Boletín Oficial de la República Argentina del 20/05/2016 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 20 de mayo de 2016

Remates Judiciales NUEVOS

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 22
SECRETARÍA NRO. 43
El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nº22, Secretaría Nº43, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P: 3º, Capital Federal, comunica por 1 día en los autos: CHEVROLETS.A.
DE AHORRO P/F DETERMINADOS c/ACEVEDO JUAN PABLO S/Ejecución Prendaria, expte. Nº45033/2010, que el martillero Mariano Espina Rawson CUIT: 20-13407112-6 el 27 de mayo de 2016 a las 11.30 hs. en JEAN JAURES
Nº545, Capital Federal, rematará, en el estado y condiciones en que se encuentra y exhibe:
un automotor marca CHEVROLET, Modelo CORSA CLASSIC 3 P/2009 tipo Sedán 3 Ptas., motor Chevrolet Nº T85009346, chasis marca Chevrolet Nº 8AGSB08Y09R162532 Dominio Nº IDB 314 BASE: $ 50.000. Comisión: 10%
mas iva. Arancel de subasta: 0,25%. Al contado, mejor postor y en efectivo. Adeuda por patentes impagas: $ 16.470,20 al 16/05/2016, las que estarán a cargo del comprador. No se acepta la compra en comisión ni la cesión de boleto de compraventa y que el comprador del automotor deberá inscribir la transferencia de dominio dentro de los 30 días de tenerse por integrado el saldo de precio, bajo apercibimiento de aplicar astreintes. Hágase saber que en caso de corresponder el pago del IVA por la presente compraventa deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de la subasta y depositarlo en el expediente. Exhibición: 24 y 26 de mayo 9 a 12 hs.
en el depósito sito en la calle Homero Nº1329, C.A.B.A. D.N.I del demandado 22.625.785.
Buenos Aires, a los 16 días del mes de Mayo de 2016.- MARGARITA R BRAGA Juez - MARIANA
MACEDO ALBORNOZ SECRETARIA
e. 20/05/2016 N33086/16 v. 20/05/2016

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 25
SECRETARÍA NRO. 50
EDICTO
El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nº25, Sec. Nº50, sito en Av. Callao 635
P: 4º, Capital Federal, comunica por 2 días en autos: MEGA CLIMAS.R.L. s/Quiebra, expte.
Nº 14.736 /2011, que el martillero Gustavo R.
Morelli Monotributista, CUIT: 20-075996846-6
el 17 de junio de 2016 a las 10,30 hs. EN PUNTO, en Jean Jaures Nº545, C.A.B.A, rematará, en el estado y condiciones en que se encuentra y exhibe los siguientes vehículos: 1 Fiat Brio/1989
tipo Sedan 2 puertas, Dominio: VWV 898 BASE:
$4.000- 2 Renault Express/1998 tipo Furgón, Dominio: DOD 980, BASE: $ 12.000. 3 Peugeot Partner Furgón D PLC PRESENCE/2007, Dominio: GPF 981, BASE: $30.000. Seña: 30%
- Comisión: 10% - Arancel de subasta: 0,25%.
Al contado y al mejor postor. El 70% restante deberá ser abonado dentro del 5º día de aprobado el remate. Respecto de las deudas por impuestos tasas y contribuciones, las mismas se distribuirán de la siguiente forma: las anteriores al decreto de falencia, deberán ocurrir por la vía y forma prevista por el art. 32 y sgtes. de la L.C.;
las posteriores al decreto de quiebra y hasta la fecha de la toma de posesión del eventual adquirente se solventarán con el producido de la subasta, y las que se originen con posterioridad a la posesión a cargo del adjudicatario.
Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros aún aquellos que pudieren estar a cargo de la parte vendedoraque tengan directa vinculación con las transferencias de dominio a realizarse oportunamente a favor del adquirente en pública subasta, incluyendo entre otros, a las diligencias tendientes a la inscripción registral del bien, o al levantamiento de medidas cautelares estarán a cargo exclusivamente del comprador.
Dispónese que el pago del I.V.A. que grava las operaciones de compraventa, estará a cargo de los compradores, los que en el acto del remate deberán denunciar su condición de inscriptos o no y oblar los pagos correspondientes. Queda prohibida la compra en comisión y la cesión del boleto de compraventa, atento el carácter pu-

