Boletín Oficial de la República Argentina del 15/12/2023 - Segunda Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.322 - Segunda Sección

19

Viernes 15 de diciembre de 2023

FINIX ARGENTINAS.R.L.

Constitución por contrato del 05/12/2023.1 Martín FORCHINO, DNI 33.415.781,20/10/1987, Marqués de Avilés 634, Localidad de Ensenada, Partido del Ensenada, Provincia de Buenos Aires; Candela FERNÁNDEZ RIVAS, DNI 34.905.841, 03/11/1989, calle La Yerra 3989, de la Localidad de Ituzaingó, Partido de Ituzaingó, Provincia de Buenos Aires; Sergio FORCHINO, DNI 36.351.856, 30/06/1991, Marqués de Avilés 634, Localidad de Ensenada, Partido del Ensenada, Provincia de Buenos Aires. Todos argentinos, empresarios y solteros. 2 Avenida Rivadavia 10.444, piso 4, departamento G, CABA. 3 La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en participación y/o en comisión, o de cualquier otra manera, las siguientes actividades dentro o fuera del país: a COMERCIAL: importación, exportación, comercialización, compra, venta, alquiler, distribución, representación, comisión, consignación, permuta, concesión y servicio post venta, mantenimiento y reparación de cualquier tipo o modelo de maquinaria agrícola, vial e industrial, cómo así también sus repuestos, y accesorios.
Pudiendo presentarse en licitaciones públicas y/o privadas, compulsas de precios ya sean internacionales, nacionales, provinciales y/o municipales. b FINANCIERA: realizar la financiación de las operaciones sociales, también como acreedor prendario en los términos del art. 5 de la ley 12.962 y todas las operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente, siempre con dinero propio. No realizará las comprendidas en la ley 21.526 o cualquier otra que se dicte en lo sucesivo en su reemplazo o requiera la intermediación en el ahorro público. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. 4 30 años. 5 $600.000 representado por 600.000 cuotas de valor nominal $1
cada una, y con derecho a un voto por cuota, suscriptas así: Martín FORCHINO suscribe 200.000 cuotas, Candela FERNÁNDEZ RIVAS suscribe 200.000 cuotas y Sergio FORCHINO suscribe 200.000 cuotas. 6 La administración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, por la duración de la sociedad.Gerentes: Martín FORCHINO, Candela FERNÁNDEZ RIVAS y Sergio FORCHINO, quienes aceptan sus cargos y constituyen domicilio especial en la sede social. 7 31/12. Autorizado según instrumento público Esc. Nº3776 de fecha 05/12/2023 Reg. Nº501
paula soledad Casuscelli - T: 121 F: 83 C.P.A.C.F.
e. 15/12/2023 N102725/23 v. 15/12/2023

GALPON DEROPAS.R.L.

CUIT 30-71519765-7. GALPÓN DE ROPA S.R.L. Se hace saber que, por Reunión de Socios de fecha 24 de noviembre de 2023 se aprobó de manera unánime la transformación de la Sociedad Galpón de RopaS.R.L. a Galpón de RopaS.A. Nexo de continuidad Jurídica Escritura 183, ante Esc. Pilar Rodríguez Acquarone, matricula 4316, Capital Federal, no habiendo socios incorporados o con receso. En consecuencia se reforma en el mismo acto de manera integral el Estatuto Social, el cual queda redactado de la siguiente manera: ARTICULO PRIMERO:
La sociedad se denomina GALPÓN DE ROPAS.A. continuadora de Galpón de RopaS.R.L.. Tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ARTÍCULO SEGUNDO: Su duración es de TREINTA
AÑOS contados a partir de la fecha de la inscripción de la Transformación en el Registro Público de Comercio.
ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en participación o en comisión o de cualquier otra manera dentro o fuera del país, a la compra, venta, fraccionamiento, distribución, transporte, exportación, importación y comercialización minorista y mayorista de indumentaria textil. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. En el desarrollo de las actividades descritas en el objeto social, la Sociedad además de crear valor económico procurará generar un impacto material, social y ambiental, en beneficio de la sociedad, el ambiente y las personas o partes vinculadas a ésta. ARTÍCULO
CUARTO: El capital social es de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL $2.970.000.-, representado en dos millones novecientas setenta mil acciones ordinarias nominativas no endosables de PESOS UNO $1 valor nominal cada una y con derecho a un 1 voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, pudiéndose delegar en el Directorio la época, forma de emisión y condiciones de pago. ARTÍCULO QUINTO: Las acciones podrán ser nominativas no endosables ordinarias o preferidas. Las acciones preferidas tendrán derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no; puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias; y pueden rescatarse en forma anticipada, todo conforme con las condiciones de emisión. ARTÍCULO SEXTO: Las acciones y certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones de los artículos 211 y 212 de la Ley 19.550. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. ARTÍCULO SÉPTIMO: En caso de mora en la integración del capital, el directorio queda facultado para proceder de acuerdo con lo determinado en el artículo 193 de la Ley 19.550.
ARTÍCULO OCTAVO: LA DIRECCIÓN Y LA ADMINISTRACIÓN de la sociedad estará a cargo de un directorio integrado por uno a cinco directores titulares, pudiendo la asamblea elegir igual número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su designación. Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura, la elección por la asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria. El término de su cargo será de tres ejercicios. La asamblea fijará el número de directores, así como su remuneración. El directorio sesionará con la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/12/2023 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha15/12/2023

Nro. de páginas86

Nro. de ediciones9376

Primera edición02/01/1989

Ultima edición29/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31