Periódico Oficial de Tamaulipas del 14/11/2023 - Judicial

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 14 de noviembre de 2023

previo a que venza su término para la contestación de que se trate.- De otra parte se le hace del conocimiento de la parte demandada que el abogado que llegue a autoriza para que lo represente en juicio, deberá solicitar el acceso a los Servicios del Tribunal Electrónico para el desahogo del respectivo asunto, en caso de no hacerlo, no obstante que dicho abogado cuente con la firma electrónica avanzada, será autorizado de oficios a los servicios de consulta de expedientes, promociones electrónicas y notificaciones personales electrónicas, con la cuenta de usuario que detecte el sistema como existente y lógicamente que coincida con el abogado autorizado de igual forma, dicha circunstancia se le comunicara mediante notificación personal electrónica, surtiendo los efectos según sea el caso, conforme a lo establecido en los preceptos referidos anteriormente del Reglamento para el acceso a los Servicios del Tribunal Electrónico; asimismo se le previene a la parte demandada para que el efecto que proporcione a dicho Tribunal su usuario o cuenta del Servicio de Tribunal Electrónico y se le autorice los servicios de consulta de expedientes, envió de promociones electrónicas y notificaciones personales electrónicas, en su escrito de contestación.- Notifíquese a las partes que, de conformidad con el Acuerdo 40/2018 del Consejo de la Judicatura de fecha doce de diciembre de dos mil dieciocho, una vez concluido el presente asunto contarán con 90 noventa días para retirar los documentos exhibidos, apercibidos de que en caso de no hacerlo, dichos documentos serán destruidos junto con el expediente.- Notifíquese Personalmente.- Así y con apoyo en lo dispuesto por los artículos 4, 30, 52, 462, 463, 466, 467, 468, y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles en vigor.- Así lo provee y firma el Licenciado Raúl Julián Orocio Castro, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con el Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe de lo actuado.- Licenciado Raúl Julián Orocio Castro.- Juez Tercero de lo Civil.- Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas.- Secretaria de Acuerdos.- - - - Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.
AUTO INSERTO
En esta misma fecha la suscrita Secretaria de Acuerdos del Juzgado da cuenta al Titular de la presente promoción a fin de que se acuerde lo que en derecho proceda.- DOY
FE.
Altamira, Tamaulipas, quince días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.- A sus antecedentes el escrito de cuenta, signado por la Licenciada María Luisa Garcia Martínez, quien actúa dentro del expediente 00169/2021, visto su contenido y en atención a su petición.- Y tomando en consideración que no ha sido posible la localización del domicilio y paradero de la demandada la C. ANA
CRISTINA FARÍAS MORALES, no obstante los requerimientos por vía de oficio, se tiene como ignorado por la parte actora y este Tribunal, el domicilio de dicha demandada, por lo que al tenor de la fracción VI del artículo 67 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, Emplácese a la C. ANA CRISTINA FARÍAS
MORALES, por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de los de mayor circulación, por TRES VECES consecutivas, además de fijarse en la puerta del Juzgado en el entendido de que deberán ser totalmente legibles apercibido de que en caso de no ser legibles se tendrá por no publicado.- Por dicho
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edicto hágase saber al interesado que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días a partir de la fecha de la última publicación.- Lo anterior se autoriza en la inteligencia de que si por cualquier medio se toma conocimiento del domicilio de dicho demandado, o apareciere que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento ordenado se tendrá como no hecho, y se mandará practicarlo en el domicilio que resulte conocido.Expídanse a la parte actora los edictos ordenados para su publicación, debiendo a la brevedad exhibir las ediciones que amparen su cumplimiento.- Debiéndose insertar este proveído al de radicación.- Por otra parte se instruye a la secretaria de acuerdos para que integre con costura a este expediente un cuaderno de pruebas de la parte actora, un cuaderno de pruebas de la parte demandada, un cuaderno de apelación, un cuaderno de incidente de tachas, que se llevaron por separado, levantando la constancia respectiva.- Notifíquese.- Así, con fundamento en los artículos 4º, 55, 66, 67, 68, 255 y 256 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.- Así lo provee y firma el Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe de lo actuado.- Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante.- Juez Tercero de lo Civil.- Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas.- Secretaria de Acuerdos.- Enseguida se hace la publicación de ley.Conste.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.
AUTO INSERTO
En esta misma fecha la suscrita Secretaria de Acuerdos del Juzgado da cuenta al Titular de la presente promoción a fin de que se acuerde lo que en derecho proceda.- DOY
FE.
Altamira, Tamaulipas; 27 veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veintitrés 2023.- A sus antecedente el escrito de cuenta, signado por la LIC.
MARIA LUISA GARCIA MARTÍNEZ, quien actúa dentro del Expediente 00169/2021, visto su contenido y en atención a su petición.- Y tomando en consideración que en fecha veintiocho de agosto del presente año se ordenó emplazar por edictos a la C. ANA CRISTINA FARÍAS MORALES, como tercera llamada a Juicio, se hace la aclaración que por un error se asentó en la publicación de los edictos el nombre de la C. JUANA MORALES HERNANDEZ, siendo lo correcto ANA CRISTINA FARÍAS MORALES como tercera llamada a Juicio, se ordena hacer el emplazamiento correspondiente, atención a lo ordenado al auto de fecha veintiocho de agosto del presente año.- Expídanse a la parte actora los edictos ordenados para su publicación, debiendo a la brevedad exhibir las ediciones que amparen su cumplimiento.- Debiéndose insertar este proveído al de radicación.- Notifíquese.- Así, con fundamento en los artículos 4º, 55, 66, 67, 68, 255 y 256 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.- Así lo provee y firma el Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe de lo actuado.- Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez Tercero de lo Civil.- Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas, Secretaria de Acuerdos.- Enseguida se hace la publicación de ley.Conste.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 14/11/2023 - Judicial

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

PaísMéxico

Fecha14/11/2023

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones1843

Primera edición11/03/2010

Ultima edición11/07/2024

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