Boletín Oficial de la República Argentina del 06/06/2018 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.885 - Segunda Sección

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Miércoles 6 de junio de 2018

DON TULIOS.A.

Aviso complementario del trámite número 39340/18 de fecha 04/06/2018, en donde se aclara que el acta de Asamblea Extraordinaria Nº78 de fecha 13/03/2018, fue elevada a escritura pública Nº99 de fecha 23/05/2018 por la escribana Monica Leonor Ponce matricula 4645 titular del Registro Notarial 2132. Autorizado según instrumento privado ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA Nº78 de fecha 13/03/2018
EDUARDO DANIEL CARLETTI - T: 101 F: 202 C.P.A.C.F.
e. 06/06/2018 N40169/18 v. 06/06/2018

EDICIONES DELSUR CENTRO LITERARIO ARGENTINOS.A.

Por Actas de Asamblea Ordinaria N13 y de Directorio N28 ambas del 04/11/2016 y de Asamblea Extraordinaria N 15 del 06/04/2018 se resolvió 1 designar Directorio: Presidente: Marcelo Darío Furch; Vicepresidente: Luis Alberto Furch y Directora Suplente: Marcela Noemí Rodriguez. Todos fijan domicilio especial en Av. Corrientes 2470, piso 4 ofic. 15, CABA; 2 cambiar la denominación social por SISTEMA DE COBRANZAS NEUQUÉNS.A.
y 3 reformar el art. 3: Objeto: Impresión, edición, distribución y comercialización, como mayorista o minorista, de libros, revistas, publicaciones y todo lo relativo a la industria gráfica. Importación y exportación de mercaderías, insumos, servicios y tecnología directa o indirectamente vinculados con su objeto. Administración y gestión de cobranza por cuenta y orden de terceros. Autorizado según instrumento privado ACTA DE ASAMBLEA
EXTRAORDINARIA N15 de fecha 06/04/2018
Silvina Beatriz Diez Mori - T: 52 F: 676 C.P.A.C.F.
e. 06/06/2018 N39938/18 v. 06/06/2018

ELALGARROBITOS.A.

Se hace saber que en la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas del 29/05/2018 se resolvió aumentar el capital social de $ 12.000 a $ 100.000 y reformar el art. 5 del Estatuto Social, el que ha quedado redactado de la siguiente forma: Artículo Quinto: El capital social asciende a la suma de $100.000 Pesos Cien Mil, representado por 10.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $10 Peso Diez valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Por asamblea general ordinaria podrá aumentarse el capital social dentro del quíntuplo de acuerdo a lo establecido por el artículo 188 de la ley 19.550. Asimismo, en dicha asamblea se resolvió modificar los artículos 6, 8, 9 10, 11 y 14 del estatuto social, los que quedaron redactados de la siguiente manera: ARTÍCULO SEXTO: Las acciones correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la asamblea al momento de emitirlas. Las acciones preferidas no darán derecho a voto salvo en los casos en que la ley se lo otorga. ARTÍCULO OCTAVO: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un directorio integrado por el número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, con mandato por tres ejercicios, pudiendo elegirse igual o menor número de suplentes, los que integrarán el cuerpo en caso de ausencia o impedimento de los titulares en el orden de su elección. La designación de directores suplentes será obligatoria en caso de que la sociedad prescinda de sindicatura. El Director se reunirá toda vez que requieran los negocios sociales a pedido del Presidente o de cualquiera de los Directores, conforme a lo dispuesto por el art. 267 de la Ley 19.550. El directorio celebrará sus reuniones como mínimo cada 3 tres meses salvo que los Directores acuerden celebrarlas con mayor frecuencia.
Las sesiones del Directorio serán presididas por el Presidente o en su ausencia por el Vicepresidente, y en caso de ausencia de ambos, por cualquier otro de los Directores. Las reuniones serán convocadas por el Presidente, o por el Vicepresidente en ausencia de aquél, y notificada a los integrantes de la Comisión Fiscalizadora y a los demás Directores en el domicilio especial constituido en la Sociedad conforme al art. 256 de la ley 19.550, con al menos veinte 20 días de antelación a dicha reunión. La notificación deberá estar acompañada por el orden del día que se encuentren disponibles al momento de cursarse la notificación. El Presidente del Directorio o quien éste designe, será el responsable de remitir o poner a disposición de los directores, y síndicos en caso de contar la sociedad con sindicatura, la información y documentación relevante para el tratamiento de los asuntos incluidos en el orden del día de la reunión del Directorio a fin de que el Directorio tome una decisión informada. Si cualquier director considera que la información puesta a su disposición no es suficiente, deberá solicitar al Presidente del Directorio la información que estime necesaria. Cualquiera de los directores podrá -como mínimo 10 diez días corridos antes de la reuniónpresentar por escrito al Presidente cualquier asunto adicional para que se incluya en el orden del día; el Presidente, por escrito, notificará dicho asunto a los demás directores sin demora. Los asuntos que no estén incluidos en el orden del día de la reunión correspondiente no podrán someterse a debate o resolución, salvo que todos los miembros del Directorio se encuentren presentes en la reunión y decidan que es necesario o conveniente debatir y resolver el asunto originalmente omitido del orden del día. Lugar de la Reunión Quórum:
Las reuniones del Directorio se celebrarán en la Sede Social de la Sociedad o en cualquier otro lugar acordado por la totalidad de los Directores. Las reuniones se celebrarán válidamente con el quórum de la mayoría absoluta de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/06/2018 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha06/06/2018

Nro. de páginas95

Nro. de ediciones9374

Primera edición02/01/1989

Ultima edición27/06/2024

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