Boletín Oficial de la República Argentina del 25/12/2023 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.327 - Segunda Sección
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Viernes 22 de diciembre de 2023

los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos, debiendo siempre asegurarse que: a. todos los participantes tengan libre accesibilidad a las reuniones; b. la transmisión en simultáneo de audio y video sea posible; c. todos los participantes puedan intervenir en la reunión con voz y voto, aún los miembros del órgano de fiscalización; d. la reunión sea grabada en soporte digital; e. Que el representante conserve una copia en soporte digital de la reunión por el término de 5 años, la que debe estar a disposición de cualquier director o accionista que la solicite; f. Que la reunión celebrada sea transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron y estar suscriptas por el representante social. g. Que en la convocatoria y en su comunicación por el medio impuesto legal o estatutariamente debe fijarse el medio de comunicación y el modo de acceso al mismo, a los efectos de prever dicha participación. Las Asambleas pueden ser citadas simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida en el art. 237 LGS, sin perjuicio de lo allí dispuesto para la Asamblea unánime. En caso de fracasar la primera, se celebrará en segunda convocatoria, el mismo día una hora después de la fijada para la primera. En caso de convocatorias sucesivas, se estará a lo dispuesto en el artículo antes citado. El quórum y la mayoría se rigen por los artículos 243 y 244 LGS, según la clase de asamblea, convocatoria y materia de que se trate.; ARTICULO DÉCIMO: El cierre del ejercicio social se operará el día 31 de diciembre de cada año y se confeccionarán los estados contables de acuerdo a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas, en vigencia. Las ganancias líquidas y realizadas se destinarán a. I el 5% cinco por ciento hasta alcanzar el 20% veinte por ciento del capital social al fondo de reserva legal; II a remuneración del directorio y sindicatura, en caso que corresponda. El saldo tendrá el destino que decida la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción.
ARTICULO DÉCIMO PRIMERO: Producida la disolución de la sociedad, su liquidación estará a cargo del Directorio actuante en ese momento o de una comisión liquidadora, que podrá designar la Asamblea. En ambos casos si correspondiere, se procederá bajo la vigilancia del Síndico. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital remanente se distribuirá entre los accionistas a prorrata de sus respectivas integraciones.. 4 Por Acta de Asamblea Extraordinaria del 14/11/2023, se resolvió: a Reformar el Artículo Tercero ampliando su objeto que queda redactado de la siguiente forma: TERCERA: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena o asociada a terceros, a la prestación de todo tipo de servicios médicos, auxiliares, por intermedio de profesionales con título habilitante. Importación y exportación de maquinarias, instrumental, materiales y medicamentos. Compra, venta, locación y construcción de inmuebles, urbanos o urbanizables, afectados o a afectarse a actividad médica, o afines, exclusivamente. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.. b Se aprobó el nuevo texto ordenado.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº190 de fecha 20/12/2023 Reg. Nº1374
juana ceber - Matrícula: 3531 C.E.C.B.A.
e. 22/12/2023 N104618/23 v. 22/12/2023

EXTRABERRIESS.A.

30-70938650-2. Número correlativo 1.776.422. La sociedad resolvió:a Por Asamblea General Extraordinaria N64
de fecha 14/10/2021 convertir 20.522.809 acciones preferidas en 20.522.809 acciones ordinarias y modificar el art.
4 del Estatuto Social; b por Asamblea General Extraordinaria UnánimeN66 de fecha 30/06/2022 i aumentar el capital social de $45.791.033,00 a $436.799.528,00,00 y modificar el artículo 4 del Estatuto Social, quedan, en consecuencia, las tenencias accionarias de la siguiente manera: Nuevo ManantialS.A. 198.352.312 acciones ordinarias y 2.227.223 acciones preferidas; Samconsult S.A. 3.818.576 acciones ordinarias y 38.201 acciones preferidas; Hierba BuenaS.A. 201.565.158 acciones ordinarias y 1.276.577 acciones preferidas; y Global OilS.A.
29.047.048 acciones ordinarias y 474.433 acciones preferidas; todas las acciones son nominativas, no endosables, de valor nominal $1,00 c/u, las acciones ordinarias con derecho a 1 voto por acción y las acciones preferidas sin derecho a voto y ii designar al señor Marcelo Pablo Bianco como Síndico Titular y al señor Sergio Alejandro Morales Amadeo como Síndico Suplente, los cuales constituyeron domicilio especial en Reconquista 1166, piso 15, C.A.B.A. Autorizado según instrumento privado Actas de Asamblea Extraordinaria de fechas 14/10/2021 y 30/06/2022.
Maria del Rosario Bongiovanni - T: 82 F: 737 C.P.A.C.F.

e. 22/12/2023 N104709/23 v. 22/12/2023

FLINET IMPORTACIONESS.A.

Escritura del 15/12/23. Constitución: 1 Cynthia Marcela Magallanes, 14/9/78, DNI 26868005, PRESIDENTE, suscribe 4500 acciones de $100 cada una; y César Eduardo BUCCI, 7/9/78, DNI 26760775, DIRECTOR SUPLENTE, suscribe 500 acciones, de $100 cada una; ambos argentinos, casados, empresarios, con domicilio en 9 de Julio 346, piso 1º, Morón, Pcia Bs As. Los Directores aceptan cargos y fijan Domicilio Especial en la Sede Social: Jerónimo Salguero 2745, piso 7º, Oficina 71, CABA. 2 30 años. 3 Objeto: a compra, venta, importación, exportación, distribución,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/12/2023 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha25/12/2023

Nro. de páginas95

Nro. de ediciones9410

Primera edición02/01/1989

Ultima edición02/08/2024

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