Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 21/01/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.910
Salta, jueves 21 de enero de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

Que tomando la intervención que le compete, la Gerencia Económica del Ente Regulador informó que se hallaban cumplidos los requisitos formales que permitían habilitar el inicio del proceso de revisión de costos para EDESA S.A.
Que al respecto, corresponde tener presente la normativa aplicable, esto es, las Resoluciones Ente Regulador N 833/12 y 500/17.
Que en este sentido, cabe recordar que el Artículo 4 de la citada Resolución Ente Regulador Nº 833/12, aprueba como indicador testigo las fórmulas previstas en el Anexo IV de la misma. Dicho Anexo IV especifica que si al cabo de 12 doce meses el indicador testigo arrojara una variación del VAD Valor Agregado de Distribución superior al 5%, la Distribuidora podrá hacer una presentación fundada, acreditando fehacientemente el incremento real producido en sus costos, debiendo el Ente Regulador analizar dicha presentación y, de corresponder, autorizar los ajustes tarifarios del caso, con el fin de restablecer el equilibrio económico de la Concesión. A su vez, el Artículo 5 de la referida Resolución aprueba la metodología de actualización de costos del servicio, plasmada en el Anexo V de la misma.
Que a su turno, la Resolución Ente Regulador Nº 500/17, dispone en su Artículo 2
mantener la vigencia del "Procedimiento para la Determinación del Cuadro Tarifario", y de la Metodología de Actualización de Costos del Servicio, aprobados por la Resolución Ente Regulador Nº 833/12; y en su Artículo 3 resuelve mantener como "indicador testigo", las formulas previstas en la Resolución Ente Regulador Nº 833/12.
Que por otra parte, el Artículo 30 de la Ley Provincial Nº 6.835 de creación del Ente Regulador de los servicios Públicos, establece: Las licenciatarias, y las organizaciones de
usuarios podrán solicitar modificaciones de tarifas, cargos o servicios, fundándose en circunstancias objetivas y justificadas relacionadas con el principio previsto en el inciso a del artículo 27.
El Ente convocará a una audiencia pública de las previstas en el artículo 13 y emitirá decisión dentro de los treinta días de celebrada la audiencia pública.
El Ente podrá disponer que las nuevas tarifas sean aplicadas dentro de un plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de la decisión prevista en el párrafo anterior.
Que considerando la solicitud presentada por EDESA S.A., el informe de la Gerencia Económica, el dictamen de la Asesoría Jurídica y la normativa vigente aplicable, es que mediante Resolución N 1599/2020, de fecha 10/12/2020, el ENRESP dispuso convocar a Audiencia Pública con el objeto de dar tratamiento al pedido de actualización tarifaria solicitado por la Concesionaria, fijando la misma para el día viernes 08 de Enero de 2021, a las 08:30 horas, mediante modalidad digital remota, virtual, no presencial, en forma sincrónica a través de la plataforma ZOOM, para realizar las exposiciones; ello en razón de la situación epidemiológica de público conocimiento imperante en el País y la Provincia, provocada por el Covid-19, y teniendo en cuenta la normativa dictada en su consecuencia fs. 111/114.
Que de fs. 148/149, se colige que la convocatoria a la Audiencia Publica mencionada precedentemente, fue debida y oportunamente publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta Nº 20.885, de fecha 11/12/2020; y según fs. 120/122, fue publicada en el diario El Tribuno los días 12, 13 y 14 de Diciembre de 2020, dando cumplimiento así a lo ordenado en el artículo 19º del Reglamento General de Audiencias Públicas vigente. Ello sin perjuicio
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 21/01/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha21/01/2021

Nro. de páginas118

Nro. de ediciones2035

Primera edición04/01/2016

Ultima edición31/07/2024

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