blicístico del presente proceso. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, hágase saber a los interesados que, a los fines de tomar conocimiento de las condiciones de venta, deberán concurrir por secretaría a consultar las constancias del expediente. Exhibición: 14 de junio de 2016 de 12 a 16 hs. en Montevideo Nº3938
e/San Pedro y San José de Flores, Villa Ballester, Partido de San Martín, Provincia de Buenos Aires. C.U.I.T. de la fallida: 30-70984173-0.
Buenos Aires, a los 17 días del mes de mayo de 2016.- FIRMADO: DR. FEDERICO HERNAN
CAMPOLONGO SECRETARIO DR. HORACIO
F. ROBLEDO Juez - DR. FEDERICO HERNAN
CAMPOLONGO SECREETARIO
e. 20/05/2016 N33713/16 v. 23/05/2016

JUZGADO NACIONAL ENLOCIVIL NRO. 58
SECRETARÍA ÚNICA
EL Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 58 a cargo de la Dra. Maria Isabel Di Filippo, Secretaria Unica a mi cargo con asiento en Av. de los Inmigrantes 1950 Piso 5º de Capital Federal, comunica por dos días en los autos CENCLO Solucione y Servicios Informaticos S.A. c/MATURANO, Alberto y Otro s/
Ejecucion, Expte. Nº 73.030/13, que el martillero Ernesto Machado 15-5774-3400 rematará el dia 31 de Mayo de 2016 a las 11,45 hs. en la Direccion de Subastas Judiciales sita en Jean Jaures 545 de esta ciudad, el 50% indiviso del inmueble sito en Viejobueno 5154 e Basualdo y Araujo, Matricula FR 1-8533. Nomenclatura Catastral: Circ. 1, Secc. 62, Manzana 103B, Parcela 6. Que se trata de una casa que consta de dos dormitorios, uno de ellos en suite, un baño mas, living/comedor, cocina y un patio cubierto y en la terraza un ambiente y un lavadero, todo en buen estado de conservación, ocupado por el señor Carlos Alberto Carrascal en calidad de inquilino. Base U$S 50.000,00 dólares estadounidenses cincuenta mil al contado y al mejor ostor. Seña 30%. comision 3%, y arancel de la acordada 10/99 de la CSJN 0,25%. Sellado de ley. En el acto de suscribir el respetivo boleto de compraventa exigirá de quien o quienes resulten compradores la constitución de domicilio legal dentro del radio de Capital Federal bajo apercibimiento que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Codigo Procesal y asimismo se le hara saber que deberá depositar el saldo del precio dentro de los cinco días de notificado por ministerio de la ley del auto de aprobación del remate bajo apercibimiento previsto por el art. 580 del CPCC. A fin de prevenir la causa de eventuales nulidades art. 34, inc. 5 del Cod. Procesal, que conforme a lo previsto por el art. 10 de la Resolucion Nº 60/05, dictada por el Consejo de la Magistratura Reglamento de Subasts-, en caso de compra por representación deberá mencionarse de viva voz el nombre del poderdante o en su caso contar con autorización judicial fundada de confidencialidad. Adeuda al Gobierno de la Ciudad de Bs. As. $1.768,00 al 17/2/15 fs. 123; a Aguas Argentinas $413,26 al 2/3/15 fs. 132. Sin deuda A. y S.A. fs. 135/36, todas ellas sujetas a reajustes de practica y ulteriores vencimientos. El inmueble podrá visitarse el dia 30 de Mayo de 2016 de 10 a 17 hs.
Maria Alejandra Morales Secretaria e. 20/05/2016 N33109/16 v. 23/05/2016

Partidos Políticos NUEVOS

ENCUENTRO PORLADEMOCRACIA
YLAEQUIDAD
Distrito Catamarca EDICTO
El Sr. Juez Federal con Competencia Electoral Subrogante del Distrito Electoral Catamarca
BOLETIN OFICIAL Nº 33.383

