Boletín Oficial de la República Argentina del 28/07/2021 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.711 - Segunda Sección
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Miércoles 28 de julio de 2021

Nación Argentina -Sucursal Viedma-conforme lo dispuesto en la Acordada Extraordinaria N51/2021, adjuntado la pertinente certificación para la inmediata apertura de la cuenta corriente de la alianza en los términos el art. 32 de la Ley 26.215 con la modificación introducida por la Ley 27.504 y su oportuna tramitación por la alianza de autos de las subcuentas que correspondan art. 23 del Decreto Nº443/2011 para el depósito de los fondos de campaña y para impresión de boletas que en partes iguales la Junta Electoral deberá distribuir entre las listas de precandidatos que se oficialicen. 15 Tener por efectuado, en tiempo y forma, el pedido de reserva de los colores AZUL PANTONE
3005 C, AZUL PANTONE 3005 U, AZUL PANTONE 2925 C, AMARILLO PANTONE 123 C y AMARILLO PANTONE
116 C, a los efectos establecidos en el art. 25 de la Ley 26.571 y artículos 16, 17 sigtes. y concordantes del Decreto Nº443/2011. 16 Habilitar la rúbrica de los libros de Actas y de Resoluciones de la Comisión Ejecutiva y de la Junta Electoral de la alianza de autos y el cierre del aportado bajo el mismo nombre, rubricado el 27/06/2019 para la Comisión Ejecutiva en los pasados comicios del año 2019. 17 Comunicar la presente resolución a la Cámara Nacional Electoral conforme a lo prescripto por el art. 14 in fine y el art. 39 de la Ley 23.298 y sus modificatorias, como también por el art. 6 incisos e y f de su decreto reglamentario Nº 937/2010 -con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº776/2015- para la actualización del Registro Nacional de Agrupaciones Políticas y a la Dirección Nacional Electoral art. 11 de la Ley Nº26.215, por oficio DEO y DEOX según lo establecido en la Acordada Extraordinaria Nº 14/2021 CNE, adjuntando copias digitales de la misma, del acta constitutiva de la alianza y de sus instrumentos anexos y complementarios, como también de las planillas de registración de las autoridades y responsables designados por la agrupación política, que por la presente se ordena confeccionar por Secretaría. Regístrese, notifíquese electrónicamente a los apoderados de la alianza de autos y al Ministerio Público Fiscal. Publíquese por el término de un 1 día en el Boletín Oficial de la República Argentina, confeccionando a esos fines el edicto de estilo artículos 60 y 63 de la Ley 23.298. -Fdo. Hugo Horacio Greca Juez Federal Subrogante. Secretaría Electoral Nacional, 26 de julio de 2021.Dr. Hugo Horacio Greca Juez - Dra. María Silvina Gutierrez Prosecretaria Electoral Nacional e. 28/07/2021 N52216/21 v. 28/07/2021

JUNTOS PORELCAMBIO

El Juzgado Federal con competencia electoral de Río Negro, hace saber que en los autos caratulados: JUNTOS
POR EL CAMBIO s/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL - Elecciones Primarias y Generales año 2021
expediente NCNE 4494/2021, que tramita por ante este Tribunal se ha dictado la siguiente Resolución: Viedma, 23 de julio de 2021.- AUTOS Y VISTOS: . RESULTA: CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 No hacer lugar a la impugnación efectuada por el apoderado de la alianza Juntos Somos Río Negro en el acto de la audiencia del art.
62 de la Ley 23298 y consecuentemente, Reconocer como alianza electoral transitoria de este Distrito de Río Negro a la denominada JUNTOS POR EL CAMBIO en los términos del art. 10 de la Ley 23.298, para intervenir en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias a realizarse el próximo 12 de septiembre y en los comicios nacionales a celebrarse el 14 de noviembre, ambas del corriente año, con derecho al uso exclusivo del nombre y del logo de fs. 16/18 y sus copias certificadas de fs. 56vlta/59 y 79/85, estableciendo la prohibición de identificación o uso publicitario de su denominación en forma fragmentada con el vocablo JUNTOS. 2 Otorgar a la alianza electoral transitoria JUNTOS POR EL CAMBIO el Nº 504 conforme a lo dispuesto por la Acordada Extraordinaria Nº 25/2001 de la Cámara Nacional Electoral. 3 Registrar como integrantes de esa alianza a los partidos Pro Propuesta Republicana, Coalición Cívica Afirmación para una República Igualitaria - ARI y Unión Cívica Radical, todos con personería jurídico política vigente en el Distrito Río Negro y de conformidad con el acuerdo aliancista e instrumentos anexos fs. 3/18 y 33 y sus copias certificadas a fs. 43/59 y 63/87. 4 registrar como apoderados comunes titulares de la coalición a Nicolás Emmanuel Yanssen, José Orlando Acosta y Fernando Máximo Grandoso y como apoderados suplentes a Gustavo Andrés Costanzo, Alejandra Verónica Rivas y Fernando Ruiz, facultados a actuar, indistintamente, en forma individual o conjunta para los actos consignados en los puntos 8 y 27 del acta constitutiva y 4 del acta constitutiva complementaria, 5 Registrar como responsable económico financiero de la alianza en los términos del art. 32 de la Ley 26.571 a Roberto Brusa MI 14.436.952. 6 Registrar a Roberto Brusa MI 14.436.952 y a María Angélica Martínez MI 13.275.747 a los efectos prescriptos por el art. 31
de la Ley 26.215, dando por cumplida la previsión del art. 15 del Decreto Nº 936/2010 comunicación de la designación de responsables económico financieros, como mínimo, 10 diez días antes del inicio de la campaña electoral según el art. 31 de la Ley 26.571. 7 Tener por domicilio físico legal y central de la alianza el constituido en la calle Sarmiento Nº366 de Viedma -punto 4 del acta constitutiva y 2 de su complementaria-. 8 Registrar la designación de la Mesa Ejecutiva Provincial, como órgano de gobierno de la alianza, integrada por cuatro 4
miembros titulares Presidente y un representante titular y un suplente por cada partido, por Aníbal Antonio Tortoriello MI 12.979.035, Gustavo Andrés Costanzo MI 14.775.475 como titulares y el Sr. Ignacio Andrés Somorrostro Lazzarini MI 24.251.841 como suplente en representación del PRO, por Javier Edue Acevedo MI
17.506.170 y Daniela Beatriz Agostino MI 18.304.728 como titulares y Dianco Martín Chiacchiarini MI 33.566.869
como suplente por el ARI y a María de los Ángeles Dalceggio MI 17.995.077, Ariel Roberto Bernatene MI
23.831.700 y Pedro Ramón Sánchez MI 22.047.365 por la UCR. 9 Registrar la constitución de su Junta Electoral

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/07/2021 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha28/07/2021

Nro. de páginas79

Nro. de ediciones9377

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/06/2024

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