Periódico Oficial de Michoacán del día 23/11/2021

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Fuente: Periódico Oficial de Michoacán

"Versión digital de consulta, carece de valor legal artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial"

PÁGINA 8

Martes 23 de Noviembre de 2021. 1a. Secc.

y no limitativa los Gerentes, quedan autorizados para: articular y absolver posiciones, interponer toda clase de recursos y desistirse de ellos, inclusive del juicio de amparo, transigir, comprometer en árbitros y arbitradores; presentar posturas, hacer pujas y mejorarlas en remate y obtener adjudicaciones de bienes, intentar y proseguir juicios, incidentes, recursos y apelaciones ordinarias y extraordinarias, recusar con causa o sin ella, formular y ratificar denuncias o querellas criminales, constituir a la sociedad en coadyuvante del Ministerio Público y, en su caso, en parte civil para exigir el pago de la reparación del daño proveniente del delito, cuando sea parte ofendida, y otorgar en los casos que proceda el perdón correspondiente, y por tanto quedan autorizados para firmar cuantos documentos públicos y privados fuere menester, representar a la sociedad en todos los negocios que tenga actualmente y en los que se le ofrezcan, en lo sucesivo; ejercitar estas facultades ante cualquier persona o autoridad sea esta judicial, administrativa o del trabajo, ya sea que pertenezca a la federación, a los estados o a los municipios de los Estados Unidos Mexicanos.
2.1.3. FACULTAD PARA ACTOS DE ADMINISTRACION.
Se otorga en los términos del párrafo segundo del artículo 2554
dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil Federal y el párrafo segundo del artículo 1715 mil setecientos quince del Código Civil para el Estado de Michoacán y sus correlativos Códigos Civiles de cualquier Entidad Federativa de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que de manera enunciativa y no limitativa los Gerentes quedan autorizados para celebrar contratos de arrendamiento o comodatos, de arrendamiento financiero, constituir usufructos, conservar y mantener los bienes de la sociedad, hacer pagos a terceros o cobros a favor de la misma, tramitar pagos ante las instituciones de crédito, hacer pago de créditos fiscales, hacer todo tipo de gestiones y tramites ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SHCP, el Sistema de Administración Tributaria SAT y aquellas entidades que se relacionen directa o indirectamente, teniendo por lo tanto toda clase de facultades administrativas para actuar en los asuntos de la sociedad relacionados con todas las instancias de la administración publica, ya sea Federal, Estatal o Municipal de los Estados Unidos Mexicanos 2.1.10. FACULTAD GENERAL PARA OTORGAR
FACULTADES O PODERES GENERALES O ESPECIALES
DENTRO DEL LIMITE DE SUS FACULTADES O PODERES, así como para conferir a los funcionarios o apoderados que designen o nombren la propia facultad de delegación o sustitución, en virtud de la cual estos últimos pudieran a su vez investir a ulteriores las citadas facultades o poderes, así como para revocar los que hubiere otorgado, sin que ello restrinja en manera alguna sus facultades..
G E N E R A L E S:

A
I P
O C

N
I S

Llamarse EDUARDO GAITAN URIBE ser mexicano, mayor de edad, casado, administrador, originario de esta ciudad de Zamora, Michoacán, donde nació el día 05 cinco de Agosto del año de mil novecientos cincuenta, y vecino de Guadalajara, Jalisco con domicilio en calle Vereda del Cardenal número 14 catorce, Fraccionamiento Puerta de Hierro, código postal 45116 cuarenta y cinco mil ciento dieciséis, cuya identificación expedida por el Instituto Nacional Electoral cuenta con clave de elector GTURED50080516H600, número de emisión 02 y número CIC
1950053669, quien además cuenta con Clave Única de Registro de Población GAUE500805HMNTRD04 y Registro Federal de Contribuyentes GAUE5008053L6. Yo, el Notario, doy fe de que leí al compareciente, el contenido de la presente escritura, que le advertí de su valor y efectos legales, que puede leer todo personalmente, lo que hizo y habiéndole hecho saber de la necesidad de inscribir este título en el Registro Público de la Propiedad Raíz en el Estado, se manifestó conforme, ratificó lo expuesto, firmando para constancia ante mí en mi despacho notarial el día al principio indicado. Doy fe.

L
A G
E L

Una firma ilegible.- Abajo dice: SR. EDUARDO GAITAN
URIBE.- Gerente de la persona moral INMOBILIARIA
MIRAVALLE DE ZAMORA, SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE.E.C. Gaitán.- Firmado.- Un sello de autorizar.
AUTORIZO, en la ciudad de Zamora, Michoacán, el día 23
veintitrés de agosto del año 2021 dos mil veintiuno.- DOY FE.E.C. Gaitán.- Firmado.- Un sello de autorizar de la notaría.

R
O L
A V

El compareciente a quien conceptúo con capacidad legal para contratar y obligarse por no constarme nada en contrario, se identifica con su credencial para votar con fotografía, misma que tengo a la vista y agrego al apéndice de esta escritura, y manifiestan bajo protesta de decir verdad, por sus generales los siguientes:

PERIÓDICO OFICIAL

ES PRIMER TESTIMONIO QUE EXPIDO DE SU MATRIZ Y
APÉNDICE CORRIENTE, VA EN 07 SIETE FOJAS ÚTILES, DEBIDAMENTE SELLADAS, FIRMADAS Y COTEJADAS
POR MI, SE EXPIDE PARA USO DE LA PERSONA MORAL
DENOMINADA INMOBILIARIA MIRAVALLE DE
ZAMORA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, ZAMORA, MICHOACÁN, A 23 VEINTITRÉS DE AGOSTO DEL AÑO
2021 DOS MIL VEINTIUNO.- DOY FE.
E. C. Gaitán.- Firmado.- Un sello de la notaria.

ES COPIA FIELMENTE TOMADA DE SUS ORIGINALES
QUE DOY FE TENER A LA VISTA, VA EN 07 SIETE FOJAS
ÚTILES DEBIDAMENTE FIRMADAS, SELLADAS Y
COTEJADAS POR MI, SE EXPIDE PARA USO DEL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD RAÍZ EN EL
ESTADO. ZAMORA, MICHOACÁN. A 23 VEINTITRÉS DE
AGOSTO DEL AÑO 2021 DOS MIL VEINTIUNO.- DOY FE.
M.D. Efrensic Contreras Gaitansic.- Notario Público No. 53.
Firmado.
43000012188-12-11-21

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Michoacán del día 23/11/2021

TítuloPeriódico Oficial de Michoacán

PaísMéxico

Fecha23/11/2021

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones7008

Primera edición04/01/1954

Ultima edición18/06/2024

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