Dr. Ricardo Antonio Moreno, hace saber, en cumplimiento de lo establecido en el art. 63
in fine de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos n23.298, la siguiente Resolución, Carta Orgánica Partidaria y Autoridades Partidarias Definitivas Expte. CNE n5759-2014 /2014.SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 03 de diciembre de 2015.- Fallo n: 1105-15 Y
VISTO: El pedido de reconocimiento para actuar como Partido de Distrito formulado por la agrupación política ENCUENTRO POR LA
DEMOCRACIA Y LA EQUIDAD en los autos N CNE 5759/2014 caratulados ENCUENTRO
POR LA DEMOCRACIA Y LA EQUIDAD s/solicita reconocimiento de partido de Distrito Y
CONSIDERANDO: Que a fs. 34/35 se presentan Jorge Santiago Moretta DNI n 39.106.360
y Carlos Marcelo Pintos DNI n 22.515.100, quienes han sido designados en el carácter de Apoderados de la agrupación política ENCUENTRO POR LA DEMOCRACIA Y LA EQUIDAD Acta de Fundación solicitando el reconocimiento de la personería jurídica política de la mencionada agrupación; acompañando a fs. 1/3 el Acta Fundacional donde figuran los Miembros de la Junta Promotora del Distrito siendo los siguientes ciudadanos: Jorge Santiago Moretta DNI n39.106.360 y Carlos Marcelo Pinto DNI n 22.515.100, Carlos Maximiliano Pinto DNI n 34.783.293, Juan Manuel Medina DNI n 33.667.753 y Luis Guillermo Quiñones DNI n 30.851.995. Asimismo fueron designados Apoderados Partidarios los ciudadanos:
Jorge Santiago Moretta DNI n 39.106.360 y Carlos Marcelo Pintos DNI n22.515.100. Constituyendo domicilio legal en calle Prado n415
de esta Ciudad Capital de Catamarca, el que es sustituido por el de calle Prado n251 de la misma Capital, de acuerdo a lo comunicado a éste Tribunal obrante a fs. 1.- Asimismo a fs. 115/119 corre agregado que los ocurrentes presentaron y fue validada por la Secretaría Electoral la dirección electrónica partidaria.Que a fs. 217/220 corre agregada resolución otorgando reconocimiento de personería en forma provisoria, en los términos del art. 7 de la Ley n23.298 y sus modificatorias y cuya publicación en el Boletín Oficial de la Nación corre agregada a fs. 239/240; Asimismo a fs. 227 y mediante Fallo n1031 se ha procedido a rectificar la resolución de reconocimiento provisoria en su parte resolutiva habiendo enmendado el nombre partidario resultando en definitiva el de: ENCUENTRO POR LA DEMOCRACIA Y LA
EQUIDAD.- Que a fs. 2 obra documentación de la designación como certificadores partidarios a Juan Manuel Medina DNI n 33.667.753 y a Luis Guillermo Quiñones DNI n 30.851.995.Que, fue oportunamente notificada la agrupación de autos de las previsiones y exigencias del art. 7 bis de la Ley n23.298 Orgánica de los Partidos Políticos para obtener la sentencia definitiva que le otorgue la personería jurídico política.- Que a partir de las fs. 234 la agrupación acompaña las respectivas fichas de afiliación por un total de un mil doscientos cuarenta y dos 1.242 fichas, según lo informado por Secretaría a fs. 236, de esta manera alcanza el mínimo legal necesario del 4%o del padrón electoral del distrito Catamarca, siendo que 1.134 un ciento treinta y cuatro afiliaciones como mínimo corresponde para el año 2015.- Que a fs. 246/249
corre agregada documentación que acredita la convocatoria a elecciones internas para constituir las primeras autoridades definitivas del Partido.- Que a fs. 253/255 obra acta de proclamación y listado de las autoridades electas conforme a las previsiones de la Carta Orgánica Partidaria; surgiendo a fs. 258 informe de Secretaría respecto a su verificación y afiliación, constando que la totalidad de sus integrantes reúnen los requisitos de ley; siendo aprobados los mismos a fs. 259, ordenándose las comunicaciones y publicación correspondiente siendo agregados a fs. 262/264 los oficios y el edicto de publicación correspondiente.Que a fs. 5/15 corre agregada la Declaración de Principios y las Bases de Acción Política, a fs. 16/33 la Carta Orgánica Partidaria. Que, al día de la fecha los responsables partidarios no presentaron los Libros Partidarios a los fines de la rúbrica por el suscripto, conforme lo establece el art. 7 bis inc. c y art. 37 de la Ley n23.298 y sus modificatorias y el art. 21 de la Ley n 26.215.- Que de todas las constancias de autos posteriores al reconocimiento provisorio ya referido, surge que oportunamente se dio cumplimiento a las previsiones del art. 7 y luego a las exigencias del art 7 bis, de la Ley 23.298 Orgánica de los Partidos Políticos y sus modificatorias, para resolver favorablemente
