Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/7/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 6

B.O.P. DE CADIZ NUM. 133

a Entidad: Ayuntamiento de Vejer de la Frontera.
b Domicilio: Pl. España, nº 1.
c Localidad: Vejer de la Frontera.
d Fecha y hora: el día que se fije por el órgano de contratación mediante Resolución de la Alcaldía.
9. Otras informaciones.
a Criterios de valoración de las ofertas; el precio, de conformidad con la Cláusula 15 del PCAP
10. Gastos de anuncios: Los anuncios será por cuenta del adjudicatario hasta un máximo de 1000 euros.
Diez de julio de dos mil diecisiete. EL ALCALDE, Firmado: José Ortiz Galván.
Nº 58.456

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social Nº 2
Cadiz EDICTO
D CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ, LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2
DE CÁDIZ.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 793/2015 a instancia de la parte actora D/D. DIEGO MENA GARCÍA, LUCIA
SÁNCHEZ VINELLI, LOURDES MACÍAS DOMÍNGUEZ y LOURDES MACÍAS
DOMÍNGUEZ contra UTE ACTIVA-T F. Y C. S.L. - XEREZ WELLNESS SLNE, EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL, INNOVACIONES MI-GYM
S.L., ACTIVA T FORMACIÓN Y CONSULTING S.L. XEREZ WELLNESS SLNE
UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha Sentencia del tenor literal siguiente:
FALLO: Estimo la demanda de Diego Mena García ,Lucía Sánchez Vinelli y Lourdes Macías Domínguez contra UTE Activa T Xerez W; y contra Innovaciones MiGim S.L. .y contra el Excmo. Ayuntamiento de Puerto Real 1.- SE condena a las UTE y a la S.L. al abono del principal y de intereses por mora laboral: y euros para el Sr. Mena 632,82 y63,97 euros; y de Sra. Sánchez 1090,62 y 112,05 euros; y Sra. Macías 505,76 y 53,90 :
2.- SE condena de modo solidario ,respecto a esos importes al Excmo.
Ayuntamiento al mismo importe menos el Plus d e transporte y sus intereses es decir,de Mena: 535,32 y 54,12 y de Sánchez por: 1010,09 mas 103,78 euros.
Y de Macías 483,11 euros mas 51,49 euros.
Con absolución de Fogasa dada responsabilidad SOLIDARIA del Ayto.
Y para que sirva de notificación al demandado UTE ACTIVA-T F. Y C.
S.L. - XEREZ WELLNESS SLNE, INNOVACIONES MI-GYM S.L. y ACTIVA
T FORMACIÓN Y CONSULTING S.L. XEREZ WELLNESS SLNE UNIÓN
TEMPORAL DE EMPRESAS actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En CÁDIZ, a tres de julio de dos mil diecisiete. LA LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
Nº 55.973


Juzgado de lo Social Nº 2
Cadiz EDICTO
D CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ, LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
2 DE CÁDIZ. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 463/2015 a instancia de la parte actora D. JUAN JOSÉ ALBA ALCEDO contra COMPAÑÍA ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS SEGUROS BILBAO
y CHICLANERA DE MÁRMOLES Y GRANITO S.L. sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 06/06/2015 del tenor literal siguiente:
UNICO.- SE subsana el punto 4 del FD Segundo donde decía 27.000 son:
28.000; donde decía 2842,10 deben ser: 2.947,38 euros;y el Punto 5 se mantiene 8,5 pero el importe no es 24157,79 sino25.052,62 euros.
Y el FALLO punto 1.- A la S.L.:abono de 25.052,62 euros. Punto 2:Seguros Bilbao al abono de 2.947,38 euros Y para que sirva de notificación al demandado CHICLANERA DE
MÁRMOLES Y GRANITO S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En CÁDIZ, a tres de julio de dos mil diecisiete. LA LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
Nº 55.976
Juzgado de lo Social Nº 1
Cadiz EDICTO
D. ÁNGEL LUIS SÁNCHEZ PERIÑÁN, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1
DE CÁDIZ.

14 de julio de 2017

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 480/2017 a instancia de la parte actora D. SILVIA HITA ROMÁN contra EUROEXTINTORES FM S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.S. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en estas actuaciones con fecha 4/04/17, despachándose la misma a favor de D. SILVIA
HITA ROMÁN, contra EUROEXTINTORES FM S.L. por la cantidad de 1,386,10
euros en concepto de principal, más la de 200 euros calculados los intereses y costas, siguiéndose la vía de apremio sobre sus bienes, derechos o acciones hasta hacer pago a los ejecutantes de las cantidades citadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse en el plazo de TRES DÍAS RECURSO DE
REPOSICIÓN, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. D JAVIER
SÁNCHEZ GARCÍA. Doy fe. EL MAGISTRADO EL LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Y para que sirva de notificación al demandado EUROEXTINTORES FM
S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En CÁDIZ, a veintiocho de junio de dos mil diecisiete. LA LETRADA
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 56.053


Tribunal Superior de Justicia de Andalucia Sala de lo Social Sevilla EDICTO
D./ D. ALONSO SEVILLANO ZAMUDIO, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. HACE SABER: Que en el Recurso de Suplicación nº 2867/15, se ha dictado resolución por esta Sala, con fecha 17/11/16, resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Jerez de la Frontera, en Procedimiento nº 1362/14.
Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación.
Y para que conste y sirva de NOTIFICACIÓN a JC 11
MULTIALQUILERES S.L., cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En SEVILLA a veintisiete de junio de dos mil diecisiete. EL /LA
LETRADO/A DE LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA /A DE LA SALA. Firmado.
Nº 56.057


Juzgado de lo Social Nº 3
Jerez de la Frontera EDICTO
D/D JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE , LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE JEREZ
DE LA FRONTERA. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 172/2017 a instancia de la parte actora D/D. DAVID MORILLA GUTIÉRREZ
contra LORENA MARÍA BEZAS ORTEGA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN del tenor literal siguiente:
AUTO
En JEREZ DE LA FRONTERA, a diecinueve de junio de dos mil diecisiete.
Dada cuenta y;
HECHOS
PRIMERO.- En los autos de referencia, seguidos a instancia de D. DAVID MORILLA
GUTIÉRREZ, contra LORENA MARÍA BEZAS ORTEGA, se dictó Auto de Extinción de relación laboral, con fecha 2 de marzo de 2.017, por la que se condenaba a la demandada al abono de las cantidades que se indican en el mismo.
SEGUNDO.- Dicha resolución es firme.
TERCERO.- Que se ha solicitado la ejecución de la sentencia firme, por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha dado cumplimiento al fallo de la misma.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/7/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha14/07/2017

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6031

Primera edición02/01/2001

Ultima edición08/07/2024

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