Boletín Oficial de la República Argentina del 16/03/2012 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 16 de marzo de 2012
y multa de pesos trescientos, por encontrarla coautora del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, previsto y penado por el artículo 5 inciso C, de la ley 23.737. Con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12
del Código Penal, con costas.
Tercero: Computo de la pena: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, respecto de Juan Ramón Bautista, el día 10 de Julio de 2016 y respecto de Marcela Paola Bautista el día 10 de Junio de 2015 y diez días para ambos, para el pago de multa y costas del Juicio.
Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefacientes, con intervención de la autoridad sanitaria federal y el comiso del dinero secuestrado, como de las dos motos secuestradas en autos artículo 30 de la ley 23.737.
Quinto: Disponer que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 29 de Diciembre de 2011, a horas doce en la sede de este Tribunal artículo 400 del CPPN.
Sexto: Mandar que por Secretaria se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Jorge Luis Villada, Juez de Cámara Subrogante. Ante Mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 15/03/2012 N 23891/12 v. 28/03/2012

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TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -JUJUY

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Maturano Ortega, Yolanda s/Infracción Ley 23.737, resuelve:
Primero: Condenando a Yolanda Maturano Ortega, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos: doscientos veinticinco $ 225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el artículo 5 inciso c de la Ley 23.737, con costas.
Segundo: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 20 de enero del año dos mil quince, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: Remitir a Yolanda Maturano Ortega al Servico Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que la nombrada ha solicitado la permanencia en el Centro Federal Penitenciario NOA, actual lugar de detención.
Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Yolanda Maturano Ortega, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Yolanda Maturano Ortega dispuesta a fs.
86/87 de autos.
Séptimo: Mandando que por Secretaria se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. - René Vicente Casas, Juez de Cámara. Marta Liliana Snopek, Juez de Cámara. Jorge Luis Villada, Juez de Cámara Subrogante. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 15/03/2012 N 23892/12 v. 28/03/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO
PENAL ECONOMICO N 5
SECRETARIA N 10

Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº5, Secretaría 10, notifica por edictos a publicarse por cinco días a Eduardo Francisco Daball DNI Nro. 10.591.096; Adolfo Daniel Abadi DNI nro. 16.171.475; Fabián Alejandro Gentile DNI nro. 25.316.415; Daniel Genovese DNI
nro. 10.918.602; Valeria Luciana Scalisi DNI
nro. 30.073.707 y María Soledad De Pietro DNI
nro. 27.667.299 que, con fecha 30/12/11, este Tribunal Resolvió: I.- Sobreseer totalmente en la presente causa nro. 11.526, y respecto de Eduardo Francisco Daball DNI Nro. 10.591.096;
Adolfo Daniel Abadi DNI nro. 16.171.475; Fabián Alejandro Gentile DNI nro. 25.316.415;
Daniel Genovese DNI nro. 10.918.602; Valeria Luciana Scalisi DNI nro. 30.073.707 y María Soledad De Pietro DNI nro. 27.667.299 -cuyas demás condiciones personales obran en autos-, en relación al hecho que se les imputara en el presente sumario, dejándose expresa mención
que la formación del presente sumario no afecta el buen nombre y honor que hubieren gozado los nombrados art. 336, inc. 3º del CPPN. Sin Costas art. 530 del C.P.P.N y ccdtes Fdo. Jorge Brugo, Juez Nacional. Ante Mí: Aida Maria Ahumada, Secretaria.
Buenos Aires 15 de febrero de 2012.
Ana María Ahumada, secretaria.
e. 12/03/2012 Nº21851/12 v. 16/03/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
FEDERAL N 10
SECRETARIA N 20

BOLETIN OFICIAL Nº 32.359

digo Penal, 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 15, ap. 1, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, con expresa mención de que la sustanciación de este proceso en nada ha afectado el buen nombre y honor de que hubieran gozado art. 336, in fine, del Código Procesal Penal de la Nación
Fdo.: Javier López Biscayart. Juez. Ante mí: Enrique Decarli. Secretario.
Secretaría, 5 de marzo de 2012.
Enrique Decarli, secretario.
e. 12/03/2012 Nº22095/12 v. 16/03/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 1

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 10 a cargo del Dr. Julián D.
Ercolini, Secretaría nro. 20 del Dr. Gustavo E.
Cristofani, en la causa nro. 15270/08, cita y emplaza a Leandro Ariel Miño, titular del D.N.I. nro.
24.448.633, último domicilio conocido en Diomedi 2570, Almirante Brown, pcia. de Buenos Aires, quien en el término de cinco días a partir de la última publicación deberá comparecer ante este Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 10, Secretaría nro. 20, a fin de recibirle declaración indagatoria art. 294 del C.P.P.N.- bajo apercibimiento de ley.
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011.
Gustavo Cristofani, secretario.
e. 13/03/2012 Nº22446/12 v. 19/03/2012

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JUZGADOS NACIONALES EN LO
PENAL TRIBUTARIO
N 1
El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario nro. 1 de Capital Federal, a cargo del Dr. Javier López Biscayart, Secretaría única, sito en la calle Sarmiento 1118, 3er. piso de esta ciudad, teléfono: 4124-7070 notifica a Romina Reyes Etchart DNI nro. 29.865.452, en la causa nro.
1393/10 int. 1497, caratulada: Bricardo S.A.
sobre Infracción ley 24769 que en el marco de la causa de referencia se dictó la siguiente resolución: Buenos Aires, 2 de febrero de 2012
Resuelvo: I. Sobreseer a Romina Reyes Etchart DNI. 29.865.452 y a Lucía Mariela Britos DNI.
30.968.364; ambas, de las demás condiciones personales obrantes en autos, por cuanto los hechos investigados no constituyen delito arts.
334, 335, 336, inciso 3 y ss. del Código Procesal Penal de la Nación; artículo 2 del Código Penal, 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 15, ap. 1, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, con expresa mención de que la sustanciación de este proceso en nada ha afectado el buen nombre y honor de que hubiera gozado art. 336, in fine, del Código Procesal Penal de la Nación. II. Disponer las costas en el orden causado art. 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación, eximiendo a las sobreseídas de las comunes Fdo: Javier López Biscayart. Juez. Ante mí: Enrique Decarli.
Secretario.
Secretaría, 7 de marzo de 2012.
e. 14/03/2012 Nº23460/12 v. 20/03/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 1

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario nro. 1 de Capital Federal, a cargo del Dr. Javier López Biscayart, Secretaría única, sito en la calle Sarmiento 1118, 3er. piso de esta ciudad, teléfono: 4124-7070 notifica a Carlos Horacio Giraldes DNI nro. 4.805.415, Bernardo Martín Giraldes DNI nro. 20.008.724, Leandro Horacio Giraldes DNI nro. 21.072.308, Ana María Wittmann DNI nro. 15.220.161 y Gabriel Efreide Hess DNI nro. 93.649.096, en la causa nro.
630/2008 int. 1092, caratulada: N.N.- Contribuyente: Metalúrgica Giraldes S.A.I.C. y F.- sobre evasión tributaría simple que en el marco de la causa de referencia se dictó la siguiente resolución: Buenos Aires, 6 de febrero de 2012 Resuelvo: I. Sobreseer a Carlos Horacio Giraldes DNI 4.805.415, Bernardo Martín Giraldes DNI 20.008.724, Leandro Horacio Giraldes DNI 21.072.308, Ana María Wittmann DNI 15.220.161 y Gabriel Efreide Hess DNI
93.649.096; todos, de las demás condiciones personales obrantes en autos, por cuanto los hechos investigados incluidos los oportunamente suspendidos no constituyen delito arts. 334, 335, 336, inciso 3 y ss. del Código Procesal Penal de la Nación; artículo 2 del Có-

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario nro. 1 de Capital Federal a cargo del Dr. Javier López Biscayart, Secretaría única, sito en la calle Sarmiento 1118, 3er. piso de esta ciudad, teléfono: 4124-7070 notifica a Patricia Alejandra Siniscalchi D.N.I. nro. 12.644.386; Humberto Antonio Digiovanni D.N.I. nro. 14.886.515;
Héctor Enrique Márquez D.N.I. nro. 5.407.669;
Honorato Lorenzo Caamaño Vázquez D.N.I.
nro. 93.596.761; José Luis Parodi D.N.I. nro.
5.087.998; Albino Sforza Tucci D.N.I. nro.
15.098.050; Elio Bergemann Cherubini Cédula de Identidad de la República Federativa del Brasil nro. 9.210.289-X y Ricardo Alberto Molina D.N.I. nro. 11.653.578, en la causa nro.
1322/08, int. 1181, caratulada: Transportes 9 de Julio S.A. sobre infracción ley 24769 que en el marco de la causa de referencia se dictó la siguiente resolución: Buenos Aires, 28
de febrero de 2012 Resuelvo: I. Sobreseer a José Luis Parodi, Héctor Enrique Márquez, Albino Sforza Tucci, Patricia Alejandra Siniscalchi, Elio Bergemann Cherubini, Humberto Antonio Digiovanni, Ricardo Alberto Molina y Honorato Lorenzo Caamaño Vázquez; todos, de las demás condiciones personales obrantes en autos, por cuanto los hechos investigados no constituyen delito artículo 336, inciso 3 del Código Procesal Penal de la Nación; artículo 2 del Código Penal, 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 15, ap. 1, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, con expresa mención de que la sustanciación de este proceso en nada ha afectado el buen nombre y honor de que hubieran gozado. II. Disponer las costas en el orden causado art. 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación, eximiendo a los sobreseídos de las comunes. Fdo: Javier López Biscayart. Juez. Ante mí: Enrique Decarli. Secretario.
Secretario, 1 de marzo de 2012.
Enrique Decarli, secretario.
e. 12/03/2012 Nº22075/12 v. 16/03/2012

% 48 %
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO

N 2

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Martín José Scalise D.N.I. Nº 22.170.036
y Fabián Emilio Bernetche García D.N.I.
Nº 18.762.196, lo resuelto con fecha 28 de febrero de 2012 en los autos Nº 1.130/2009
1132, caratulados: DBC S.A. sobre infracción ley 24.769 lo que a continuación se transcribirá, en sus pertinentes: Buenos Aires, 28 de febrero de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve: I. Sobreseer totalmente en la presente causa Nro. 1.130/2009 1132 con relación a Martín José Scalise y Fabián Emilio Bernetche García, cuyas demás condiciones personales obran en autos, con respecto a la supuesta falta de depósito, dentro de los diez días hábiles administrativos de vencido el plazo de ingreso, de la suma de $13.783,35 en concepto de aportes previsionales que los responsables de la contribuyente D.B.C. S.A. habrían retenido a los empleados en relación de dependencia durante el período fiscal 11/2007. -arts.
334, 335 y 336 inc. 3º, del C.P.P.N.-. II. Declarar que la formación de este proceso no afectó el buen nombre y honor de que hubieren gozado los nombrados en el punto anterior art. 336 último párrafo, del C.P.P.N.. III. Sin costas arts.
530, 531 y 532 del C.P.P.N Fdo: Diego García Berro. Juez. Ante Mí: Fernanda Alejandra Arancibia. Secretaria.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
Buenos Aires, 28 de febrero de 2012.
e. 12/03/2012 Nº22021/12 v. 16/03/2012

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El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Mario Adolfo Dillon D.N.I. Nº11.442.787, lo JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 2

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resuelto con fecha 13 de febrero de 2012 en los autos Nº 1.215/2010 1236, caratulados:
Maderas Exóticas S.A. sobre infracción ley 24.769 lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 13 de febrero de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve: I. Sobreseer totalmente en la presente causa Nro. 1215/2010 1236 con relación a Mario Adolfo Dillon cuyas demás condiciones personales obran en autos, con respecto a la supuesta evasión de pago de la suma de $188.127,7 en concepto de Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio anual 2006 al que se encontraría obligada la empresa Maderas Exóticas S.A. -arts. 334, 335
y 336 inc. 3º, del C.P.P.N.-. II. Declarar que la formación de este proceso no afectó el buen nombre y honor de que hubieren gozado los nombrados en el punto anterior art. 336 último párrafo, del C.P.N.. III. Sin costas arts. 530, 531 y 532 del C.P.P.N Fdo: Diego García Berro. Juez. Ante Mí: Patricia Roxana Mieres.
Secretaria.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 14/03/2012 Nº23386/12 v. 20/03/2012

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El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº 2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Marcela Alejandra Cabrera D.N.I.
Nº20.404.468, lo resuelto con fecha 28 de febrero de 2012 en los autos Nº367/2008 871, caratulados: Spezia S.R.L. sobre infracción ley 24.769 lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 28 de febrero de 2012. Autos y Vistos Y
Considerando Se Resuelve I. Sobreseer totalmente en la presente causa Nº 367/2008
871 con relación a Marcela Alejandra Cabrera, de las demás condiciones personales obrantes en autos, con respecto a las supuestas evasiones de pago de las sumas de $196.964,87, en concepto de Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2003, y de $ 187.636,63 en concepto de Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2003 períodos fiscales mensuales 8/2002 a 5/2003, a los que se habría encontrado obligada la mencionada empresa -con los alcances del art. 336 inc. 3º, del C.P.P.N.-. II. Declarar que la formación de este proceso no afectó el buen nombre y honor de que hubieren gozado los nombrados en el punto anterior art. 336 último párrafo, del C.P.P.N.. III. Sin costas arts. 530, 531 y 532
del C.P.P.N.. IV. Dejar sin efecto la orden de paradero y comparendo dispuesta por la resolución de fs.1562/1564 vta. Líbrense oficios
notifíquese a quien corresponda, debiendo destacarse que en el caso de Marcela Alejandra Cabrera la notificación se deberá realizar mediante edictos, que deberán publicarse durante cinco días en el Boletín Oficial art. 150
del C.P.P.N.. A tal fin, líbrese oficio. Fdo: Diego García Berro. Juez. Ante Mí: Nancy Beatriz Garon. Secretaria.
Buenos Aires, 1 de marzo de 2012.
e. 12/03/2012 Nº22023/12 v. 16/03/2012

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 2

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El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Nicolás Ojeda Lescano D.N.I. Nº93.770.322, lo resuelto con fecha 17 de febrero de 2012 en los autos Nº 492/2009 1067, caratulados: Transportes e Inversiones S.A. sobre infracción ley 24.769 lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 17 de febrero de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve: I. Sobreseer totalmente en la presente causa Nro. 492/2009 1067 con relación a Nicolás Ojeda Lescano, cuyas demás condiciones personales obran en autos, con respecto a las supuestas evasiones del pago de las sumas de $ 163.734,54, $ 272.468,32, $301.519,37, $157.122 y $174.132 en concepto de Impuesto a las Ganancias correspondiente a los ejercicios fiscales 2003, 2004 y 2005; y de Impuesto al Valor Agregado correspondiente a los ejercicios anuales 2004 períodos fiscales mensuales 7/2003 a 6/2004 y 2005 períodos fiscales mensuales 7/2004 a 6/2005, respectivamente; a las que se encontraría obligada la contribuyente Transportes e Inversiones S.A.
-arts. 334, 335 y 336 inc. 3º, del C.P.P.N.-. II.
Declarar que la formación de este proceso no afectó el buen nombre y honor de que hubiere gozado el nombrado en el punto anterior art.
336 último párrafo, del C.P.P.N.. III. Sin costas arts. 530, 531 y 532 del C.P.P.N Fdo: Diego JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/03/2012 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha16/03/2012

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones9389

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/07/2024

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