Periódico Oficial de Michoacán del día 3/12/2021

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Fuente: Periódico Oficial de Michoacán

PÁGINA 2

Viernes 3 de Diciembre de 2021. 1a. Secc.

EDICTO


PERIÓDICO OFICIAL

Gobierno que se lleva en este Juzgado.

Poder Judicial del Estado de Michoacán.- Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Oral Familiar.- Morelia, Mich.

Morelia, Michoacán, a 10 de noviembre de dos mil veintiuno.La Secretaria de Acuerdos.- Lic. Esperanza Sosa Pérez.
40002070047-29-11-21

Dentro del Juicio Especial Oral Familiar, 1231/2019, sobre declaración de estado de incapacidad y nombramiento de tutor y de curador de J. Jesús y/o José Jesús Corona Plancarte, promovido por NICANDRO CORONA BENÍTEZ, frente al ciudadano GUILLERMO CORONA BENÍTEZ, se ordenó publicar un edicto con los resolutivos de la resolución final por una ocasión en el Periódico Oficial del Estado y en otro de mayor circulación en la Entidad, en cumplimiento al artículo 988 del Código Familiar para el Estado.

"Versión digital de consulta, carece de valor legal artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial"

PUNTOS RESOLUTIVOS:
PRIMERO. Este Juzgado es competente para conocer y resolver el presente asunto.
SEGUNDO. Resultó procedente la acción especial familiar oral que sobre declaración de estado de discapacidad de su progenitor y nombramiento de tutor y curador, promovió el actor, respecto de la cual solo contestaron dos personas, sin haber acreditado las defensas y/o excepciones opuesta.
TERCERO. En consecuencia, se declara el estado de discapacidad y la necesidad de sustitución en la toma de decisiones del señor J. J.C.P. y/o J.C.P., confiriéndose la tutela legítima definitiva a su hijo N.C.B., quien queda eximido de otorgar garantía y como curador definitivo a A.M.D.
CUARTO. Se ordena hacer saber el nombramiento de tutor y curador, para los efectos de la aceptación y protesta de los cargos conferidos, así como la publicación del edicto por una sola vez, en uno de los principales diarios de este Distrito Judicial, para estar en condiciones de declarar firme esta resolución.
QUINTO. Una vez que se declare firme esta resolución, y se haya publicado el edicto, se hará el discernimiento del cargo, para lo cual se ordena requerir al tutor, para que en un plazo no mayor de seis meses, realice la formulación del inventario a que se refiere el numeral 554, fracción III del Código Familiar en Michoacán.
SEXTO. En términos de lo dispuesto en el considerando tercero, en su momento, bajo la más estricta responsabilidad del tutor legítimo definitivo designado, deberá vigilar que sea levantada el acta de tutela de su progenitor y se practiquen las anotaciones marginales en la partida correspondiente.
SÉPTIMO. En términos de los numerales 1162 y 1163 del Código Familiar del Estado, se ordena registrar el nombramiento conferido de tutor y curador respecto de su progenitor, en el Libro de Registro que se lleva en este Juzgado, para los efectos legales a que se contraen dichos artículos y demás relativos.
OCTAVO. Dada la naturaleza del presente trámite, no se hace especial condena en costas.
NOVENO. Quedan notificadas las partes en este acto de conformidad con el artículo 1005 del último cuerpo normativo invocado; háganse las anotaciones respectivas en el Libro
A I
P O
C

N
I S

17

EDICTO


Poder Judicial del Estado de Michoacán.- Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil.- Puruándiro, Mich.
SE CONVOCAN OPOSITORES.
JOSÉ ALFARO ARELLANO, por su propio derecho, promueve Diligencias de Jurisdicción Voluntaria, número 252/2021, sobre Información Testimonial Ad-perpetuam, para suplir título escrito de dominio de inmueble, respecto de un predio urbano, ubicado en la localidad de Miravalle, del Municipio de Angamacutiro, Michoacán, con las medidas y colindancias siguientes:

L
A G
E L

Al Oeste, 20.00 metros, con Raúl Lemus Cervantes, con domicilio conocido en Miravalle, Municipio de Angamacutiro, Michoacán.
El predio antes citado, lo adquirió por donación verbal, de Raúl Lemus Cervantes, posesión que tiene en forma pública, pacífica, continua, de buena fe y en concepto de propietariasic.

R
O L
A V

Se convoca opositores con derecho al inmueble, para que pasen a oponerse a las presentes diligencias, dentro del término de 10 diez días hábiles.
Puruándiro, Michoacán, 25 veinticinco de octubre de 2021.El Secretario de Acuerdos.- Licenciado Francisco Cortés Pérez.
40152061653-29-11-21

17

EDICTO


Poder Judicial del Estado de Michoacán.- Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil.- Zacapu, Mich.
SE CONVOCAN OPOSITORES.
Auto fecha 14 septiembre de 2021, admitió trámite, Diligencias Información Testimonial Ad-perpetuam, expediente número 892/2021, promueve ROSA ISELA ROMERO ALONSO, suplir título escrito dominio lote urbano ubicado calle J.
Rubén Mario Maya Galván sin número, tenencia Naranja de Tapia, Municipio Zacapu, Michoacán, mide y linda:
Noreste, 20.00 metros, María Salud Mata Antonio;

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Michoacán del día 3/12/2021

TítuloPeriódico Oficial de Michoacán

PaísMéxico

Fecha03/12/2021

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones7008

Primera edición04/01/1954

Ultima edición18/06/2024

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