Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/2022 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.039 - Segunda Sección

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Jueves 3 de noviembre de 2022

TIBSA INVERSORAS.A.

CUIT 30-65831401-3. Se hace saber que por asamblea general ordinaria y extraordinaria del 13/10/2022 se resolvió aceptar las renuncias presentadas por los Sres. Diego Pablo Stabile, Néstor Daniel Molinari, Simone Cristina de Paola Barbieri, Ignacio María Casares y Carina López Espiño a sus cargos de Directores Titulares y los Sres.
Andrés Hurtado, Hendrik De Buyserie, Anibal Prieto, Angel Carlos Rabuffetti y Eleonora Cimino a sus cargos de Directores Suplentes; y fijar en tres el número de Directores Titulares y en tres el número de Directores Suplentes;
y designar a los Sres. Dante DellElce, y Alejandro Agustín Demarie Eyherabide, ambos con domicilio especial en Av. Corrientes 420, piso 3, CABA, e Ignacio María Casares, con domicilio en la calle Della Paolera 299, Piso 16, CABA,, como Directores Titulares; y a las Sras. María Victoria Funes y Ariadna Laura Artopoulos, ambas con domicilio especial en Av. Corrientes 420, Piso 3, CABA, y Carina López Espiño, con domicilio especial en la calle Carlos M. Della Paolera 299, piso 16, CABA, como Directoras Suplentes. Por acta de directorio del 13/10/2022
se resolvió designar como Presidente al Sr. Alejandro Agustín Demarie Eyherabide, con domicilio especial en Av. Corrientes 420, Piso 3, CABA y como Vicepresidente al Sr. Ignacio María Casares, con domicilio especial en la calle Della Paolera 299, Piso 16, CABA. Asimismo, en la asamblea antes mencionada se resolvió reformar el artículo décimo quinto del estatuto social, que queda redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO DÉCIMO
QUINTO: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por tres 3
miembros titulares e igual número de suplentes. Los Directores Titulares y Suplente serán elegidos por la Asamblea de la Clase. Las acciones Clase A tendrán derecho a elegir dos 2 Directores Titulares y dos 2 Suplentes. Las acciones Clase B tendrán derecho a elegir un 1 Director Titular y un 1 Suplente. Los Directores Suplentes cubrirán las vacantes de los Directores Titulares de la clase por la que fueron designados. En el caso de que una Asamblea de Accionistas convocada para elegir Directores, no asistiese ningún accionista de una de las Clases, los Directores designados por la clase de acciones en cuestión cuyo mandato haya terminado, continuarán en el cargo hasta que los accionistas integrantes de la clase elijan a quienes habrán de sustituirlos en una Asamblea especial convocada al efecto. En el caso en que una clase de acciones sea de propiedad de más de un accionista, la elección de los Directores a quien tiene derecho tal grupo accionario tendrán lugar en asamblea especial en la que todos los accionistas presentes de dicho grupo, con derecho a voto, tendrán derecho a participar y votar; en caso de arribarse a un empate, se procederá a efectuar una nueva votación hasta que algún candidato obtenga mayoría absoluta. Dicha Asamblea especial se regirá en cuanto a quórum y mayoría por el art. 250 de la ley 19.550.
El mandato de los Directores será por un ejercicio y son reelegibles. En su primera reunión, los Directores deberán designar al Presidente y al Vicepresidente de entre los miembros del Directorio, designados por cualquiera de las clases. Las reuniones de Directorio se celebrarán por lo menos una vez cada tres meses y cada vez que el Directorio así lo determine. La convocatoria a reunión de Directorio deberá realizarse con una antelación no menor a diez días corridos para el tratamiento de asuntos ordinarios y con una antelación no menor de dos días para temas de urgencia. A tal fin, el Presidente o el Vicepresidente, o quien ejerza la presidencia en forma interina, deberá cursar notificación a los miembros del Directorio en el domicilio especial, por carta certificada con aviso de recepción o por cualquier otro medio fehaciente, inclusive por correo electrónico, con confirmación de lectura o fax. En dicha notificación se deberá consignar la fecha, hora, lugar de la celebración y orden del día a considerar. Las reuniones de directorio se celebrarán en el país o en el exterior. El directorio funciona con la presidencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. Sujeto al cumplimiento de las siguientes formalidades, el Directorio podrá sesionar válidamente, aun encontrándose sus miembros en distintos lugares geográficos, mediante un sistema de transmisión simultánea de sonido, imágenes o palabras que permita tanto a los miembros presentes como a los participantes a distancia una participación en tiempo real y simultáneo en todas las discusiones y votaciones atinentes a los distintos puntos del orden del día: i A los efectos del quórum, se computará tanto a los directores presentes como a los que participen a distancia; ii Las reuniones de Directorio celebradas de acuerdo a los procedimientos señalados se tendrán como llevadas a cabo en el lugar que la reunión de directorio se celebre, sea en el país o en el exterior. El Presidente del Directorio o quien ejerza la presidencia en forma interina, tendrá a su cargo: a la redacción del acta que contenga la deliberación y las decisiones adoptadas por el Directorio en la reunión, una identificación precisa de los directores que han participado a distancia y de los directores presentes, y de las deliberaciones, mociones y votos con relación a cada resolución adoptada, y b la transcripción de dicha acta al libro de actas de Directorio dentro de los cinco días de celebrada la reunión, para su firma dentro de dicho plazo por los miembros presentes y por el síndico participante en la reunión en representación del órgano de fiscalización en caso de corresponder, quien mediante su firma del acta respectiva dejará constancia de la identificación y participación de los directores a distancia y de la regularidad de las decisiones adoptadas; iii Cuando como consecuencia de problemas técnicos o de conexión una reunión de Directorio no pudiera ser celebrada en la fecha y hora preestablecidas, deberá convocarse a una nueva reunión de Directorio para una hora y/o fecha posterior. Cuando se hubiera dado comienzo a una reunión de Directorio y problemas técnicos o de conexión impidieran su continuación, el Presidente deberá suspender dicha reunión y en caso de no poder ser reanudada, deberá convocarse a una nueva reunión de Directorio para una hora y/o fecha posterior, sin perjuicio de que todas las decisiones previas que hubieran sido tomadas hasta el momento del problema técnico de conexión se considerarán plenamente válidas. Los Directores pueden hacerse representar y votar por intermedio de otro director si existiera quórum. La remuneración del directorio será fijada

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/2022 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha03/11/2022

Nro. de páginas94

Nro. de ediciones9387

Primera edición02/01/1989

Ultima edición10/07/2024

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