Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2012 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 13 de enero de 2012
Vendedores se comprometieron a transferir al Comprador el fondo de comercio correspondiente al negocio ramo bar, confitería; restaurante y/u otro fin dentro del ramo gastronómico, sito en la calle Ramón L. Falcón 2396/2400 esquina Rivera Indarte 104 de la C.A.B.A., sin pasivos ni personal, lo cual ocurrirá el primer día hábil siguiente al vencimiento de los plazos legales de oposición contemplados en la ley 11.687. Las oposiciones se recibirán de lunes a viernes, de 10 a 18 hs, en 25 de mayo 577, piso 7, C.A.B.A.
e. 11/01/2012 N 1838/12 v. 17/01/2012

% 33 %
Alvarez, Quesada y Cía SRL, representada Mart. Púb. José María Quesada oficina Salta 330 CABA avisa María Begoña Laso De La Vega domicilio San José 1390 CABA vende a Johanna Leticia López domicilio Valparaíso 487 Lanus.
Pcia de Bs. As. el fondo de comercio de Hotel SSC Exp: 717875/2011 sito San José N 1390
P.B. C.A.B.A. Libre de toda deuda y gravamen.
Reclamos de Ley en nuestras oficinas.
e. 10/01/2012 N 1407/12 v. 16/01/2012

% 33 %
Delma G. Pissoni, abogada To 45 Fo 109, con domicilio en Montevideo 451 Piso 9 Oficina 94
de Cap. Fed informa que: la Sra Adriana Edith Narvaez, con domicilio en la calle Colombres N
821, PB B Cap. Fed., procede a la venta, cede y transfiere el fondo de comercio del ramo de Residencia Geriátrica sito en la calle San Pedrito 558 Cap. Fed., a la sociedad Residencia Guillermina SRL en formación, con domicilio en la Av.
Belgrano 2814 Cap. Fed., libre de todas deudas, gravamenes inhibiciones, embargo, impuestos, tasas y contribuciones y con el personal. Reclamos de ley y domicilio de las partes en Montevideo 451 Piso 9 Oficina 94 Cap. Fed.
e. 12/01/2012 N 2195/12 v. 18/01/2012

% 33 %
Bari Negocios Inmobiliarios Representada en este acto Por el Martillero Publico Mario Suárez con oficinas en Maipú n 859 5 B de C.A.B.A
avisa: Wide Open srl representada por su socio gerente Sr. Gabriel Urango domiciliado en Av Santa Maria 4100 Tigre Buenos Aires transfiere fondo de comercio a Jourdan d. Eduardo domicilio Soldado de la independencia 864 caba Rubro Bar Pancheria Despacho de Bebidas sito en Cerrito 506 P.B caba reclamos de ley Nuestras Oficinas.
e. 12/01/2012 N 2286/12 v. 18/01/2012

2.3. AVISOS COMERCIALES
ANTERIORES

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D

DUCATI ENERGIA SUD AMERICA S.A.
Inscripción: 26/3/08 I.G.J. Nº 6248, Libro 39
de Soc. por acciones. Domicilio Social: Paraguay 866 piso 3º CABA. Por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria Nº12 del 5/10/11 se reduce el capital social en la suma de $. 439.040.- Capital anterior a la reducción $. 1.832.201. Capital posterior a la reducción $. 1.393.161.- Anterior a la reducción: Activo $. 5.477.401,04; Pasivo $.
3.811.562,76; Posterior a la reducción: Activo $.
5.477.401,04; Pasivo $. 2.875.361,76.- Oposiciones en domicilio social de 13 a 17hs. Autorizada María José Renauld por Escritura 366 del 4/11/11, Fº 911 del Registro 26 CABA.
Certificación emitida por: Marcos A. España Solá. NºRegistro: 26. NºMatrícula: 4566. Fecha:
3/1/2012. NºActa: 123. Libro Nº: 23.
e. 11/01/2012 Nº1896/12 v. 13/01/2012

% 33 %

K

KAFER AUTOMOTORES S.A.
Complementa avisos publicados del 14/9
al 16/6/2011, por reducción de Capital según Asamblea Extraordinaria 20/07/2010, aclarándose: Patrimonio Neto antes de la reducción $4.818.564,33, después $1.718.564,33.- Auto-

rizada por Asamblea del 20/07/2010 Marianne Kopatschek. C.P.A.C.F. Tº 35 - Fº 660.
e. 12/01/2012 Nº2376/12 v. 16/01/2012

