Boletín Oficial de la República Argentina del 21/06/2023 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.194 - Segunda Sección
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Miércoles 21 de junio de 2023

de calidad, orientados a todo tipo de construcción y soluciones constructivas, para satisfacer necesidades en todas las escalas contribuyendo al desarrollo y mejora de todo tipo de infraestructura.- Toda actividad que así lo requiera será realizada por profesionales con título habilitante en la materia.- CAPITAL: $450.000.-, 450.000
cuotas $ 1.- c/u.-: Marcelo Pablo DAL BOSCO, 225.000 cuotas y Claudia Fabiana MORELLI, 225.000 cuotas.ADMINISTRACION/REPRESENTACION: 1 o más Gerentes, indistinta, socios o no, por plazo social. CIERRE: 31/08
Autorizado según instrumento público Esc. Nº13 de fecha 14/06/2023 Reg. Nº57
MATIAS GABRIEL COMAS - Matrícula: 5829 C.E.C.B.A.
e. 21/06/2023 N46186/23 v. 21/06/2023

JAT VIAJESS.R.L.

EDICTO RECTIFICATORIO del publicado en fecha 23/05/2023 bajo trámite N 37735/23. Constitución de JAT
VIAJESS.R.L. Que por vista de la IGJ se aclara que el PLAZO de la sociedad es de 30 años desde su constitución.
Autorizado según instrumento privado ACTA CONSTITUTIVA de fecha 09/05/2023
DIEGO MARTIN GOMEZ - T: 103 F: 145 C.P.A.C.F.
e. 21/06/2023 N45864/23 v. 21/06/2023

KARESTIRS.R.L.

Complemento aviso del 09/05/2023 TI Nº 32468/23. 1 Por escritura complementaria 394 del 13/06/2023 ante Adrián Uriel COHEN, adscripto del registro 942, se resolvió adecuar la cláusula TERCERA del estatuto la cual queda redactada de la siguiente manera: TERCERO: Tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, las si-guientes actividades: compraventa, importación, exportación y distribución de artículos de juguetería, regalería, deco-rativos, accesorios de cocinas y baños, cristalería, juegos de salón y mobiliario para ser aplicados al uso didáctico, al entretenimiento, el confort personal y la decoración de ambientes. Autorizado según instrumento público Esc. Nº394 de fecha 13/06/2023 Reg. Nº942
ELIEL DAMIÁN CAMJALLI - T: 142 F: 55 C.P.A.C.F.
e. 21/06/2023 N45912/23 v. 21/06/2023

LAMAR CONSULTORESS.R.L.

CUIT 30-71650582-7 Por Reunión de Socios del 24/05/23 por unanimidad se reformó art. 3 reformando objeto que queda redactado así: realizar por sí o por terceros o asociada a terceros tanto en el país como en el exterior, las siguientes actividades: proveer a sus socios de estructura material y empresarial necesaria para que los mismos, por sí o a través de terceros también profesionales, en forma coordinada o individual, puedan ejercer incumbencias profesionales que autoriza la Ley 20.488 para los graduados en Ciencias Económicas que les son propias por su título universitario habilitante. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad actuará según la respectiva incumbencia profesional bajo la actuación responsabilidad y firma de cualquiera de los socios conforme las respectivas normas legales y reglamentarias que rigen a la materia, en función de la incumbencia del firmante. La sociedad solamente podrá ofrecer los servicios profesionales propios de las carreras universitarias de las que todos los socios posean los respectivos títulos habilitantes y en el caso de graduados en Ciencias Económicas, además, que se encuentren debidamente matriculados en el Consejo Profesional de Cs. Económicas de CABA, art. 5 agregando que administradores deberán ser profesionales con título habilitante y graduados en Cs. Económicas, y art. 7 agregando que solo podrán ser titulares de cuotas sociales personas físicas con título profesional establecido en Ley 20.488 y matriculados en el Consejo Profesional de Cs. Económicas CABA. Martin Bouza autorizado según instrumento público Esc. Nº105 de fecha 15/06/2023 Reg. Nº838
Martin Daniel Bouza - Matrícula: 5642 C.E.C.B.A.
e. 21/06/2023 N46314/23 v. 21/06/2023

LOS NIETOSS.R.L.

CUIT 30703237998. Por Acta del 09/01/2023 se resuelve: 1- Cesión con reforma cláusula cuarta, dejando fuera del articulado la suscripción del capital. CEDENTES: RODOLFO JOSÉ DALLASTA: 10.000 cuotas y JORGE ORLANDO
LISTORTI: 10.000 cuotas. CESIONARIOS: EZEQUIEL DALLASTA: 10.000 cuotas y JUAN JOSÉ LISTORTI: 10.000
cuotas. Capital $20.000, 20.000 cuotas de $1 y 1 voto cada una. 100% suscripto e integrado: EZEQUIEL DALLASTA
$10.000 y 10.000 cuotas. JUAN JOSÉ LISTORTI $10.000 y 10.000 cuotas. 2- Reforma cláusula quinta, dejando designación gerente fuera del articulado. 3.- Aceptar las renuncias de Rodolfo José DallAsta y Jorge Orlando

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/06/2023 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha21/06/2023

Nro. de páginas141

Nro. de ediciones9375

Primera edición02/01/1989

Ultima edición28/06/2024

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