Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 26/08/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.809
Salta, miércoles 26 de agosto de 2020

CONSIDERANDO:
Que mediante el citado Decreto, se dispuso el pase a retiro obligatorio del señor Edgar Roberto Castrillo, como personal subalterno por exceso de arresto, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 inciso b, apartado 2º del Decreto Nº 248/1975 del Reglamento del Régimen de Promociones Policiales;
Que preliminarmente, cabe precisar que el artículo 177 de la Ley Nº 5.348, establece El recurso de revocatoria o reconsideración procederá contra las declaraciones administrativas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 172. Deberá ser interpuesto dentro del plazo de diez 10 días, directamente ante el órgano del que emanó la declaración y resuelto por éste sin sustanciación el recurso planteado fue presentado dentro plazo establecido en la norma referida, por lo cual corresponde su tratamiento;
Que es dable destacar que el artículo 19 inciso b, apartado 2º del Decreto Nº 248/1975 establece que la eliminación obligatoria se producirá cuando el personal subalterno sobrepase, en el período analizado, los sesenta días de arresto, ya sea en forma continua o discontinua;
Que el impugnante posee rango de cabo y, por ende, pertenece al escalafón de personal subalterno del cuerpo policial, resultando de aplicación de la norma ut-supra individualizada;
Que consecuentemente, y tal como fuera puesto de manifiesto por la Fiscalía de Estado en Dictamen Nº 357/2010, de las normas vigentes existen dos interpretaciones posibles respecto del modo de computar los días de arresto para que el personal policial se encuentre en situación de retiro obligatorio; que la sanción se compute considerando los días de arresto aplicados durante el período previamente establecido, y se computen los días de arresto cumplidos durante tal periodo;
Que la interpretación más razonable es la de los días de sanciones aplicadas, por lo que, en ese sentido, quedó acreditado que el señor Castrillo superó ampliamente los días de arrestos exigidos en el Decreto Nº 248/1975;
Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha establecido que la aplicación del principio de legalidad administrativa -derivación de los postulados del Estado de Derechoque importa la vinculación y sujeción de la Administración Pública al bloque de la legalidad, se integra no sólo con las normas de rango jerárquico superior -a partir de la Constitución, artículo 31- y reglamentos que emite, sino también con los actos unilaterales y bilaterales que ceñidos a las normas mencionadas, dicta o asume CSJN, Fallos 317:1340;
Que de esta manera, cabe concluir que en autos la administración obró conforme a las normas que reglamentan tal derecho, normas a las que se sometió voluntariamente el impugnante al ingresar a la fuerza policial;
Que en consecuencia de ello, el pase a retiro obligatorio se ha dictado dentro de un procedimiento en donde la Administración reunió las pruebas suficientes, y que recurrente no logró desvirtuar;
Que atento a lo expuesto y en virtud al Dictamen Nº 157/2020 de la Fiscalía de Estado, corresponden rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por el Cabo de la Policía de la Provincia de Salta, Edgar Roberto Castrillo, en contra del Decreto Nº 175/2020;
Por ello en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 segundo párrafo y 144 inciso 2, de la Constitución Provincial, y el artículo 2º de la Ley Nº 8.171, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Recházase el recurso de revocatoria interpuesto por el Cabo de la Policía de la Provincia de Salta EDGAR ROBERTO CASTRILLO, DNI Nº 34.639.962, en contra del Decreto Nº 175/2020, atento los fundamentos consignados precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7.850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 26/08/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha26/08/2020

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones2027

Primera edición04/01/2016

Ultima edición19/07/2024

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