Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2021 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.806 - Segunda Sección
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Jueves 2 de diciembre de 2021

emitir 3.341.572 acciones liberadas, nominativas, no endosables, de V$N $1 por acción y con derecho a un voto por acción; iii entregar las acciones liberadas a los accionistas en proporción a la participación accionaria que poseen; iv aumentar el capital social por la suma de $41.441.728, es decir, de la suma de $9.337.572 a la suma de $40.779.300; y v reformar en consecuencia el artículo 5 del estatuto social. Conforme el aumento de capital social aprobado, la tenencia accionaria de los señores accionista ha quedado establecida de la siguiente manera:
i Osvaldo del Campo 28.535.520 acciones 70%; y ii Octavio Molmenti 12.223.780 30%. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 19/03/2020
Ximena Parellada - T: 115 F: 490 C.P.A.C.F.
e. 02/12/2021 N92886/21 v. 02/12/2021

GAS DELCOMAHUES.A.

IGJ N1738437. CUIT 30-70878378-8. Por Asamblea General Extraordinaria de 28/02/2021 se revuelve modificar art. 1 del Estatuto Original consignando que la sociedad seguirá con la misma denominación, modificando su domicilio legal desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hacia la jurisdicción de la Ciudad de General Acha, Provincia de La Pampa. En la Asamblea General ordinaria de fecha 13/11/2020 se resuelve fijar el domicilio legal en la calle Balcarce n602, de la Ciudad General Acha, Provincia de La Pampa. Autorizado según instrumento privado NOTA de fecha 30/11/2021
LUDMILA YASMIN MALIMOWCKA - T: 367 F: 007 C.P.C.E.C.A.B.A.

e. 02/12/2021 N92961/21 v. 02/12/2021

GE CONSTRUCCIONESS.A.

Rectifica Edicto 90698/21 del 26/11/2021. Sede social y domicilio especial del Directorio: Murature 5008, CABA.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº101 de fecha 23/11/2021 Reg. Nº202
JOAQUIN GIMENEZ - T: 138 F: 798 C.P.A.C.F.

e. 02/12/2021 N92652/21 v. 02/12/2021

GRUPO FERZA S.I.P. ARGENTINAS.A.

COMPLEMENTA: Se complementa la publicación del 25/10/2021 N80412/21 por Escritura 291 del 17/11/2021, R 111 Alvellaneda, donde se modifica el art. 3 del objeto social, el cual queda redactado de la siguiente manera:
ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por OBJETO dedicarse, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en la República Argentina y/o en el extranjero las siguientes actividades: Vigilancia Privada, seguridad/
custodia de personas, de bienes y valores que se encuentren en lugares fijos a empresa, comercios, viviendas particulares o instituciones privadas, educativas y religiosas o de culto, públicas del estado Nacional, Provincial o Municipal. Investigación privada a persona física o jurídica. Importación y exportación, comercialización de productos y sistemas de seguridad, dispositivos de control, GPS Rastreo Vehicular y todo lo relacionado a la actividad. Brindar cursos de capacitación de instrucción a la seguridad privada, supervivencia y primeros auxilios, instructor de tiro clase A y Clase B, entrenamiento canino especializado, como todos los servicios derivado de ello.
Los servicios serán prestados con o sin armas conforme lo autorice la legislación vigente y en cumplimiento de la normativa del Registro Nacional de Armas. Vigilancia y protección de bienes; Escolta y protección de personas;
Transporte custodia y protección de cualquier objeto de traslado licito en el territorio nacional o internacional;
Vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones análogas; Transporte, custodia y protección de transporte de caudales según lo establecido Ley 20.429, decreto 395, Resolución BCRA A 6540; custodia, vigilancia y protección de bienes y personas, con prestación de servicio de vigilancia a través de sistemas de alarmas, fijas o móviles, en un todo conforme a la Ley 1913 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al artículo 2º de la Ley provincial 12.297 en Provincia de Buenos Aires, y las que las modifiquen y/o complementen en el futuro. En la provincia de Santa Fe se actuará de acuerdo a lo establecido en la resolución Nº0521, artículo 5º. Las Agencias Privadas podrán optar o acumular los siguientes rubros de explotación comercial, siendo sus actividades específicas las siguientes: AGENCIAS PRIVADAS DE
INFORMACIONES: 1 Averiguación de orden civil y comercial, 2 Solvencia de persona o entidades. AGENCIAS
PRIVADAS DE VIGILANCIA: 1 Custodia y vigilancia interna, de bienes y establecimientos. AGENCIAS PRIVADAS
DE SEGURIDAD: 1 Seguridad interna de bienes y establecimientos, 2 Traslado y seguridad de valores. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos, gestiones y operaciones que se relacionan con el objeto social y no estén prohibidos por las leyes y estos estatutos, siendo que todas las actividades que así lo requieran serán realizadas por los correspondientes profesionales con título habilitante para ello. Autorizado según instrumento público Esc. Nº291 de fecha 17/11/2021 Reg. Nº111 Avellaneda Ana Carolina Penzone - T: 107 F: 851 C.P.A.C.F.

e. 02/12/2021 N92932/21 v. 02/12/2021

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2021 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha02/12/2021

Nro. de páginas94

Nro. de ediciones9384

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/07/2024

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