% 33 %
KLA-CO ALVEAR S.A. AGROPECUARIA
COMERCIAL E INDUSTRIAL
KLA-CO Alvear Sociedad Anonima Agropecuaria Comercial e Industrial con domicilio legal en Esmeralda 561 piso 15º Oficina 173 CABA
inscripta el 5/12/69 Nº5792, folio 236, libro 70
Tomo A de Estatutos Nacionales. Hace saber por 3 días que por Asamblea Extraordinaria unánime del 17/10/11 resolvió la escisión parcial de su patrimonio para destinarlo a la constitución de Siner Agro S.A. con domicilio en calle Arenales 981 5º piso CABA. Valuación del activo y del Pasivo al 30/9/11: Activo: antes de la escisión $ 1.145.575, después $ 582.575. Pasivo:
Antes y después de la escisión $19.575. Valuación del activo y del pasivo destinado a la nueva Sociedad al 30/9/11: Activo: $563.000. Pasivo:
$0,00. Oposiciones de ley en Arenales 981 piso 5º CABA. Mario Gentile. Presidente designado por acta de Asamblea del 30/4/10.
Certificación emitida por: Laura Graciela Medina. NºRegistro: 1929. NºMatrícula: 3296. Fecha: 28/12/2011. NºActa: 175. Libro Nº: 63.
e. 11/01/2012 Nº1954/12 v. 13/01/2012

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L

LOG CABIN S.A.
De acuerdo al art. 88 de la ley 19.550, por Acta de Asamblea General Extraordinaria del 22-12-2011, los accionistas de Log Cabin S.A., con sede legal: Honduras 5663, CABA, inscripta, en I.G.J. el 16/7/2007 bajo el N 11306 L
36 de Soc. por Ac., resolvieron por unanimidad la escisión parcial de la sociedad, para la formación de Rock Pile S.A. con un capital social $ 18.000.000. Activo destinado a Rock Pile S.A.
$ 16.764.032,97. Pasivo destinado a Rock Pile S.A. $ 317.190,94. Domicilio social escisionaria:
Honduras 5673, CABA. Log Cabin S.A., reduce su capital social por la escisión de $ 24.894.800
a $ 8.300.350 y aprueba el Balance Especial de Escisión al 30/09/2011: Valuación Antes de Escisión: Activo: $ 25.107.163,22, Pasivo:
$ 434.083,26 y Patrimonio Neto $ 24.673.079, 96. Después: Activo: $ 8.343.130,25 y Pasivo:
$ 116.892,32; Se reforma el artículo 4 del Estatuto Social: Capital: Artículo Cuarto: El capital social es de ocho millones trescientos mil trescientos cincuenta pesos representado por ocho millones trescientas mil trescientas cincuenta 8.300.350 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal de $ 1,00 un peso cada una, con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme lo establecido en el artículo 188 de la Ley 19.550 y sus modificatorias. Todo aumento de capital se inscribirá en la I.G.J. y se publicarán los avisos correspondientes. Oposiciones de ley: Escribano Horacio P. Chiesa, domicilio San Martín 50, piso 6, CABA. Suscribe el autorizado por instrumento privado de fecha 3/01/2012.
Abogada Verónica Patricia Rodríguez e. 12/01/2012 N 2244/12 v. 16/01/2012

% 33 %

BOLETIN OFICIAL Nº 32.317

y Cia para fusionarse con La Susana Sociedad en Comandita por Acciones de Carlos Duhau y Compañía, que aumentará capital en $ 5933 y con Atu Sociedad en Comandita por Acciones que aumentará capital en $ 11018. Valuación del activo y del Pasivo al 30/6/11: San Carlos Sociedad en Comandita por Acciones de Duhau y Helguera y Cia: Activo antes de la escisión $4.666.727,30, después $4.499.780,83. Pasivo antes de la escisión $ 4.348.020,72, después $4.198.025,72. La Susana Sociedad en Comandita por Acciones de Carlos Duhau y Compañía:
Activo: antes de la fusión $11.921,62, después $70.352,88, Pasivo: antes $6.623,22, después $ 59.121,47. Atu Sociedad en Comandita por Acciones Activo: antes de fusión $ 7.593.89, después 116.109,10. Pasivo: antes $ 6.745.15, después $ 104.241,90. Oposiciones de ley en Carlos Pellegrini 1327 piso 6º departamento A. Evaristo Jaime Helguera administrador según Asambleas del 30/6/08 y 25/9/08 y Urbano Helguera. Administrador según Asamblea del 29/9/08.

San Carlos Sociedad en Comandita por Acciones de Duhau y Helguera y Cia, con domicilio en Avenida Leandro N. Alem 651 2º piso Contrafrente CABA, originariamente inscripta el 31/3/55, número 162, folio 75, libro 234 de Contratos Públicos. La Susana Sociedad en Comandita por Acciones de Carlos Duhau y Compañía, con domicilio en Avenida Corrientes 222 piso 15º CABA, originariamente inscripta el 30/3/55, número 165, folio 75, libro 234 de contratos públicos y Atu Sociedad en Comandita por Acciones, con domicilio en Tucuman 141 piso 6º departamento B CABA, originariamente inscripta el 2/12/58, número 746, folio 55 libro 235 de Contratos Públicos. Hacen saber por 3 días que por Asambleas Extraordinarias unánimes del 22/9/11 se aprobó el Compromiso previo del 22/8/11 por el cual se resolvió la escisión parcial del patrimonio de San Carlos Sociedad en Comandita por Acciones de Duhau y Helguera
Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Quinto: Remitir a Esteban Gabriel Areco, al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la pena privativa de la libertad en unidad carcelaria a cargo.
Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Esteban Gabriel Areco, dispuesta a fojas 70/74 de autos.
Septimo: Remitir, copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Esteban Gabriel Areco, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Octavo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas.Marta Liliana Snopek, Juez de Cámara. Jorge Luis Villada, Juez de Cámara Subrogante. Ante Mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 02/01/2012 Nº173128/11 v. 13/01/2012


