Boletín Oficial de la República Argentina del 24/07/2021 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.708 - Segunda Sección
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Viernes 23 de julio de 2021

EDICTOS JUDICIALES

CITACIONES Y NOTIFICACIONES. CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS
ANTERIORES

JUZGADO NACIONAL ENLOPENAL ECONÓMICONRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 5

En la causa N724/2019, del registro de la secretaría N5 de este Juzgado Nacional en lo Penal Económico N3, con fecha 16 de julio de 2021 se ha ordenado la publicación de edictos por el término de cinco 5 días art. 150 del C.P.P.N, a efectos de notificar a DICHAS.A. CUIT 30- 71255127-1 lo resuelto por este juzgado con fecha 12/06/21:
I SOBRESEER en la presente causa Nº 724/19 caratulada: REGALO CITY IMPORTACION EXPORTACION
SRL S/ inf. Ley 22.415 a y DICHA S.A por la situación fáctica descripta por el considerando 1º de la presente, por no configurar delito penal, con la expresa mención de que la formación del sumario no afecto el buen nombre y honor del que aquellas personas gozaren art. 336 inc. 3 del C.P.P.N.. II GENERAR TESTIMONIOS DIGITALES
de las partes pertinentes de la presente para su remisión, de manera digital, a la A.F.I.P D.G.A, a los fines de la investigación de una eventual infracción aduanera. III SIN COSTAS arts. 529 y ccs. del C.P.P.N . Asimismo, se hace saber que el nombrado deberán designar abogado o abogada defensor/a con matrícula en el Colegio Público de Abogado de la Capital Federal. En caso de no hacerlo, se les designará a la defensoría oficial en turno. Fdo. Rafael F. CAPUTO juez, ANTE MI: Rosana BERLINGIERI Secretaria. Rafael CAPUTO Juez - Rosana BERLINGIERI SECRETARIA

e. 20/07/2021 N50420/21 v. 26/07/2021

JUZGADO NACIONAL ENLOPENAL ECONÓMICONRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 5

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N3, Secretaría N5 notifica a Rodrigo FIGUEROA REYES, Santiago OLIVERA Y HARDOY y Guillermo José MALM GREEN LEMER la resolución dictada el 5/06/21 I SOBRESEER
en la presente causa Nº33002012/02 caratulada: GOFFREDO y otros s/ inf. Ley 24.769 respecto de Rodrigo FIGUEROA REYES, Santiago OLIVERA Y HARDOY y Guillermo José MALM GREEN LEMER en orden a la situación fáctica descripta por el considerando 2 de la presente resolución, con expresa declaración de que la formación del presente legajo no ha afectado el buen nombre ni el honor del que gozaren los nombrados arts. 334, 335, 336 inciso 3 y último párrafo, y 337 del C.P.P.N.. II GENERAR copias digitales de las partes pertinentes, como así también de la presente resolución, y REMITIRLAS a la oficina pertinente de la A.F.I.P.- D.G.I. mediante oficio de estilo, a los efectos de que se investigue la posible configuración de alguna infracción tributaria, con relación a los hechos descriptos por el considerando 2 de la presente. III SIN COSTAS arts. 530 y ccs. del C.P.P.N..
Fdo. Rafael F. CAPUTO. JUEZ. Ante mí: Rosana BERLINGIERI. SECRETARIA. Rafael F. CAPUTO Juez - Rosana BERLINGIERI Secretaria

e. 20/07/2021 N50505/21 v. 26/07/2021

JUZGADO NACIONAL ENLOPENAL ECONÓMICONRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 5

En la causa N724/2019, del registro de la secretaría N5 de este Juzgado Nacional en lo Penal Económico N3, con fecha 16 de julio de 2021 se ha ordenado la publicación de edictos por el término de cinco 5 días art. 150
del C.P.P.N, a efectos de notificar a Ricardo Néstor GÓMEZ D.N.I.N18.282.141 lo resuelto por este juzgado con fecha 12/06/21: I SOBRESEER en la presente causa Nº 724/19 caratulada: REGALO CITY IMPORTACION
EXPORTACION SRL S/ inf. Ley 22.415 a, Ricardo Néstor GÓMEZ, por la situación fáctica descripta por el considerando 1º de la presente, por no configurar delito penal, con la expresa mención de que la formación del sumario no afecto el buen nombre y honor del que aquellas personas gozaren art. 336 inc. 3 del C.P.P.N.. II
GENERAR TESTIMONIOS DIGITALES de las partes pertinentes de la presente para su remisión, de manera digital, a la A.F.I.P D.G.A, a los fines de la investigación de una eventual infracción aduanera. III SIN COSTAS arts. 529 y ccs. del C.P.P.N . Asimismo, se hace saber que el nombrado deberán designar abogado o abogada defensor/a con matrícula en el Colegio Público de Abogado de la Capital Federal. En caso de no hacerlo, se les designará a la defensoría oficial en turno. Fdo. Rafael F. CAPUTO juez, ANTE MI: Rosana BERLINGIERI Secretaria. Rafael CAPUTO Juez - Rosana BERLINGIERI SECRETARIA

e. 20/07/2021 N50418/21 v. 26/07/2021

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/07/2021 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha24/07/2021

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones9414

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/08/2024

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