Boletín Oficial de la República Argentina del 31/05/2022 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.931 - Segunda Sección
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Martes 31 de mayo de 2022

EDICTOS JUDICIALES

CITACIONES Y NOTIFICACIONES. CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS
ANTERIORES

JUZGADO NACIONAL ENLOCRIMINAL YCORRECCIONALNRO. 38 - SECRETARÍA NRO. 132

Se hace saber que con fecha 11 de mayo de 2022, en el marco de la causa 36627/2020; caratulada Bustos Jeremías s/ estafa; del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº38, Secretaría Nº132, se ha dictado la resolución que se transcribe a continuación: Buenos Aires, 11 de mayo de 2022. Téngase presente la constancia actuarial que antecede y en razón de lo informado, elévense las presentes actuaciones al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N 2, respecto de Cristian Capelo Nieva. Por otra parte, y dado que no se ha logrado establecer el domicilio actual de Jeremías Bustos, y las tareas realizadas a esos fines han arrojado resultados infructuosos ver declaración testimonial del Oficial Hugo Della Santa, incorporada a fs. 214/215 del legajo digital, corresponde disponer la averiguación de su paradero a efectos de que, una vez habido, se proceda a recibirle declaración indagatoria, conforme lo solicitado por el Fiscal el 10 de noviembre de 2021, y la consecuente convocatoria dispuesta por esta sede. En este sentido, corresponde citar a Bustos mediante edictos, los que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término de 5 días, a efectos de dar cumplimiento con la declaración ordenada en autos. Asimismo, en virtud de lo expuesto, considero que corresponde librar oficio al Sr. Jefe de la Policía Federal Argentina para que, habido que sea el imputado, se le notifique de la existencia de la presente causa y del llamado a indagatoria, debiendo presentarse dentro del tercer día bajo apercibimiento, en caso de inasistencia injustificada, de declararlo en rebeldía y ordenar su captura, pues estando fehacientemente notificado su renuencia a comparecer no descansará ya en la ignorancia del proceso o de la citación cursada, sino en la inequívoca intención de sustraerse a la acción de la justicia. Devuélvase el caso a la Fiscalía instructora artículo 196 del CPPN, sirviendo lo proveído de muy atenta nota de envío. Fdo: MARTÍN YADAROLA Juez - FEDERICO
ROMERO SECRETARIO MARTÍN YADAROLA Juez - FEDERICO ROMERO SECRETARIO

e. 30/05/2022 N38334/22 v. 03/06/2022

JUZGADO NACIONAL ENLOCRIMINAL YCORRECCIONALNRO. 38 - SECRETARÍA NRO. 132

Se hace saber que con fecha 24 de mayo de 2022, en el marco de la causa 56915/2021, caratulada GUERRA
SEBASTIÁN S/ COACCIÓN del Juzgado Naciona l en lo Criminal y Correccional Nº 38, Secretaría Nº 132, se ha dictad o la resolución que se transcribe a continuación: nos Aires, 24 de mayo de 2022. Por recibidas las actuaciones remitidas por la División Grupos Vulnerables de la Policía de la Ciudad, agréguense. Toda vez que las tareas tendientes a materializar la medida de exclusión del hogar dispuesta en autos respecto del imputado, como así también la notificación de las medidas de prohibición de acercamiento y contacto y su convocatoria a prestar declaración indagatoria no han podido realizarse en tanto las autoridades policiales constataron que ni el imputado ni la denunciante residen en la finca sita en la intersección de las calles Necochea y Suárez, de esta ciudad, entiendo que corresponde encomendar al Sr. Jefe de la P.F.A, la averiguación de sus paraderos. En este sentido, corresponde citar a Sebastián Guerra mediante edictos, los que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término de 5 días, a efectos de dar cumplimiento con la declaración ordenada en autos. En caso de ser habido Sebastián Guerra, deberá notificárselo de su convocatoria a prestar declaración indagatoria en autos y de las medidas precautorias dictadas en su contra, debiendo presentarse dentro del tercer día de notificado, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia injustificada, de declararlo en rebeldía y ordenar su captura, pues estando fehacientemente notificado, su renuencia a comparecer no descansará ya en la ignorancia del proceso o de la citación cursada, sino en la inequívoca intención de sustraerse a la acción de la justicia. En el caso de la denunciante Lucía Gómez, igualmente deberá notificársela a fin de que se presente ante estos estrados dentro del tercer día de notificada y de las medidas cautelares adoptadas a su favor. En consecuencia, notifíquese al Fiscal y al Defensor Oficial por cédula electrónica, comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y al señor Jefe de la Policía Federal Argentina y devuélvase la causa a conocimiento del Ministerio Público Fiscal, quien se encuentra a cargo de la investigación en los términos del artículo 196 del C.P.P.N. FDO: MARTÍN YADAROLA. JUEZ NACIONAL
CRIMINAL Y CORRECCIONAL. ANTE MÍ: FEDERICO N. ROMERO. SECRETARIO. MARTÍN YADAROLA Juez FEDERICO ROMERO SECRETARIO

e. 30/05/2022 N38346/22 v. 03/06/2022

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/05/2022 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha31/05/2022

Nro. de páginas111

Nro. de ediciones9384

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/07/2024

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