Boletín Oficial de la República Argentina del 07/03/2022 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.873 - Segunda Sección
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Lunes 7 de marzo de 2022

adquirente en subasta. En caso de optarse por registrar el inmueble a través de escritura pública, la totalidad de los gastos que irrogue dicho trámite serán a cargo exclusivo del comprador. Serán admitidas ofertas bajo sobre en los términos de la LCQ 212 y Art. 162 del Reglamento para la Justicia Comercial hasta las 12 hs. del día hábil inmediato anterior a la fecha designada para la subasta. Con relación a las deudas del inmueble, se hace saber a las entidades correspondientes, que las eventuales acreencias que posean a su favor contra la quebrada anteriores a la declaración de quiebra, deberán presentarse a iniciar el pertinente incidente de verificación de crédito. las posteriores a tal fecha, deberán comparecer en el presente proceso acompañando la documentación respectiva que acredite su acreencia, las que previa comprobación por parte del síndico, se pagarán inmediatamente una vez que se encuentre liquidado el bien. Sin perjuicio de ello, se pone en conocimiento que el comprador no será responsable por las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas con anterioridad a la toma de posesión del bien. Hágase saber al rematador y a quien resulte comprador, que los fondos obtenidos en la subasta deberán ser depositados en la cuenta de la quiebra: L 798 F 841 DV 5 cuenta bancaria en pesos y L 913 F 301 DV 9 cuenta bancaria en dólares. Para concurrir a los remates el público deberá inscribirse previamente a través de la web del Alto Tribunal www.csjn.gov.ar ingresando al link Oficinas de Subastas - Trámites: Turnos Registros, debiendo asistir el día y hora asignado en Jean Jaures 545, con el formulario que indica el sitio aludido. Buenos Aires, febrero 24 de 2022. FDO. PEDRO M. CRESPO. SECRETARIO.
DIEGO MANUEL PAZ SARAVIA Juez - PEDRO MANUEL CRESPO SECRETARIO

e. 04/03/2022 N11365/22 v. 10/03/2022

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº25 a cargo del Dr. Horacio Robledo, Sec. N50 a mi cargo, sito en Callao 635, 4º piso de CABA, comunica en autos TEODORO RAUL MONARI SA S/QUIEBRA
Exp. Nº 110403/2000, se dispuso el llamado a mejora de OFERTA EN SOBRE CERRADO, SIN PUJA ENTRE
OFERENTES, en block, al contado, al mejor postor, en el estado en que los bienes se encuentran y exhiben, y en las condiciones siguientes: a Tres lotes baldíos sitos con frente a la calle Carabobo entre Centenera y Diego A.
Maradona ex M.R. Bufano, Villa Luzuriaga, Pdo. de La Matanza, Pcia. de Bs Aires, Nom. catastral Circ. 7- Sec.
F-qta 6- Lote 8A Pda- 070-290721-7, Circ. 7- Sec. F-qta 6- Lote 8B Pda- 070-290722-5, Circ. 7- Sec. F-qta 6- Lote 8C Pda- 070- 290723-3, ocupados; BASE U$S45.000; b Un predio principal edificado, agrupado en una única partida Parcela 4D Pda. 70- 030249-0, el que cuenta con una superf. de 6.092 m2 con entrada principal por la calle Diego A. Maradona ex Monseñor Bufano, Ruta 4 y salidas por la calle Carabobo lateraly habilitada y la calle Centenera contrafrente, clausurada, Villa Luzuriaga, Pdo de La Matanza, Pvcia de Bs Aires; Corresponde con las parcelas 4A, 4B, 4C, 6A, 6C, 7A, 7B, 7C, y 11A, ocupado, ADCORPUS; BASE U$S 800.000. Sólo se aceptarán ofertas que superen en un 10% la base existente en el pto. 1 a del objeto, y en un 1,5% la base existente en el pto. 1 b del objeto. 3 modalidad de venta por OFERTA en sobre cerrado que se entregarán en el juzgado por mesa de entradas de la Secretaría hasta el día VIERNES 01/04/22 INCLUSIVE conf. lo ordenado el 30/12/21 a fs. 1042 ptos. 3,4,5 y 6. En el interior del sobre deberá contener: identificación del bien que desea adquirir, nombre de la persona de existencia visible o ideal oferente, CUIT, precio ofrecido, domicilio real y procesal constituido en la jurisdicción del Tribunal, datos de su cuenta bancaria CBU banco, sucursal, Nºy tipo de cuenta, original de la boleta de depósito en el Bco. Ciudad de Bs.As., suc. Tribunales cuenta de la quiebra en dólares: Libro 913 Folio 894 DV 6 correspondiente al 100% de su oferta El monto de las ofertas ya incluyen el IVA, con más la comisión del martillero 3% del precio de venta.Se hace saber que el pago del I.V.A. en relación a la comisión del rematador público queda a cargo del comprador fs. 1048 digitales. Se fija fecha para el acto de apertura de sobres cerrados el miércoles 06/04/22 a las 10:00 hs en la sede del tribunal, los que serán abiertos por el Sr. Secretario en presencia del martillero, el síndico y de los oferentes que deseen asistir. La adjudicación recaerá sobre la mejor oferta que, reuniendo los requisitos consignados, sea el precio más alto, ello conf. fs. 1042 ptos. 7, 8, 9,13 y 14, excluyéndose de tal forma la puja de la mejora de ofertas. La posesión de los inmuebles será otorgada luego de la integración de la totalidad del precio en la forma precedentemente dispuesta, y dentro de los 5 días subsiguientes a ello conf. pto 15 de fs. 1042. Será a cargo del adquirente todo trámite inherente al posterior desalojo y/o ejercicio de las acciones de defensa del bien tanto terceros como ser desalojos, etc. o como legitimado pasivo en caso de reclamos por la ocupación contra la quiebra. Se entiende que en los términos del art. 399 del CCCN la quiebra transfiere a su comprador todos los derechos y acciones para la acción o defensa de este bien que se vende. Por ende, no se hará cargo ni responsable del eventual resultado de estas acciones judiciales, presentes o futuras, ni de la defensa procesal de la parte interesada. El comprador deberá en su caso ocupar el lugar procesal de la quiebra art. 399
del CCCN y defender los derechos que adquiera en los juicios que pudiera existir en la Provincia de Buenos Aires o en CABA con relación a estas propiedades sea en un eventual juicio posterior por usucapión o adquisición del dominio por prescripción adquisitiva, sea cualquier otro, donde el comprador como cesionario de la quiebra sea demandado; o bien decidido ser parte actora para ejercer sus derechos. Queda prohibida la compra en comisión y la cesión del boleto de compraventa, atento el carácter publicístico del presente proceso. Los gastos en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros serán a cargo del comprador conf. pto. 18 de fs. 1042. Atento a la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/03/2022 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha07/03/2022

Nro. de páginas78

Nro. de ediciones9394

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/07/2024

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