Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 31/05/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

BOP de Palencia
Viernes, 31 de mayo de 2019 Núm. 65

El empleado en el año de su jubilación tendrá derecho al disfrute de la totalidad del periodo de vacaciones anuales que le corresponda, independientemente de la fecha en que se produzca su jubilación.
Las vacaciones anuales no podrán ser compensadas, ni en todo ni en parte, cuando en el transcurso del año se produzca la extinción en la relación de empleo del trabajador, o sea declarado éste en situación de excedencia o suspensión de funciones. Excepción hecha de la jubilación y en el caso de fallecimiento del trabajador en que los referidos haberes se satisfarán a sus causahabientes.
Artículo 10.- Estructura retributiva:

Pacto de retribución global. Esta estructura retributiva se configura con el carácter de pacto de retribución global y estará integrada por los conceptos que a continuación se expresan y por el número de pagas que se indican:
Sueldo Base.
Complementos personales:
- Antigedad - Complemento Específico Garantía Personal en su caso.
Complementos periódicos:
- Gratificaciones Extraordinarias.
Pagos. La prestación de servicios en la jornada laboral completa da lugar, en un año natural, a los siguientes devengos:
- Pagos ordinarios: Doce mensualidades correspondientes a los doce meses naturales del año.
Estarán integradas por las cuantías que, en su caso, procedan de los siguientes conceptos:
Salario Base.
Complementos Personales:
-Antigedad.
Complemento Específico Garantía Personal en su caso.
Complementos del Puesto:
- Plus de Penosidad.
- Plus de Nocturnidad.
- Plus Domingos-Festivos.
- Gratificaciones extraordinarias: La Empresa vendrá obligada a abonar dos pagas extraordinarias al año. Estarán integradas por las cuantías que procedan, de los siguientes conceptos:
Salario Base.

Firmado electrónicamente. Puede consultar su autenticidad en:
http csv.diputaciondepalencia.es Código de Verificación Electrónica CSV: 6O5Z01255Z214Z3300V3

Complementos Personales:
- Antigedad.
- Complemento Específico Garantía Personal en su caso.
Las fechas en que se harán efectivas las citadas pagas serán junto con las nóminas de los meses de junio y diciembre.
Regulación y devengo de los distintos conceptos. Las cuantías anuales, para jornadas completas y para cada una de las categorías profesionales, serán las que aparecen en la Tabla Anexa II.
- Salario Base:

El importe de este concepto salarial será el recogido en la Tabla Anexa II.

- Antigedad:

Consistirá en el pago de tres bienios al 5% del Sueldo Base y posteriores quinquenios al 7% del Salario Base mensual.

- Complemento Específico:

Las Garantías Personales recogidas en anteriores convenios, pasarán a denominarse Complemento Específico. Dicho complemento específico lo percibirán los trabajadores del servicio de recogida de residuos de la Mancomunidad del Cerrato, por el importe que queda reflejado en la Tabla Anexa II.

- Plus de Penosidad:

Se establece, con carácter mensual, para las distintas Categorías Profesionales en los importes recogidos en la Tabla Salarial Anexa II.

- Plus de nocturnidad:

Todos los trabajadores que desarrollen su trabajo entre las 22:00 horas y las 06:00 horas de la mañana percibirán un plus de nocturnidad.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 31/05/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha31/05/2019

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones3399

Primera edición02/01/2003

Ultima edición26/06/2024

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