El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy en los autos Grageda Honor, Nicomedes s/infr.
Ley 23.737 resuelve:
Primero: Condenar a Nicomedes Grágeda Honor de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de Cuatro Años de Prisión, multa de Pesos Doscientos Veinticinco $ 225, con más la pena de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes y de semillas para su producción, previsto y sancionado por el artículo 5º incisos c y d de la Ley 23.737, con costas.
Segundo: Remitir a Nicomedes Grágeda Honor al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.
Tercero: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 02 de febrero del año dos mil quince, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Nicomedes Grágeda Honor, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Nicomedes Grágeda Honor dispuesta a fs.70/72 de autos.
Séptimo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.- Marta Liliana Snopek, Juez de Cámara.- René Vicente Casas, Juez de Cámara.- Jorge Luis Villada, Juez de Cámara Subrogante. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 10/01/2012 Nº516/12 v. 23/01/2012


TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -JUJUY

Certificación emitida por: Laura Graciela Medina. NºRegistro: 1929. NºMatrícula: 3296. Fecha: 26/12/2011. NºActa: 168. Libro Nº: 63.
e. 11/01/2012 Nº1949/12 v. 13/01/2012

% 33 %

V

VALLE DE LAS LEÑAS S.A.
IGJ N 260979 inscripta bajo el N 1383, Libro 97 tomo A de Sociedad Anónima, con sede social en Bartolomé Mitre 401 piso 4to., CABA, comunica por tres días, que por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 04/01/2012 se resolvió aumentar el capital social por la suma de $ 19.200.000, elevándose de $
103.689.747 a $ 122.889.747. Por este aumento de capital se emitirán la cantidad de 19.200.000
de acciones de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a 5 votos por acción. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 194, Ley 19.550, párrafo tercero, se comunica a los señores accionistas de Valle de las Leñas S.A. que podrán ejercer el derecho de suscripción preferente por el plazo de ley con relación a las 19.200.000
acciones a emitirse como consecuencia del aumento de capital de $ 19.200.000 resuelto. Carlos A. Nogueira Martearena, autorizado por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 04/01/2012.
Abogado Carlos A. Nogueira e. 12/01/2012 N 3559/12 v. 16/01/2012

3. Edictos Judiciales
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -JUJUY

3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

ANTERIORES

S

SAN CARLOS S.C.A. DE DUHAU Y
HELGUERA Y CIA. LA SUSANA S.C.A. DE
CARLOS DUHAU Y COMPAÑIA Y ATU S.C.A.

33

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL
FEDERAL - JUJUY
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Areco, Esteban Gabriel s/Inf. Ley 23.737, resuelve:
Primero: Condenar a Esteban Gabriel Areco, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de un año y diez meses de prisión y multa de pesos ciento cincuenta $150,00, por encontrarlo autor responsable del delito de Tenencia de Estupefacientes, revisto y sancionado por el artículo 14, primer párrafo de la ley 23.737, con costas del juicio.
Segundo: No hacer lugar al planteo de inconstitucionalidad del artículo 50 del Código Penal, articulado por la defensa y declarar reincidente a Esteban Gabriel Areco.
Tercero: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 13 de Noviembre del año dos mil once, y días para el pago de las costas del Juicio.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy en los autos Isla Condori, Gregorio, Villca Cruz Leandro, Vilca Catari, Luis Mamani, Luis Armando e Hilario, Abel Jonatan s/infr. Ley 23.737 resuelve:
Primero: Rechazar las nulidades articuladas por las defensas técnicas de todos los procesados artículo 166 y concordantes del C.P.P.N..
Segundo: Condenar a Gregorio Isla Condorí, Leandro Villca Cruz y Luis Vilca Catari, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena de cinco años de prisión y multa de pesos un mil $1.000, respecto del primero y segundo de los nombrados, y a la pena de cuatro años de prisión y multa de pesos un mil $
1.000, respecto del tercero de los nombrados, por encontrarlos coautores responsables del cielito de transporte de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo, previsto y penado por los artículos 5 inciso C y 11 inciso C y 29 ter, de la Ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el art. 12 del Código Penal. Con costas. Remitiéndolos al Servicio Penitenciario Federal, para que cumplan la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.
Tercero: Condenar a Luis Armando Mamaní, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de siete años de prisión y multa de pesos dos mil $ 2.000, por encontrarlo coautor responsable del delito de transporte de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo, previsto y penado por el artículo 5 inciso C y 11 inciso C de la Ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2012 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha13/01/2012

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9411

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/08/2024

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