Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 10/02/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

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10 de febrero de 2003

el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite fijado pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 del art. 105 antes citado.
El desprecintado de los documentos técnicos, a que se refiere el art. 107 del mismo Reglamento, se realizará a las trece horas del primer día hábil después de los seis días de la conclusión del plazo de presentación de peticiones. Se levantará acta del resultado, que deberán firmar los interesados presentes.
Valladolid, 28 de enero de 2003. - El Comisario de Aguas, Julio Pajares Alonso.
340

Administración de Justicia
Asimismo deberán consignar la cantidad objeto de condena en el Banco Español de Crédito BANESTO, oficina principal de Valladolid, cuenta núm. 4636000066, abierta a nombre de esta Sala de lo Social, debiendo acreditar dicha consignación en el mismo plazo concedido para preparar el recurso de Casación para Unificación de Doctrina.
Valladolid, tres de febrero de dos mil tres. - La Secretario de Sala, Iciar Sanz Rubiales.
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JUZGADO DE LO SOCIAL. - PALENCIA NÚM. 1
E D I C T O

Cédula de notificación
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
CASTILLA Y LEÓN

SALA DE LO SOCIAL. - VALLADOLID
E D I C T O

Iciar Sanz Rubiales, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, Doy fe: Que en el recurso de suplicación nº 2792/02-EA, interpuesto por Pilar Alba Cendra, contra sentencia, dictada por el Juzgado de lo Social número uno de Palencia, en autos nº 334/02, seguidos a instancia del citado recurrente contra INSS y otra, sobre pensión de viudedad, se ha dictado sentencia por esta Sala en fecha 3 de febrero de 2003, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Que debemos desestimar y desestimamos el Recurso de Suplicación interpuesto a nombre de D María Pilar Alba Cendra, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número uno de Palencia de fecha tres de octubre de dos mil dos;a virtud de demanda promovida por mencionada recurrente, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de al Seguridad Social y D Rosa María Asensio Ortega, sobre pensión de viudedad; y en consecuencia, debemos confirmar y confirmamos el fallo de instancia.
Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos. - Segoviano Astaburuaga. - Ramos Aguado y Álvarez Anllo. - Firmados y rubricados.- Sigue diligencia de publicación.
Y para que sirva de notificación en forma a Rosa María Asensio Ortega, que se halla actualmente en paradero desconocido y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Palencia, se expide el presente en Valladolid, a tres de febrero de dos mil tres. - El Secretario de Sala, Iciar Sanz Rubiales.
Se advierte que: Contra la presente resolución cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que podrá prepararse dentro de los diez días siguientes al de esta notificación, mediante escrito firmado por Abogado y dirigido a esta Sala, con exposición sucinta de la concurrencia de los requisitos exigidos, previstos en el art. 216 de la Ley de Procedimiento Laboral.
El recurrente que no disfrute del beneficio de justicia gratuita, consignara como depósito 300,51 euros, en la c/c a nombre de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en el Banco Español de Credito BANESTO, oficina principal Madrid, c/c. número 2.410 debiendo hacer entrega del resguardo acreditativo en la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al tiempo de personarse en ella.

Don Mariano Ruiz Pariente, Secretario judicial del Juzgado de lo Social número uno de Palencia.
Hago saber: Que en el procedimiento Demanda 655/2002, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. José Antonio Gómez Herrezuelo, contra la empresa Rótulos Rey, Servicios Integrales, S. L., sobre Ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal.
Que estimando la demanda inicial de estos autos interpuesta por D. José Antonio Gómez Herrezuelo, frente a la empresa Rótulos Rey, Servicios Integrales, S. L., debo condenar y condeno a la empresa demandada Rótulos Rey Servicios Integrales, S. L., a que abone a quien fue su trabajador D. José Antonio Gómez Herrezuelo, la cantidad bruta de 2.330,92 euros por los conceptos indicados en el hecho probado 3º de esta Resolución, sin que proceda interés por mora.
Prevéngase a las partes de que contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, debiendo anunciarse dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación de la presente resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su Abogado o representante, al hacerle dicha notificación;
también podrá anunciarse por comparecencia o por escrito de las partes o de su Abogado o representante. Si la recurrente fuera la empresa que no gozare del beneficio de justicia gratuíta, tendrá que exhibir ante este Juzgado, al anunciar el recurso, el resguardo acreditativo de haber consignado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones, abierta a nombre de este Juzgado en el Banco Español de Crédito núm.
3439000069065502, Oficina Principal de Palencia, la cantidad objeto de la condena o aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista; asimismo, deberá consignar como depósito 150,25 euros en referida entidad bancaria y cuenta, entregándose el correspondiente resguardo en la Secretaría de este Juzgado al tiempo de interponer el recurso o en la Secretaría de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, al tiempo de personarse en ella.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgado, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Rótulos Rey, Servicios Integrales, S. L., en ignorado paradero; expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL
de la provincia. - En Palencia, a veintisiete de enero de dos mil tres.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 10/02/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha10/02/2003

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones3399

Primera edición02/01/2003

Ultima edición26/06/2024

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