Boletín Oficial de la República Argentina del 05/10/2021 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.763 - Segunda Sección
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Martes 5 de octubre de 2021

reclamos de ningún tipo respecto del estado, medidas, condiciones características, usos, marcas, modelos, numeraciones y series. El comprador de los bienes deberá asumir, al margen del precio de venta, los gastos de traslado de los mismos, tarea que deberá concretarse en el término de diez días. Asimismo, deberá soportar los gastos que sean devengados por los trámites aduaneros que resulten necesarios a los fines del debido ingreso en el territorio nacional de tales bienes y -en su casode su posterior inscripción. Las deudas por tasas, impuestos o contribuciones, así como por la guarda de tales bienes, cabe señalar que sólo serán a cargo del comprador las irrogadas con posterioridad a la toma de posesión. Las que correspondan al período anterior al decreto falencial deberán ser objeto de petición verificatoria y las inherentes al período comprendido entre la declaración de quiebra y la fecha de entrega de posesión, serán reconocidas como acreencias del concurso y serán solventadas con la preferencia que corresponda cfr. art. 240 LCQ. En caso de corresponder el pago del I.V.A. por la presente compraventa, deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de subasta y depositarlo en el expediente. En el caso de que el adquirente invocare un poder, deberá anunciar a viva voz el nombre del poderdante, y el comprador deberá indicar en autos dentro del tercer día de realizado el remate el nombre del eventual comitente con los recaudos establecidos por el CPr.: 571. Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos, de la presente resolución y de las dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada. Para concurrir a los remates el público deberá inscribirse previamente a través de la web del Alto Tribunal www.csjn.gov.ar ingresando al link Oficina de Subastas -Tramites: turnos registro y deberá presentarse el día y hora asignado en Jean Jaures 545 Pb, Caba, con el formulario que indica el sitio aludido. Exhibición: 25 y 26 de octubre de 2021 de 10:00 hs. a 12:00 hs. en el depósito fiscal DODERO, zona primaria aduanera, sito en General Pacheco, Partido de Tigre, Prov. de Bs. As. Para mayor información, consultar al martillero a los teléfonos 011-15-4069-4534, 011-4815-6382 o vía internet a www.estudioquinteros.
com.ar.Buenos Aires, septiembre de 2021. FDO. MARTÍN CORTÉS FUNES. SECRETARIO
JAVIER J. COSENTINO Juez - MARTIN CORTÉS FUNES SECRETARIO

e. 05/10/2021 N73849/21 v. 07/10/2021

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 16

El Juzgado Nacional de 1ra Inst. en lo Comercial Nro. 8, a cargo del Dr. Javier J. Cosentino, Secretaría Nro. 16
a mi cargo, sito en la Avda. Roque Sáenz Peña 1211, PB, comunica por cinco días en autos REYNARD NILVIO
S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE VENTA UF 16 Y 17 INMUEBLE LIMA 711 CABA, Exp. 15.399/2017/5, que el Martillero CARLOS MIGUEL BRUNO CUIT 20-08392455-2, subastará el día 26 de Octubre de 2021 a las 11,45
horas en punto en la Sede de la calle Jean Jaures 545 de esta Ciudad, -en blockel 50% indiviso de las Unidades Funcionales 16 y 17 del 8vo piso del inmueble sito en la calle Lima 711 Capital Federal, N.C.: C. 13, S. 12, M. 50, P.
37, matriculas 13-2962/16 y 13-2962/17. Del informe del martillero surge que se tratan de dos unidades funcionales del piso 8vo del inmueble de la calle Lima 711, que ocupan la totalidad del piso encontrándose comunicadas por el palier de ascensores. La unidad Nro. 16 se encuentra saliendo a la derecha del palier, posee entrada vidriada con puerta blindex al igual que la otra unidad, y se compone de una recepción con acceso por una puerta a la escalera de incendio, un bañito compartimentado y un amplio despacho a la calle muy luminoso. La unidad Nro. 17
está ubicada al contrafrente y con vista al pulmón de manzana, está compuesta de un pasillo con recepción y de espera, al que dan tres despachos, dos de ellos con ventana a pozo de aire y luz, uno con toilette compartimentado, sobre el pasillo una kitchenette y dos toilettes. En el fondo, una amplia sala de directorio, muy luminoso. En ambas unidades las divisiones de los ambientes están hechas con mamparas de aluminio y vidrio, otras de madera con sus pisos de linóleum. Esta venta se realiza AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR, BASE U$S80.000, SEÑA 30%, COMISION 3% y ARANCEL 0,25% Acordada 10/99 y 24/00 todo en dinero en efectivo en el acto de la subasta, debiendo el comprador constituir domicilio en el radio de la Capital Federal, y depositar el saldo de precio dentro del 5to día de aprobada la subasta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires Sucursal Tribunalesa nombre de estas actuaciones y la orden del Tribunal, sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 580 del CP. Si por cualquier causa no depositare en autos el saldo de precio en el plazo indicado, aunque la mora no le fuere imputable, se aplicarán los intereses legales conforme operaciones de descuento a treinta días, tasa activa hasta su efectivo pago Plenario C.N.COM.: 27/10/94, Sociedad Anónima La Razón s/quiebra s/inc. de pago de los profesionales art. 288- en forma no acumulativa Plenario C.N.COM.:
25/08/2003 Calle Guevara /fiscal de Cámara s/revisión de plenario Uzal. A fines de efectuar la transferencia de dominio de los inmuebles a subastar podrá optar por la vía prevista expresamente por el art. 587 del Código Procesal y que posibilita alcanzar ese mismo efecto mediante la escritura de protocolización de actuaciones, que no es configurativa de una escritura traslativa de dominio, sino de un instrumento que reúne subasta Disposición Técnico Registral n10/73m del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal; Palacio Derecho Procesal Civil T.VII, 656. Los gastos que la transferencia del inmueble irrogue sea cualquiera la modalidad que se adopte deberán ser solventados exclusivamente por el adquiriente. El comprador no será responsable por las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas, con anterioridad a la toma de posesión del bien. En cuanto a las deudas por expensas, el comprador quedará obligado por aquellas anteriores a la toma

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/10/2021 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha05/10/2021

Nro. de páginas119

Nro. de ediciones9391

Primera edición02/01/1989

Ultima edición14/07/2024

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