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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 11/02/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 20.683
Salta, martes 11 de febrero de 2020
Factura de contado: 0011 - 00001996
Fechas de publicación: 11/02/2020
Importe: $ 200.00
OP N: 100078215
AVISOS GENERALES
Salta, 03 de febrero de 2020
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 3298
VISTO:
La Ley Nº 6576 de creación del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta; la Ley Nº 4582 de Arancel de Honorarios para graduados en ciencias económicas de la provincia de Salta; su modificatoria, Ley Nº 7428; el art. 47 de la Ley Nº 8035 de fecha 04/10/17 y la Resolución General N 2865 del 27 de noviembre de 2017:
La implementación del Régimen obligatorio de Cobro Indirecto de Honorarios Profesionales;
La Resolución General Nº 2095 del 12 de marzo de 2018, por la que se establecen las normas de percepción, control y reintegro de los honorarios profesionales: y CONSIDERANDO:
Que en los arts. 49 a 52 se dispone que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas queda facultado para exigir que todos los honorarios profesionales establecidos por la presente ley, sean depositados a su orden, debiendo reintegrar al profesional interviniente, como mínimo el 90 % de los mismos. El remanente se aplicará para la atención de gastos de funcionamiento, servicios para matriculados e inversiones que hagan a dichos fines. También reglamentará el Consejo la forma y modo de la percepción de honorarios, contribuciones y reintegros establecidos en el presente y los matriculados están obligados a suministrar al mismo toda la información que se les solicite, a los fines del cumplimiento de la ley siendo el Consejo la autoridad competente para entender en la aplicación y vigilancia del cumplimiento de esa ley;
Que resulta necesario esclarecer con mayor grado de detalle, la forma y modo de reintegro de los honorarios profesionales;
Que asimismo se facilitará el cobro de derechos y cuotas, vencidas o adelantadas, tanto del Consejo Profesional como de la Caja de Seguridad Social, en este último caso, solamente a expreso pedido del profesional actuante;
Que el articulo 40 de la Ley N 4582, faculta al Consejo Profesional a dictar normas reglamentarias sobre la materia.
Por todo ello:
EL CONSEJO DE DIRECTIVO DEL
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Sustituir el texto del octavo párrafo del Anexo I de la Resolución General N
2905, por el siguiente:
"Trámite de reintegro de honorarios profesionales"
Una vez iniciado el proceso de Certificación y Legalización, el área de Tesorería al recibir la correspondiente Liquidación de Derecho de Certificación de Firmas y Honorarios Profesionales, iniciará el proceso de emisión del pago del reintegro, una vez que los fondos hayan sido acreditados, previa deducción de las retenciones legales que correspondan en concepto de impuestos, de los Derechos de Certificación de Firmas, de los gastos que se
Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15
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