Diario Oficial de la Federación del 02/08/2022

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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II.

DIARIO OFICIAL

Martes 2 de agosto de 2022

La IMEF declara que:

II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN, articulo 29 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2

El Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 134
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como en los artículos 18
apartado A fracción III y 24 fracción XXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León y 4 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado; y acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, de fecha 14 de octubre de 2021.

II.3

El Instituto Estatal de las Mujeres fue creado mediante la Ley del Instituto Estatal de las Mujeres, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el 17 de diciembre de 2003.

II.4

La Titular de LA IMEF, Laura Paula López Sánchez, cuenta con atribuciones para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en el artículo 21, fracciones II y IV, de la Ley del Instituto Estatal de las Mujeres; y acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, de fecha 06 de octubre de 2021.

II.5

Los recursos del Subsidio no serán duplicados con otros programas o acciones locales en la materia.

II.6

Se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, mismo que obra en el Sistema Integral del PAIMEF SIP, con clave GEN620601DTA.

II.7

Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio de Coordinación, señala como domicilio legal el ubicado en Calle Mariano Escobedo Sur número 333, Colonia Monterrey Centro, Código Postal 64000, Monterrey, Estado de Nuevo León.

III.

LAS PARTES declaran que:

III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en las REGLAS y, en su caso, Acuerdos emitidos por la CONAVIM.
III.3. Se comprometen a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el DOF el 12
de julio de 2019.
Expuesto lo anterior, LAS PARTES sujetan su compromiso al marco jurídico aplicable y a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidio, para llevar a cabo la ejecución del Programa Anual Autorizado, presentado por LA IMEF, denominado El derecho de las mujeres nuevoleonesas a una vida libre de violencia 2022, en adelante EL PROGRAMA
ANUAL; que permitirá empoderar a las mujeres en situación de violencia que solicitan servicios de orientación y atención especializada en las unidades apoyadas por el PAIMEF, para una vida libre de violencia, mediante acciones de fortalecimiento de la institucionalización en materia de prevención y atención, coordinación con instituciones públicas y sociales y otorgar servicios de orientación y atención integral especializada: de trabajo social, psicológica y jurídica, incluyendo el seguimiento jurisdiccional, y servicios específicos para el empoderamiento de las mujeres en situación de violencia; y que se encuadra en las siguientes vertientes:
A.

Fortalecimiento de la institucionalización en materia de prevención y atención de las violencias contra las mujeres.

B.

Prevención de las violencias contra las mujeres.

C.

Orientación y atención especializada a mujeres en situación de violencia y, en su caso, a sus hijas e hijos y personas allegadas.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 02/08/2022

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha02/08/2022

Nro. de páginas288

Nro. de ediciones3481

Primera edición01/01/2011

Ultima edición02/08/2024

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