Boletín Oficial de la República Argentina del 27/02/2019 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.065 - Segunda Sección

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Miércoles 27 de febrero de 2019

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 20
SECRETARÍA NRO. 40

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 20, a cargo del Dr. Eduardo E. Malde, Secretaria Nro. 40, a mi cargo, sito en la calle Marcelo T de Alvear 1840, piso 4to. de esta Ciudad comunica, por un día, que en los autos PROSERMETS.A. s/ concurso preventivo Nro. 21845/2017 se ha decretado, con fecha 07/02/2019
la homologación del acuerdo preventivo de PROSERMETS.A. Nro. de CUIT 30-70772201/7. Publicar edictos por un día en el Boletín Oficial. Eduardo E. Malde Juez - Guillermo M. Pesaresi Secretario

e. 27/02/2019 N10708/19 v. 27/02/2019

JUZGADO NACIONAL ENLOCIVIL NRO. 46
SECRETARÍA ÚNICA

EL JUZGADO NACIONAL DE Ia. INSTANCIA EN LO CIVIL Nº46 A CARGO DEL DR. FERNANDO P. CHRISTELLO, SECRETARIA UNICA, SITO EN AV. DE LOS INMIGRANTES 1950, 4º PISO, CABA, EN LOS AUTOS CARATULADOS
ALANIZ FRANCISCO ANASTACIO S/ AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO EXPTE. Nº72068/2011, CITA AL SR. FRANCISCO ANASTACIO ALANIZ A QUE COMPAREZCA A ESTAR A DERECHO. PUBLÍQUESE UNA
VEZ POR MES DURANTE SEIS MESES EN EL BOLETIN OFICIAL
DAMIAN ESTEBAN VENTURA SECRETARIO

e. 27/02/2019 N95682/18 v. 27/02/2019

JUZGADO NACIONAL ENLOCIVIL NRO. 79
SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 79, Secretaría única de esta Ciudad, notifica a través del presente a la tercera Sra. MARCELA ISABEL MOSCOVICH la sentencia dictada en los autos caratulados CORREA MARISA CLAUDIA c/ OSPIT y Otros s/ DAÑOS Y PERJUICIOS Expte. Nº43607/2013. Buenos Aires, 7 de noviembre de 2016 VIII.- Por lo expuesto y disposiciones legales, FALLO: 1.- Rechazando la demanda por daños y perjuicios interpuesta por Oriana Jazmín Selena Quiroz contra Obra Social del personal de la Industria Textil, Clínica Cruz Blanca del Sur Lanús SRL, y la citada en garantía TPC Compañía de Seguros SA, sin atribuir responsabilidad civil a la tercera citada Marcela Isabel Ortiz Moscovich. Las costas se imponen en el orden causado tal como se expusiera en el considerando VII. 2.- De conformidad con lo establecido por los arts. 6, 7, 8, 9, 19, 33, 37, 38 y concs. de la ley 21.839 conf. ley 24.432, decreto 1467/11 a mérito de la labor desarrollada por los profesionales interesados, monto reclamado, etapas cumplidas, valoradas por su naturaleza, calidad, importancia, eficacia y extensión regúlanse los honorarios profesionales de: Letrados parte actora: -Dr. Alfredo Luis Arriaran patrocinante en la suma de $105.000 pesos ciento cinco mil por el principal, $2.500 pesos dos mil quinientos por la incidencia resuelta a fs. 151 y $2.500 pesos dos mil quinientos por la negligencia resuelta a fs. 360.- Letrados parte demandada Obra Social del personal de la Industria Textil: -Dr. Martin Pedro Khoury apoderado en la suma de $1.000 pesos mil.- -Dra. Luciana C. Perez Dawe ver fs. 229 en la suma de $500
pesos quinientos.- Letrado de la parte demandada Clínica Cruz Blanca del Sur Lanús SRL y citada en garantía:
-Martin Emiliano Agundez monotributista letrado apoderado en la suma de $ 200.500 pesos doscientos mil quinientos por el principal, y $4.000 por la incidencia resuelta a fs. 151.- Demás profesionales intervinientes: -Gadi Laura Susana Adela mediadora en la suma de $1.400 pesos mil cuatrocientos.- -Perito psicopedagoga María Elisa Sardou en la suma de $45.000 pesos cuarenta y cinco mil.- Se deja constancia que no se han regulado los honorarios profesionales de Edgardo Héctor Agrazo y Flavia Angeli por no haberse podido obtener la constancia respectiva por Secretaría.- 3.- Notifíquese, haciéndose saber que podrá obtenerse copia íntegra de la presente en los términos del artículo 485 del ritual en el sitio www.ccc.pjn.gov.ar o en su defecto mediante fotocopias a cargo del interesado que deberán requerirse en la mesa de entradas del tribunal. 4.- Comuníquese al Centro de Informática del Fuero. 5.- Comuníquese a la Señora Mediadora interviniente quedando a cargo de cualquiera de las partes cumplir en forma fehaciente con esa notificación y oportunamente archívese. 6.- Oportunamente, dése vista al Sr. Defensor de Menores e incapaces.- FDO. JORGE ENRIQUE BEADE-JUEZ.- KARINA GABRIELA
RAPKINAS-SECRETARIA-Publíquese por 2 días. Buenos Aires 5 de octubre de 2018.- KARINA G. RAPKINAS
SECRETARIA

e. 27/02/2019 N74999/18 v. 28/02/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/02/2019 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha27/02/2019

Nro. de páginas83

Nro. de ediciones9394

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/07/2024

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