Diario Oficial de la Federación del 09/07/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Martes 9 de julio de 2019

DIARIO OFICIAL

153

Respecto al procedimiento resarcitorio número DGRRFEM/A/02/2015/10/102, relativo a la acción 10-A-07000-02-0200-06-004, se señaló: En consecuencia y siendo que la referida Sala consideró por una parte, que operó la figura de la prescripción en lo que refiere a los pagos de prestaciones realizadas en los meses de enero y febrero de 2010, de acuerdo a lo establecido por el artículo 73 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada el 29 de mayo de 2009, en el Diario Oficial de la Federación, en relación con los artículos PRIMERO y CUARTO Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el mismo medio de difusión oficial el 18 de julio de 2016; y por otra, que existieron contravenciones a lo dispuesto en la fracción II del artículo 57 de la referida Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como a lo dispuesto por el númeral 35 de Ley Federal del Procedimiento Administrativo, aplicable supletoriamente al presente procedimiento, en términos del diverso 64 de la citada Ley de la materia; esta autoridad ordena reponer el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias en el que se actúa, desde el momento en que aconteció la violación de la cual se dolieron los CC. RODOLFO
ALEJANDRO DÍAZ RUIZ, SAMUEL VELASCO AGUILAR y MANUEL JORGE MACÍAS OCHOA, para el efecto de que se señale nueva fecha y hora para que tenga lugar el desahogo de sus correspondientes audiencias y una vez hecho lo anterior, en el momento procesal oportuno y en concomitancia con lo determinado por la Sala Regional de Chiapas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dicte la Resolución Definitiva que en derecho proceda. -----------------------------------------------------------------------------------Por lo antes expuesto y a fin de cumplimentar lo ordenado en las Sentencias que nos ocupan, de conformidad con el artículo 58 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009 en relación con los artículos PRIMERO y CUARTO Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el mismo medio de difusión Oficial el 18 de julio de 2016, se ordena citar a los CC. RODOLFO ALEJANDRO DÍAZ RUÍZ, SAMUEL VELASCO AGUILAR y MANUEL
JORGE MACIAS OCHOA, al desahogo de sus correspondientes Audiencias, a fin de que manifiesten lo que a su derecho corresponda, ofrezcan pruebas y formulen alegatos, fijándose para tal efecto para el primero de ellos las 09 horas con 30 minutos para el segundo las 11 horas con 30 minutos mientras que para el último, las 13 horas con 30 minutos, todos del 16 de julio de 2019, apercibidos que de no comparecer sin causa justificada, se tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y por precluído su derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, procediéndose a resolver con los elementos que obren en el expediente respectivo ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En tal virtud de conformidad con lo previsto en el artículo 58 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009, en relación con los artículos PRIMERO y CUARTO Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016; y en cumplimiento al acuerdo de fecha 20 de junio de 2019, se les notifica por edictos el contenido de los precitados acuerdos, ello de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria al presente procedimiento resarcitorio, los que se publicarán por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el territorio nacional, citandoseles para que comparezcan personalmente a las audiencias de ley, en las fechas y horas antes aludidas, en las oficinas que ocupa esta Dirección General, ubicadas en la Carretera Picacho Ajusco, 167, Edificio A, Piso 7, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Tlalpan, Ciudad de México, poniéndose a la vista en el citado domicilio, en un horario de las 9:00
a las 14:00 horas en dias hábiles, las constancias que integran el expediente de referencia, a fin de que manifiesten lo que a su derecho convenga en relación a los hechos que se les imputan, ofrezcan pruebas y formulen alegatos en la audiencia a la que podrán asistir acompañados de su abogado o persona de su confianza, apercibidos que de no comparecer sin justa causa, se tendrán por ciertos los hechos que se les imputan, y por precluido su derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, y se resolverá con los elementos que obren en el expediente respectivo; asimismo, se les previene a fin de que señalen domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación, de lo contrario las que sean necesarias realizar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en lugar visible en esta Dirección General de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios de la Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo establecido por los artículos 306 y 316 del Codigo Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al procedimiento resarcitorio previsto en la Ley de la materia.
Ciudad de México, a 20 de junio de 2019. El Director General de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios. Lic. Aldo Gerardo Martínez Gómez.- Rúbrica.
R.- 483165

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 09/07/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha09/07/2019

Nro. de páginas156

Nro. de ediciones3455

Primera edición01/01/2011

Ultima edición27/06/2024

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