Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 03/04/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

BOP de Palencia
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Lunes, 3 de abril de 2017 Núm. 40

Administración General del Estado MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

COMISARÍA DE AGUAS

INFORMACIÓN PÚBLICA
N/R: Rég. Usuarios TR/ED/58/2017

Sobre extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas. ED/58/2017
1.- En el Libro de Registro de Aprovechamientos de Aguas Públicas, figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas del arroyo Maderano o Cevico:
Núm. de Registro General: 11.874.
Clase de aprovechamiento: Fuerza motriz para accionamiento de un molino harinero.
Nombre del usuario: Congregación del Verbo Divino en España.
Término municipal y provincia de la toma: Dueñas Palencia.
Caudal máximo l/s: 562.
Salto bruto m: 4,54.
Título del derecho: Prescripción por Acta de Notoriedad, autorizada por el Notario de Palencia, D. Francisco Mañueco Escobar el 07/06/1947. Resolución de inscripción de 11/05/1948. Orden Ministerial. Resolución de transferencia de 25/01/1963. Orden Dirección General de Obras Hidráulicas.
Observaciones: La primitiva inscripción por prescripción, Orden Ministerial de 11/05/1946 a favor de D. Juan y D. Mariano Villegas Solano, pasando por transferencia Dirección General de 25/01/1963 al actual usuario.
2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero propuso en el informe emitido con fecha 24 de enero de 2017, que se iniciara el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, que señala que: El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular.
Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende que: El aprovechamiento se encuentra en desuso, el edificio destinado a molino se encuentra derruido y únicamente se observan restos de piedras del mismo y el cauce molinar está seco.
3.- Por acuerdo de esta Confederación Hidrográfica del Duero, de fecha 24 de enero de 2017 se dispuso la incoación de expediente de extinción, por caducidad, del derecho del aprovechamiento reseñado, por la interrupción permanente de su explotación durante tres años consecutivos, imputable al titular, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.2. del Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por R.D. Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en los artículos 163.3 y 165 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, durante un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA PROVINCIA de Palencia, durante el cual podrá comparecer por escrito ante esta Confederación el interesado, y cualquier persona que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, manifestando cuanto considere conveniente.
Valladolid, 14 de marzo de 2017.- La Jefe de Servicio del Registro de Aguas, Ana I. Guardo Pérez.
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 03/04/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha03/04/2017

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones3412

Primera edición02/01/2003

Ultima edición12/07/2024

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