Periódico Oficial
Hipoteca en Garantía del Pago del Crédito a su Favor por mi representada.
B.- Con la finalidad de obtener el pago y el cumplimiento de todas y cada una de las subsecuentes prestaciones, se declara judicialmente el vencimiento anticipado del plazo para el pago del crédito concedido por parte de mi representada a la hoy demandada y dispuesto en los términos y condiciones solicito a ese H. Juzgado se declara Judicialmente el Vencimiento Anticipado del Contrato de Apertura de Crédito Simple y de la Constitución de Hipoteca, Base de la Acción; toda vez que se actualiza la causal estipulada en la Cláusula Vigésima Primera del Anexo A del Capitulo Segundo y el artículo 49
de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del documento fundatorio de esta acción y que se acompaña a la presente demanda como anexo 2.
Lo anterior es así, en virtud de que la parte demandada no realizó más de tres pagos consecutivos de las amortizaciones estipuladas en el lapso de un año, como lo acredito con la certificación de adeudos que se acompaña a la presente demanda y que se identifica como anexo 3 y donde claramente constan todos los pagos y omisiones realizados por el demandado a favor de mi representada, las fechas de pago, así como el mes al que correspondió cada uno de los pagos que el demandado realizo a mi representada.
C.- La cancelación del crédito que mi representada otorgó al demandado y que se identifica con el Número de Crédito 280983497, otorgado a él la C. JOSE ROBERTO
POSADAS GARCIA, dispuesto y destinado por el reo procesal para la adquisición de la vivienda más adelante se identificará; el referido crédito consta en el Contrato de Apertura de Crédito Simple y de la Constitución de Hipoteca, base de la acción que se acompaña a la presente demanda como anexo 2.
D.- Como procedencia de la acción, se reclama del la C. JOSE ROBERTO POSADAS GARCIA, por concepto de capital adeudado a mi representada al día 11 de septiembre del 2023, la cantidad de 82.3620 Veces el Salario Mínimo Mensual Vigente en el Distrito Federal y/o Ciudad de México en su equivalente en Pesos Moneda Nacional asciende a la cantidad de $241,166.47
DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA
Y SEIS PESOS 47/100 M.N., que resulta de multiplicar el salario diario vigente que es de 96.32 NOVENTA Y SEIS
PESOS 32/100 MONEDA NACIONAL, por el número de días que componen un mes y dada la variabilidad de los meses que componen el año, se aplica el factor de 30.4
treinta punto cuatro, en consecuencia esa operación arroja el factor $2,928.12 DOS MIL NOVECIENTOS
VEINTIOCHO PESOS 12/100 M.N.; el factor antes obtenido servirá de base para la conversión de las cantidades precisadas en Salario Minino Mensual a Moneda Nacional, que en este caso es la cantidad de 82.3620 Veces el Salario Minino Mensual vigente en el Distrito Federal, nos da la cantidad en moneda nacional de $241,166.47 DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL
CIENTO SESENTA Y SEIS PESOS 47/100 M.N. Lo cual acredito con la certificación de adeudos que se acompaña a la presente demanda y que se identifica como anexo 3.
Por lo que la cantidad que se precisa en el párrafo que antecede es correcta, lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar.
E.- Así también se reclama del la C. JOSE
ROBERTO POSADAS GARCIA, el pago de los intereses

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 2/7/2024 - Judicial

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

PaísMéxico

Fecha02/07/2024

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones1849

Primera edición11/03/2010

Ultima edición25/07/2024

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