Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 16/11/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.868
Salta, lunes 16 de noviembre de 2020

Financiamiento, dependiera de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación, mientras que por Decreto Nº 168/20 se aprobó la estructura de la mentada Subsecretaría;
Que así también, conviene tomar medidas tendientes a procurar el ahorro en la administración Pública, para lo cual resulta necesario modificar la jerarquía de la Subsecretaría de Financiamiento, convirtiendo la misma en Dirección General, lo cual redundará en un ahorro económico y una mejora en el funcionamiento estructural de la misma.
Que en dicha inteligencia y a los fines de mejorar el funcionamiento administrativo, conviene en éste acto modificar la dependencia administrativa de la Dirección General de Financiamiento, trasladando la misma a la órbita del Ministerio de Economía y Servicios Públicos de la Provincia;
Que, en consecuencia, resulta necesario el dictado del correspondiente acto administrativo;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Delegar en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos, la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la denominación de la Secretaría de Planificación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Púbicos, por el de Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera.
ARTÍCULO 3º.- Modificar parcialmente los Decretos Nº 16/19 y Nº 168/20, eliminando del ámbito de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación; la Subsecretaría de Financiamiento.
ARTÍCULO 4º.- Crear la Dirección General de Financiamiento la que funcionará en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos vinculándose jerárquicamente al mismo a través de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, conforme anexo que se acompañan al presente.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Economía y Servicios Públicos y Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Dib Ashur - Posadas VER ANEXO
Fechas de publicación: 16/11/2020
OP N: SA100036747

SALTA, 11 de Noviembre de 2020
DECRETO Nº 753
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
EXPEDIENTE Nº 0120159-38717/2020-0; 0120047-55261/2020-0
VISTO la solicitud de Licencia Gremial con goce de haberes solicitado por los Sres. María Victoria Cervera, Brijida Laureano y Luis Alberto Calvetti; y, CONSIDERANDO:
Que los mencionados agentes, revistan como personal docente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; y fueron designados como miembros de la Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 16/11/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha16/11/2020

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones2022

Primera edición04/01/2016

Ultima edición12/07/2024

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