Boletín Oficial de la República Argentina del 16/08/2021 - Segunda Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.724 - Segunda Sección
57

Viernes 13 de agosto de 2021

EDICTOS JUDICIALES

CITACIONES Y NOTIFICACIONES. CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS
NUEVOS

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 27 - SECRETARÍA NRO. 54

El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N 27 a cargo de la Dra. María Virginia Villarroel, Sec. N 54 a mi cargo, sito en Montevideo 546, Piso 2º CABA, hace saber por un día en los autos caratulados GGMS.A. s/
CONCURSO PREVENTIVO Exp. Nro. 6664/2017 que con fecha 14/07/21 se dispuso homologar la propuesta de acuerdo y declarar concluido el concurso preventivo art. 59 LCQ, habiendo regulado honorarios a los profesionales intervinientes en la causa. María Virginia Villarroel Juez - Diego Ricardo Ruiz Secretario

e. 13/08/2021 N55584/21 v. 13/08/2021

JUZGADO FEDERAL - VILLA MARÍA - CÓRDOBA

El Juzgado Federal de la ciudad de Villa María, provincia de Córdoba, a cargo del Dr. Roque Ramón REBAK, en el marco de las actuaciones caratuladas: GOMEZ GONZALO EZEQUIEL s/TENENCIA POR CONSUMO
PERSONAL Expte. N FCB 62000724/2010, que tramitan ante este Tribunal, Secretaría Penal a cargo del Dr.
Facundo SADI, ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el término de tres 03 días, a fin de NOTIFICAR
a Gonzalo Ezequiel GOMEZ D.N.I. N33.602.628, lo resuelto por esta sede judicial en los autos de referencia supra, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: Villa María, 19 de julio de 2011.- Y VISTOS: ; Y
CONSIDERANDO: , RESUELVO: I DECLARAR LA INCOSTITUCIONALIDAD del artículo 14, segundo párrafo, de la Ley 23.737 en estos autos caratulados: GOMEZ GONZALO EZEQUIEL P.S.A. DE INFRACCION LEY 23.737
VILLA DEL ROSARIO Expte. N724/2010 del registro de la Secretaría Penal de este Tribunal. II SOBRESEER a GONZALO EZEQUIEL GOMEZ, de condiciones personales obrantes en autos, del hecho imputado como tenencia de estupefaciente para consumo personal -artículos 14, segundo párrafo, de la Ley 23.737 y 336, inciso 3ro. Del C.P.P.N.-, dejándose constancia que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor de que hubiere gozado el imputado. III Regístrese, hágase saber, oportunamente destrúyase el material estupefaciente y archívese.-
FDO. Mario Eugenio GARZON Juez Federal Subrogante Ante mí: Eduardo Santiago CAEIRO Secretario Federal.Villa María, 11 de agosto de 2021.- ROQUE RAMON REBAK Juez - FACUNDO SADI Secretario Federal

e. 13/08/2021 N56684/21 v. 18/08/2021

JUZGADO FEDERAL - VILLA MARÍA - CÓRDOBA

El Juzgado Federal de la ciudad de Villa María, provincia de Córdoba, a cargo del Dr. Roque Ramón REBAK, en el marco de las actuaciones caratuladas: OLIVERO JOSE RAMON s/TENENCIA POR CONSUMO PERSONAL
Expte. NFCB 62000549/2010, que tramitan ante este Tribunal, Secretaría Penal a cargo del Dr. Facundo SADI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el término de cinco 05 días Cfme. Art. 150 del C.P.P.N., a fin de NOTIFICAR a José Ramón OLIVERO D.N.I. N21.753.839, lo resuelto por esta sede judicial en los autos de referencia supra, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: Villa María, 24 de junio de 2011.- Y VISTOS:
; Y CONSIDERANDO: , RESUELVO: I DECLARAR LA INCOSTITUCIONALIDAD del artículo 14, segundo párrafo, de la Ley 23.737 en estos autos caratulados: OLIVERO, JOSE RAMON P.S.A. DE INFRACCION LEY
23.737 TIO PUJIO Expte. N 549/2010 del registro de la Secretaría Penal de este Tribunal. II SOBRESEER
A JOSE RAMON OLIVERO, de condiciones personales obrante en autos, del hecho imputado como tenencia de estupefaciente para consumo personal -articulo 14, segundo párrafo, de la Ley 23.737 y 336, inciso 3ro. Del C.P.P.N., dejándose constancia que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor de que hubiere gozado el imputado. III Tómese razón, notifíquese y firme que sea, comuníquese y oportunamente destrúyase el material estupefacientes y archívese.- FDO. Mario Eugenio GARZON Juez Federal Subrogante Ante mí: Esteban LOZADA
Prosecretario Letrado.- Villa María, 11 de agosto de 2021.- ROQUE RAMON REBAK Juez - FACUNDO SADI
Secretario Federal

e. 13/08/2021 N56708/21 v. 20/08/2021

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/08/2021 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha16/08/2021

Nro. de páginas94

Nro. de ediciones9381

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones