Boletín Oficial de la República Argentina del 12/03/2014 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Miércoles 12 de marzo de 2014
Julian Vivas DNI 4118745 y Directora Suplente Elva Berta Ochoa LC 6816278 todos con domicilio especial en Avenida Corrientes 1557 Piso 7
oficina A CABA Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 25/12/2013.
Jose Manuel Castro Tº: 196 Fº: 029 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 12/03/2014 Nº14146/14 v. 12/03/2014


LELIE S.A.I.C.
Hace saber que conforme la delegación en el Directorio resuelta por la Asamblea General Extraordinaria de fecha 30 de enero de 2014 y decisión de Directorio de fecha 24 de febrero de 2014 se decidió requerir a los señores accionistas procedan a integrar de contado el aumento de capital de $ 2.599.958,04. Consecuentemente se los convoca a ejercer el derecho de preferencia y acrecer en los términos del artículo 194 de la ley 19.550. Designado por instrumento privado Asamblea General Ordinaria de fecha 26 de mayo de 2011 y Acta de Directorio de distribución de cargos de fecha 26 de mayo de 2011. Presidente Ezra Chemea Designado según instrumento privado Asamblea General Ordinaria y Acta Directorio de Distribución de cargos de fecha 26/05/2011.
Presidente - Ezra Chemea e. 12/03/2014 Nº14119/14 v. 14/03/2014


LIAG ARGENTINA S.A.
Aviso artículo 10
de la Ley de Obligaciones Negociables Liag Argentina S.A. la Emisora con domicilio en Maipú 1300, Piso 26, Ciudad de Buenos Aires, constituida por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 1982, con una duración de 99 años contados a partir del 16 de septiembre de 1983 fecha de inscripción ante el Registro Público de Comercio, bajo el número 6625, libro 98, tomo A de estatutos de sociedades anónimas nacionales; comunica que en virtud de las facultades delegadas por la asamblea de accionistas del 26 de julio de 2011 delegación que fue prorrogada por asamblea de accionistas del 8 de agosto de 2013, el directorio de la Emisora en reunión del día 27 de febrero de 2014 resolvió aprobar la emisión de la quinta serie de obligaciones negociables en el marco del Programa Global de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, subordinadas o no, emitidas con o sin garantía flotante, especial y/o común y/u otra garantía, por hasta US$35.000.000 o su equivalente en otras monedas el Programa cuya oferta pública ha sido autorizada por la Comisión Nacional de Valores CNV el 6 de septiembre de 2011, por hasta US$ 9.000.000, a ser emitidas en dos clases: Obligaciones Negociables Clase I
las Obligaciones Negociables Clase I u ON
Clase I a Tasa Variable con vencimiento a los 24 meses desde la Fecha de Emisión por un valor nominal de hasta $70.000.000; y Obligaciones Negociables Clase II las Obligaciones Negociables Clase II u ON Clase II a Tasa Fija con vencimiento a los 30 meses desde la Fecha de Emisión por hasta un valor nominal en Dólares Estadounidenses de US$9.000.000.
La sumatoria del monto de emisión de las Obligaciones Negociables Clase I y de las Obligaciones Negociables Clase II, no puede superar el monto nominal global total de US$9.000.000
el Monto Nominal Global Total. Asimismo, el directorio resolvió aprobar las siguientes condiciones particulares para las ON Clase I:
1 Garantía: Las Obligaciones Negociables Clase I constituirán obligaciones directas, incondicionales, no garantizadas y no subordinadas de la Emisora y tendrán en todo momento el mismo rango de prelación en cuanto a derecho de pago que todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas, tanto actuales como futuras de la Emisora con excepción de las obligaciones que gozan de preferencia por imperio de la ley o de pleno derecho. Las Obligaciones Negociables Clase I
tendrán como garantía común únicamente el patrimonio de la Emisora. 2 Estarán denominadas en pesos. 3 Monto de la Emisión: El monto total de la emisión será de hasta V/N
$ 70.000.000 pesos cincuenta millones el Monto Total de Emisión de las Obligaciones Negociables Clase I. La sumatoria del monto de emisión de las Obligaciones Negociables Clase I y de las Obligaciones Negociables Cla-

Segunda Sección se II no puede superar el Monto Nominal Global Total de US$9.000.000. 4 Precio de Emisión: 100% del Valor Nominal a la par. 5 Monedad de Suscripción y Pago: Las Obligaciones Negociables Clase I serán suscriptas y pagaderas en pesos. 6 Fecha de Emisión: Es aquella fecha en la que se emiten las Obligaciones Negociables Clase I, de acuerdo a lo decidido por los Agentes Colocadores en conjunto con la Emisora, lo cual tendrá lugar dentro de los 3 Días Hábiles siguientes al último día del Período de Licitación y será oportunamente informada mediante un aviso complementario al Suplemento de Prospecto que será publicado por un día en el Boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires BCBA, en la CNV a través de la AIF y en el Mercado Abierto Electrónico MAE el Aviso Complementario. 7 Fecha de Vencimiento:
Será a los 24 meses de la Fecha de Emisión y se informará mediante el Aviso Complementario. 8 Forma de integración: La Obligaciones Negociables Clase I deberán ser integradas en pesos. Los suscriptores de las Ofertas de Suscripción que hubieran sido adjudicadas deberán pagar el precio de suscripción correspondiente a las Obligaciones Negociables Clase I
efectivamente adjudicadas, en pesos, mediante i transferencia electrónica del correspondiente precio a la cuenta que se indique en el formulario de las Ofertas de Suscripción y/o ii débito del correspondiente precio de la cuenta del suscriptor que se indique en la correspondiente Orden de Compra. Efectuada la integración, las Obligaciones Negociables Clase I serán transferidas a favor de los inversores a sus cuentas en Caja de Valores S.A. que los suscriptores hayan previamente indicado a los Agentes Colocadores en la correspondiente Oferta de Suscripción. 9 Amortización: El capital de las Obligaciones Negociables Clase I
será amortizado mediante 3 pagos consecutivos, por un importe igual al 33% el primero, 33% el segundo y 34% el tercero, cada uno del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase I y en su conjunto iguales al 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase I. Los pagos de capital serán realizados en los meses 12, 18 y 24 contados desde la Fecha de Emisión, siempre y cuando ese día fuera un Día Hábil, si no lo fuera, el pago correspondiente será efectuado el Día Hábil inmediatamente posterior cada una, una Fecha de Amortización. Las Fechas de Amortización serán informadas en el Aviso Complementario. 10 Interés: En concepto de interés, las Obligaciones Negociables Clase I devengarán una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa de Interés Aplicable sobre el saldo de capital impago bajo las Obligaciones Negociables Clase I en cada Período de Devengamiento de Intereses. Tasa de Referencia:
La tasa de referencia para cada Período de Devengamiento de Intereses será el promedio aritmético simple de las Tasas BADLAR Privadas publicadas durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y finaliza el séptimo Día Hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses correspondiente.
Margen Aplicable: corresponde al Margen Diferencial de Corte. Tasa de Interés Aplicable:
es la tasa de interés que corresponde a la suma de i la Tasa de Referencia y ii el Margen Aplicable. Tasa BADLAR Privada: Es la tasa de interés publicada por el Banco Central de la República Argentina BCRA denominada BADLAR Privada en pesos, que surge del promedio aritmético simple de las tasas de interés pagadas por los bancos privados de la República con casas o filiales en la Ciudad de Buenos Aires o en el Gran Buenos Aires, para depósitos a plazo fijo en pesos de más de un millón de pesos $ 1.000.000 y por períodos de entre treinta 30 y treinta y cinco 35 días.
Los intereses serán pagados en pesos. Los pagos de intereses serán realizados en forma semestral desde la Fecha de Emisión, en las fechas que se informarán mediante el Aviso Complementario cada una, la Fecha de Pago de Intereses. Período de Devengamiento de Intereses: Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses inmediatamente posterior, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Emisión y el día anterior a la primera Fecha de Pago de Intereses. Base para el Cálculo de Intereses: Cantidad de días transcurridos, sobre la base de un año de 365 días.
11 El Monto de Emisión será pagado en pesos
BOLETIN OFICIAL Nº 32.844

en cada Fecha de Amortización. Si cualquier Fecha de Amortización o Fecha de Pago de Intereses bajo las Obligaciones Negociables Clase I no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables Clase I será efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo.
Los pagos de capital, intereses, montos adicionales y/u otros montos adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables Clase I serán efectuados por la Emisora poniendo los fondos a disposición de Caja de Valores S.A. Al vencimiento de cada período por el que corresponda abonar intereses o amortizaciones y con cinco 5 días de anticipación a la iniciación del pago, la Emisora publicará un aviso conforme lo requerido por el Reglamento de la BCBA y se informará a la CNV a través de la Autopista de la Información Financiera AIF.
ON Clase II: 1 Garantía: Las Obligaciones Negociables Clase II constituirán obligaciones directas, incondicionales, no garantizadas y no subordinadas de la Emisora y tendrán en todo momento el mismo rango de prelación en cuanto a derecho de pago que todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas, tanto actuales como futuras de la Emisora con excepción de las obligaciones que gozan de preferencia por imperio de la ley o de pleno derecho. Las Obligaciones Negociables Clase II tendrán como garantía común únicamente el patrimonio de la Emisora. 2 Las Obligaciones Negociables Clase II estarán denominadas en dólares estadounidenses. 3 Monto de Emisión: El monto total de la emisión de las Obligaciones Negociables Clase II será de hasta un V/N de dólares estadounidenses de US$9.000.000 el Monto Total de Emisión de las Obligaciones Negociables Clase II convertidos al Tipo de Cambio Inicial. La sumatoria del monto de emisión de las Obligaciones Negociables Clase II y de las Obligaciones Negociables Clase I, no puede superar el Monto Nominal Global Total de US$ S 9.000.000. 4
Tipo de Cambio Inicial: Es igual al Tipo de Cambio Aplicable tomando como Fecha de Cálculo la que se define más adelante, y será informado en el Aviso Complementario. 5 Precio de Emisión: 100% del Valor Nominal a la par. 6 Fecha de Emisión: Es aquella fecha en la que se emiten las Obligaciones Negociables Clase II, de acuerdo a lo decidido por los Agentes Colocadores en conjunto con la Emisora, lo cual tendrá lugar dentro de los 3 Días Hábiles siguientes al último día del Período de Licitación y la que será oportunamente informada mediante el Aviso Complementario. 7
Moneda de suscripción y pago: Las Obligaciones Negociables Clase II serán suscriptas y pagaderas en pesos al Tipo de Cambio Aplicable en cada Fecha de Amortización o Fecha de Pago de Intereses. 8 Fecha de Vencimiento:
Será a los 30 meses de la Fecha de Emisión y se informará mediante el Aviso Complementario. 9 Forma de Integración: La Obligaciones Negociables Clase II deberán ser integradas en pesos al Tipo de Cambio Inicial. Los suscriptores de las Ofertas de Suscripción que hubieran sido adjudicadas deberán pagar el precio de suscripción correspondiente a las Obligaciones Negociables Clase II efectivamente adjudicadas, en pesos, mediante i transferencia electrónica del correspondiente precio a la cuenta que se indique en el formulario de las Ofertas de Suscripción y/o ii débito del correspondiente precio de la cuenta del suscriptor que se indique en la correspondiente Orden de Compra. Efectuada la integración, las Obligaciones Negociables Clase II serán transferidas a favor de los inversores a sus cuentas en Caja de Valores S.A. que los suscriptores hayan previamente indicado a los Agentes Colocadores en la correspondiente Oferta de Suscripción. 10 Amortización: El capital de las Obligaciones Negociables Clase II
será amortizado mediante 3 pagos consecutivos, por un importe igual al 25% el primero, 25% el segundo y 50% el tercero, cada uno del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase II y en su conjunto iguales al 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase II. Los pagos de capital serán realizados en los meses 18, 24 y 50 contados desde la Fecha de Emisión, siempre y cuando ese día fuera un Día Hábil, si no lo fuera, el pago correspondiente será efectuado el Día Hábil inmediatamente posterior cada una, una Fecha de Amortización. Las Fechas de Amortización serán informadas en el Aviso Complementario. 11 Interés: a Tasa de Interés Fija:

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Las Obligaciones Negociables Clase II devengarán intereses sobre el saldo de capital impago bajo las Obligaciones Negociables Clase II
en cada Período de Devengamiento de Intereses, a una tasa nominal anual fija la Tasa de Interés de Corte que será determinada con anterioridad a la Fecha de Emisión e informada mediante el Aviso Complementario. b Fechas de Pago de Intereses: Los pagos de intereses serán realizados en forma semestral desde la Fecha de Emisión, en las fechas que se informarán mediante el Aviso Complementario cada una, la Fecha de Pago de Intereses. c Período de Devengamiento de Intereses: Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses inmediatamente posterior, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Emisión y el día anterior a la primera Fecha de Pago de Intereses. d Base para el Cálculo de Intereses: Cantidad de días transcurridos, sobre la base de un año de 365 días. e Pago de Intereses: Cada pago de interés será hecho en pesos. El Agente de Cálculo convertirá a pesos los montos en dólares estadounidenses pagaderos en relación con el interés, al Tipo de Cambio Aplicable correspondiente a la Fecha de Cálculo. 12 El Monto de Emisión será pagado en pesos en cada Fecha de Amortización. El Agente de Cálculo convertirá a pesos los montos en dólares estadounidenses pagaderos en relación con el capital al Tipo de Cambio Aplicable correspondiente a la Fecha de Cálculo. Si cualquier Fecha de Amortización o Fecha de Pago de Intereses bajo las Obligaciones Negociables Clase II no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables Clase II efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo. Los pagos de capital, intereses, montos adicionales y/u otros montos adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables Clase II serán efectuados por la Emisora poniendo los fondos a disposición de Caja de Valores S.A. Al vencimiento de cada período por el que corresponda abonar intereses o amortizaciones y con cinco 5 días de anticipación a la iniciación del pago, la Emisora publicará un aviso conforme lo requerido por el Reglamento de la BCBA y se informará a la CNV a través de la AIF. 13 Tipo de Cambio Aplicable El Tipo de Cambio Aplicable será: i el promedio aritmético simple de los últimos 3
tres Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo correspondiente de: el tipo de cambio determinado y publicado por el BCRA mediante la Comunicación A 3500 o la regulación o comunicación que la sucediere o modificare en el tiempo en base al procedimiento de encuesta de cambio establecido en la misma, siempre y cuando dicho tipo de cambio reflejare el tipo de cambio para la liquidación de divisas proveniente de la exportación de los Productos de Referencia. En el supuesto que i dicho tipo de cambio no reflejare el tipo de cambio para la liquidación de divisas provenientes de la exportación de los Productos de Referencia, circunstancia que deberá ser informada por la Emisora mediante publicación de una nota de hecho relevante a ser publicada en la AIF y en el Boletín Diario de la BCBA, o ii el BCRA dejare de efectuar dicha determinación y publicación, será x en primer lugar, el promedio aritmético simple de los últimos 3 tres Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo correspondiente del tipo de cambio comprador de los Pesos equivalentes a un Dólar divisa por la liquidación de divisas proveniente de la exportación de cada uno de los Productos de Referencia informado por el BCRA al cierre de operaciones; o y si este último no se encontrara disponible por cualquier causa, en segundo lugar, el promedio aritmético simple de los últimos 3 tres Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo correspondiente de la cotización del Dólar divisa comprador por la liquidación de divisas provenientes de la exportación de Productos de Referencia informada por los siguientes bancos: Banco HSBC Bank Argentina S.A., Banco Patagonia S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., al cierre de sus operaciones; en los supuestos x e y anteriores según sea calculado por el Agente de Cálculo. A estos efectos, Productos de Referencia son aquellos bienes que, a la fecha del presente, se encuentran descriptos en los capítulos Nº 10, 12 y 52 del Nomenclador Común del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/03/2014 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha12/03/2014

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9408

Primera edición02/01/1989

Ultima edición31/07/2024

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