Diario Oficial de Extremadura del 26/6/2020

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Fuente: Diario Oficial de Extremadura

NÚMERO 123
Viernes, 26 de junio de 2020

21023

Pediluvios.
Vado sanitario.
Muelle de carga y descarga.
Cerramiento.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Protección Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
En aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 y del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma, el plazo máximo para resolver este procedimiento, así como los plazos concedidos a los interesados y los previstos para los distintos trámites administrativos que se hubieren iniciado con anterioridad a la declaración del estado de alarma y que no hubieran finalizado en aquel momento han estado suspendidos desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 1 de junio de 2020, fecha en que se reanuda el cómputo de dichos plazos.
Mérida, 10 de junio de 2020. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PEREZ.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de Extremadura del 26/6/2020

TítuloDiario Oficial de Extremadura

PaísEspaña

Fecha26/06/2020

Nro. de páginas308

Nro. de ediciones7256

Primera edición17/01/1984

Ultima edición27/06/2024

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