Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 01/07/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

BOP de Palencia
Lunes, 1 de julio de 2024- Núm. 79

3

Administración General del Estado AGENCIA TRIBUTARIA

DEPENDENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN

DELEGACIÓN DE PALENCIA

ANUNCIO DE COBRANZA RELATIVO A LOS RECIBOS DEL I.A.E. 2024.
Se comunica, en relación con los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondientes a 2024, y cuando se trate de cuotas nacionales y provinciales, cuya gestión recaudatoria corresponde a la Administración Tributaria del Estado, lo siguiente:
PLAZO PARA EFECTUAR EL INGRESO
Del 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2024 Resolución de 31 de mayo de 2024, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Firmado electrónicamente. Puede consultar su autenticidad en:
http csv.diputaciondepalencia.es Código de Verificación Electrónica CSV:3F090F0K2U084U440YF4

LUGAR DE PAGO
- Cuotas nacionales.
A través de las Entidades colaboradoras Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de crédito en las que no es preciso que el obligado al pago disponga de cuenta abierta.
- Cuotas provinciales.
A través de las Entidades colaboradoras Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de crédito en las que no es preciso que el obligado al pago disponga de cuenta abierta.
Los ingresos se podrán efectuar en el horario de atención al público de dichas Entidades.
Asimismo, el pago de cuotas nacionales y provinciales podrá ser realizado mediante adeudo en cuenta, a través de Internet, en la dirección https:llsede.agenciaributaria.gob.es, en la opción Pagar aplazar y consultar deudas. Para realizar el pago a través de Internet es necesario disponer de un sistema de firma electrónica de los admitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo y el devengo de los intereses de demora y de los recargos a que se refieren los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.
Palencia, 27 de junio de 2024.- El Delegado de la AEAT, Ignacio María Fernández de Mesa Noriega.
1920

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 01/07/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha01/07/2024

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones3407

Primera edición02/01/2003

Ultima edición05/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2024   
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031