Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 20/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.629 - Salta, miércoles 20 de noviembre de 2019

ARTÍCULO 2º.- Ratifícase con encuadre en el artículo 10 del Decreto N 172/19, la incorporación de partidas presupuestarias Ejercicio 2.019, efectuada por la Oficina Provincial de Presupuesto mediante Batch Nº 9634976, que contiene el movimiento presupuestario previsto en artículo 1 de este instrumento.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Legislatura Provincial, la incorporación efectuada por este decreto, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Contabilidad vigente.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
URTUBEY - Montero Sadir - Simón Padrós VER ANEXO
Fechas de publicación: 20/11/2019
OP N: SA100033443

SALTA, 7 de Noviembre de 2019
DECRETO Nº 1608
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Expediente N 44-11.513/2.019-0.VISTO el pedido de Retiro Voluntario solicitado por el Sub Oficial Mayor de la Policía de la Provincia de Salta, Avel Ove Toledo; y, CONSIDERANDO:
Que se encuentran acreditados los requisitos exigidos para el pase a situación de retiro, conforme lo establece la Ley N 6.719 de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Salta y el Acta Complementaria al Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social, Cláusula Primera, apartados 1, 2 y 3, y Cláusula Segunda y Tercera, ratificada mediante el Decreto Nacional Nº 301/2.006 y el Decreto Provincial Nº 134/2.006
este último ratificado mediante Ley N 8.128, razón por la cual corresponde conceder el beneficio invocado;
Que la liquidación tendiente a la determinación del haber de retiro cuenta con el visado positivo de la ANSES y de la Resolución Nº 611/2.019 del Ministerio de Seguridad, debidamente notificada al beneficiario;
Que en la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante la Ley Nº 6.818, se establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviere pendiente de usufructuar, según lo dispuesto por el artículo 2º, inciso j, del Decreto Nº 515/2.000;
Que es necesario dejar expresamente establecido que, al pasar a retiro voluntario el Sub Oficial Mayor Avel Ove Toledo quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º, inciso c, del Decreto Nº 248/1.975, como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1.950/1.977;
Que por lo expresado y atento al Dictamen Nº 1.224/2.019 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, es procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;
Por ello, y de conformidad con lo establecido en las Leyes Nº 5.519, Nº 6.719, Nº 6.818 y N 8.128;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 20/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha20/11/2019

Nro. de páginas66

Nro. de ediciones2015

Primera edición04/01/2016

Ultima edición02/07/2024

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