Boletín Oficial de la República Argentina del 02/06/2021 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.669 - Segunda Sección
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Miércoles 2 de junio de 2021

Se hace saber a los terceros y al fallido que tengan bienes de este último, que deberán entregarlos al síndico. Se prohíbe realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces.
Buenos Aires, de mayo de 2021. Dra. Adriana Bravo.- Secretaria Valeria Perez Casado Juez - Adriana Bravo Secretaria

e. 28/05/2021 N35900/21 v. 03/06/2021

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 24 - SECRETARÍA NRO. 48

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº24, Secretaría Nº48 sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P.B. de la Ciudad de Buenos Aires TE. 48130061, comunica por cinco días en los autos BELYDEANS.A. s/
PEDIDO DE PROPIA QUIEBRA 5541/2021, CUIT 30-70773240-3, que el 10/05/21 se decretó la presente quiebra.
El síndico designado es Héctor Miguel Falvino, con domicilio en Av. Pueyrredón 468, piso 8 dto. 55 de esta ciudad, TE: 1149358000. La verificación tempestiva LCQ 32 se podrá realizar hasta el 16/07/21. A tales efectos se formará un incidente de insinuación de créditos en los términos del art. 32 de la ley 24.522 a fin de que los acreedores con asistencia letrada ingresen digitalmente sus insinuaciones y la documentación respaldatoria.
Las ingresadas hasta las 20 hs. se consideraran presentadas en esa fecha, y las posteriores a dicho horario como presentadas al día siguiente limitándose el Juzgado a incorporarlas sin efectuar análisis alguno. Vencido el plazo, se procederá a archivar el escrito y las copias de documentación que se presenten sin despacho alguno al igual que las observaciones presentadas fuera del plazo del art. 34 LCQ. Vencidos estos plazos, el incidente será restringido y archivado digitalmente. La presentación deberá ser suscripta electrónica o digitalmente por el letrado actuante quien deberá prestar declaración jurada de que las copias digitales cargadas se corresponden a los antecedentes originales, y que éstos serán presentados al Juzgado o a la sindicatura dentro de las 48 hs.
de que le sean requeridos todo ello, bajo apercibimiento de hacerlo responsable de los eventuales perjuicios. En caso de ser patrocinante deberá contar con la firma ológrafa del patrocinado. Deberá acreditarse también -de corresponderel pago del arancel verificatorio mediante transferencia a realizarse a la cuenta Nº0060161615174, CBU 0110016730001616151747, abierta en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Monserrat a nombre de Héctor Miguel Falvino CUIT 20-04607000-4. La insinuación de quienes no cuenten con asistencia letrada deberá presentarse directamente ante el síndico acompañando el escrito y su documentación en formato papel previo pedido de turno a la dirección de mail hmfalvi@gmail.com; que deberá ser concedido a más tardar dentro de las 48hs. de solicitado, quien le informará los protocolos a seguir para la recepción de las piezas pertinentes. Se considerará como fecha y hora de presentación la del día de la entrega efectiva de las piezas al síndico, a cuyo fin deberá éste dar adecuada respuesta a los requerimientos de turno. Una vez recibidas las mismas deberá la sindicatura, en el plazo de tres días, cargar digitalmente el escrito y documentación en el incidente de insinuación de créditos, con todos los datos que individualicen la petición a los fines de ejercer la facultad prevista por la LCQ 34. Para el caso de que los acreedores que se presenten sin asistencia letrada pretendan hacer uso del derecho que otorga la LCQ 34, deberá seguirse el mismo protocolo que el establecido para la presentación de las insinuaciones previstas en el art. 32 de dicha ley. Presentación del informe LCQ 35 el 13/09/21. Resolución LCQ 36
el 27/09/21. Presentación del informe LCQ 39 el 27/10/21. Cítase a los administradores de la fallida a la audiencia de explicaciones que se celebrará en la sala de audiencias del tribunal el día 14/10/21 a las 11hs. Ordénase al fallido y a terceros, entreguen al Síndico los bienes de aquél, prohibiéndose hacerle pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Intímase al fallido y administradores a fin de que dentro de las cuarenta y ocho horas pongan a disposición del Síndico los libros de comercio y documentación relacionada con la contabilidad. Buenos Aires, 21
mayo de 2021 PAULA MARINO SECRETARIA

e. 27/05/2021 N35277/21 v. 02/06/2021

JUZGADO NACIONAL ENLOCIVIL NRO. 109 - SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N109, a cargo del Dr. Guillermo Gonzalez Zurro, Secretaria Única a cargo del Dr. Alejandro Iriarte, sito en Talcahuano 490, piso 4, C.A.B.A.;ha dispuesto citar a los ejecutados:
MARIA BEATRIZ SIGWALD, MARIA DE LA CRUZ SAENZ MEZZADA, ALICIA ROSSO PICOT, ALBERTO GUILLERMO
SAENZ, NESTOR ORSI, MARIA CRISTINA SAENZ, MARIA ALICIA SAENZ, MARIA DEL PILAR SAENZ y JULIO
ALBERTO SAENZ para que dentro del plazo de diez días comparezcan a tomar la intervención que le corresponda en autos, bajo apercibimiento de designarse al Defensor Oficial para que los represente en juicio Ello en los autos caratulados: CONS PROP MARCELO TORCUATO DE ALVEAR 1201/1202/1207/1213 C/ SIGWALD, MARIA
BEATRIZ Y OTROS S/EJECUCION DE EXPENSAS N78582/2016 ALEJANDRO IRIARTE SECRETARIO

e. 01/06/2021 N12445/21 v. 02/06/2021

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/06/2021 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha02/06/2021

Nro. de páginas77

Nro. de ediciones9418

Primera edición02/01/1989

Ultima edición10/08/2024

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