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el pedido de reconocimiento de la personería jurídico política para actuar como partido de Distrito.- En consecuencia, deberán las autoridades electas instrumentar lo pertinente a fin de dar cumplimiento a las exigencias previstas en la Ley n 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos procediendo a la apertura de la cuenta corriente única en los términos del art.
20 de la norma citada, por la que se canalizarán todos los fondos de la agrupación política tanto públicos como privados.- Por todo lo expuesto, las disposiciones legales citadas y oído que fuere el Sr. Fiscal Federal, RESUELVO: 1.-
Reconocer en forma definitiva como Partido Político, con personería jurídico-política para actuar en el Distrito en los términos del art. 7 bis de la Ley N23.298 - Orgánica de los Partidos Políticos y sus modificatorias, a la agrupación política ENCUENTRO POR LA DEMOCRACIA
Y LA EQUIDAD el que será inscripto con el nombre antedicho.- 2.- Adjudicar el número DOSCIENTOS ONCE 211 a la agrupación política ENCUENTRO POR LA DEMOCRACIA
Y LA EQUIDAD, de acuerdo a lo establecido mediante Acordada n 25/11; teniendo como domicilio legal al constituido en calle Prado n251 de esta Ciudad Capital de Catamarca.3.- Ordenar al Partido la apertura de la cuenta bancaria única en los términos del art. 20 de la Ley n26215 de Financiamiento de los Partidos Políticos y Dcto. n 936/10 art. 11 PEN.3.- Establecer un plazo de sesenta 60 días a contar de la fecha de la presente sentencia para cumplimentar con lo requerido a los libros partidarios en el art. 7 bis inc. c y art. 37 de la Ley n23.298 y sus modificatorias y el art. 21
de la Ley n26.215.- 4.- Regístrese, notifíquese, comuníquese y protocolícese.- Ofíciese a la Excma. Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional Electoral, extráigase y remítase copia certificada de la presente y de la Carta Orgánica Partidaria y demás documentación y publíquese por un 1 día en el Boletín Oficial de la Nación art. 63 de la Ley N23.298.PARTIDO ENCUENTRO POR LA
DEMOCRACIA Y LA EQUIDAD
CARTA ORGÁNICA NACIONAL
CAPITULO I DEL PARTIDO
Artículo 1: El partido Encuentro por la Democracia y la Equidad EDE es una asociación voluntaria de ciudadanos/as que se encuentran afiliados/as al mismo en la ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las Provincias que componen el país.
Artículo 2: La presente Carta Orgánica Nacional es la ley fundamental del Partido Encuentro por la Democracia y la Equidad, su organización y funcionamiento debe ajustarse a lo determinado por sus disposiciones y por la legislación de aplicación.
CAPITULO II DE LOS AFILIADOS
Artículo 3: Son afiliados todos los ciudadanos/
as que soliciten su afiliación y hayan sido admitidos por las autoridades partidarias. No podrán afiliarse los ciudadanos/as que se encuentren afectados por las inhabilidades prescritas en las Leyes Electorales y de Partidos Políticos de la Nación, de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4: La afiliación debe ser gestionada por el interesado suscribiendo su ficha de solicitud de afiliación, que implica la aceptación de las disposiciones de la Carta Orgánica Nacional así como de la Declaración de Principios y Bases de Acción Política. Los requisitos y el procedimiento de aplicación relativo a la afiliación, su aceptación o su rechazo, se rigen por lo dispuesto en la Ley Orgánica de los Partidos Políticos Nº23.298, modificada por la Ley N26.571, y la legislación que en el futuro la reemplace o complemente. La afiliación estará abierta permanentemente.
Artículo 5: La afiliación se extingue por fallecimiento, renuncia, expulsión o por disposición legal conforme a derecho.
Artículo 6: Son derechos de los afiliados:
a Elegir y ser elegidos para integrar las diversas instancias orgánicas del Partido.
b Participar en los actos, asambleas, consultas y demás convocatorias partidarias, de confor-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/05/2016 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha20/05/2016

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9412

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/08/2024

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