Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2022 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.060 - Segunda Sección
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Viernes 2 de diciembre de 2022

Los directores garantizarán su gestión mediante la constitución de una garantía del tipo, modalidades y de los montos no inferiores a los establecidos en las resoluciones vigentes de la autoridad administrativa de control. El directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales a tenor del artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y del artículo 9no del decreto ley 5965/63.
Podrá, especialmente operar con toda la clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales o privadas; dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración u otros con o sin facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al vicepresidente, indistintamente; ARTÍCULO DÉCIMO
PRIMERO: El directorio podrá designar un comité de médicos radiólogos a fin de ser asesorado en la competencia respectiva. En virtud del Objeto Social, las actividades que así lo requieran serán efectuadas con intervención de profesionales con título habilitante con la matrícula correspondiente. se aprueba todo por unanimidad. Autorizado según instrumento público Esc. Nº210 de fecha 29/11/2022 Reg. Nº1683
Pilar María Rodriguez Acquarone - Matrícula: 4316 C.E.C.B.A.

e. 02/12/2022 N99073/22 v. 02/12/2022

IUNIGO ARGENTINA COMPAÑIA DESEGUROSS.A.U.

CUIT N 30-71180297-1. Comunica que: i según Asamblea del 26/03/2019 se resolvió aprobar un aumento del capital social por la suma de $125.000.000.- pesos ciento veinticinco millones es decir, de la actual suma de $200.000.000 pesos doscientos millones a la suma resultante de $325.000.000 pesos trescientos veinticinco millones El capital social quedara conformado en su totalidad de acuerdo al siguiente detalle: San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales, poseedor de 325.000.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $1 cada una y con derecho a 1 por acción; ii según Asamblea del 25/07/2019 se resolvió a aprobar un aumento del capital social por capitalización de aportes irrevocables de su único accionista por la suma de $250.000.000.- pesos doscientos cincuenta mil es decir, de la actual de $325.000.000 pesos trescientos veinticinco millones a la suma resultante de $575.000.000 pesos quinientos setenta y cinco millones. El capital social quedara conformado en su totalidad de acuerdo al siguiente detalle: San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales, poseedor de 575.000.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a 1 por acción; b Reformar el artículo quinto del estatuto de la sociedad, que quedará redactado de la siguiente forma: redactado de la siguiente forma: El capital social es de $575.000.000
pesos quinientos setenta y cinco millones, representado por 575.000.000 de acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social podrá ser por acción. El capital social podrá se aumentado hasta el quíntuplo de su monto por resolución de la Asamblea Ordinaria de Accionistas, conforme lo dispone el artículo 188 de la Ley 19.550; iii según Asamblea del 26/09/2019
se resolvió aprobar un aumento del capital social por la suma de $250.000.000.- pesos doscientos cincuenta millones es decir, de la actual suma de $ 575.000.000 pesos quinientos setenta y cinco millones a la suma resultante de $ 825.000.000 pesos ochocientos veinticinco millones El capital social quedara conformado en su totalidad de acuerdo al siguiente detalle: San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales, poseedor de 825.000.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a 1 por acción; iv según Asamblea del 20/12/2019 se resolvió: a reformar el artículo 2 que quedará redactado de siguiente forma: Artículo Segundo: La Sociedad tiene por objeto exclusivo realizar operaciones de seguros, coseguros y reaseguros. Podrá en consecuencia, realizar todas las operaciones que no le sean prohibidas por las Leyes y Reglamentaciones que rijan la Actividad Aseguradora. Podrá también, para el mejor cumplimiento del objeto social, administrar y disponer de los bienes en que tenga invertido su capital y reservas realizando por intermedio de sus representantes todos los actos jurídicos autorizados por la ley que directa o indirectamente tiendan a favorecer su desarrollo. En el desarrollo de la actividad prevista en el objeto social la Sociedad velará por la generación de un impacto social positivo para la sociedad, las personas vinculadas a ésta y el medioambiente; b iincorporar del artículo Vigésimo Quinto, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo Vigésimo Quinto:
En el desempeño de su cargo, los administradores deberán tener en cuenta en sus decisiones y actuaciones los efectos de dichas decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de i los socios, ii los empleados de la Sociedad y de sus filiales; iii los clientes, proveedores y otras partes directa o indirectamente vinculadas a la Sociedad, como por ejemplo, la comunidad en donde, directa o indirectamente, opera la Sociedad, todo ello sin perjuicio de velar por el interés social. Asimismo deberán velar por la protección del medio ambiente local y global y por los intereses de la Sociedad en el corto y largo plazo. El cumplimiento de la obligación antedicha por parte de los administradores sólo podrá ser exigible por los socios y la sociedad; c aprobar un nuevo texto ordenado conteniendo la reforma del artículo 5 dispuesta por Asamblea del 25/07/2019; d aprobar un aumento del capital social por la suma de $250.000.000.- pesos doscientos cincuenta millones es decir, de la actual suma de $ 825.000.000 pesos ochocientos veinticinco millones a la suma resultante de $ 1.075.000.000 pesos mil setenta y cinco millones El capital social quedara conformado en su totalidad de acuerdo al siguiente detalle: San

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2022 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha02/12/2022

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones9376

Primera edición02/01/1989

Ultima edición29/06/2024

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