Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2010 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Lunes 13 de diciembre de 2010
Clase Grumete Gaviotin s/Prescripción adquisitiva expte Nro 62072/2010 emplaza por el presente al titular del yate a vela clase Grumete Gaviotin, para que en el plazo de 10 días comparezca a tomar intervención en autos, bajo apercibimiento de designarse al Defensor Oficial para que lo represente en juicio. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 3 de diciembre de 2010.
Silvia R. Rey Daray, secretaria.
e. 13/12/2010 Nº153000/10 v. 14/12/2010

Nº 68

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº68 interinamente a cargo de la Dra. Silvia Y. Tanzi, Secretaría Unica de la Dra. Graciela Elena Canda sito en calle Uruguay 714 piso 4º de Capital Federal, en los autos Lalor de Paz Maria Teresa c/
Rivarola Paula Irene s/Incidente Civil, expediente nº 74.703/2010, emplaza a la demandada Paula Irene Rivarola para que dentro del plazo de cinco días comparezca a tomar la intervención que le corresponda en autos, bajo apercibimiento de designarse al Defensor Oficial para que la represente en juicio.- Publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial y en el diario Diario Popular.
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2010.
Graciela Elena Canda, secretaria.
e. 13/12/2010 Nº152858/10 v. 14/12/2010

Nº 96

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº96, Secretaría única, con asiento en Av. De Los Inmigrantes 1950, 6º piso, de Capital Federal, cita y emplaza por diez días a herederos de Catalina Beker, L.C. 4.632.170, a estar a derecho bajo apercibimiento de designar defensor oficial. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 13 de octubre de 2010.
Gonzalo Martín Bellene, secretario interino.
e. 13/12/2010 Nº153059/10 v. 14/12/2010

JUZGADO FEDERAL EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1
SECRETARIA NRO. 3
AZUL

Por disposición de S.S., el Sr. Juez Federal Nº1
en lo Criminal y Correccional de Azul, Pcia. de Bs.
As., se cita y emplaza por el término de cinco días, contados desde la última publicación del presente, a Oscar Roque Medina, D.N.I. Nº 10.909.287, a fin de que se presente en este Juzgado Federal, sito en calle Int. Prof. Rubén C. De Paula 468
de la ciudad de Azul, por ser requerido en causa Nº 29.898, caratulada Averiguación Inf. Art. 292
C.P. Certificación Notarial CAA01224251 - Tandil, de trámite por ante la Secretaría Nº 3 en lo Criminal a cargo del suscripto, a efectos de que preste declaración indagatoria en virtud de existir motivos bastantes para sospechar que habría entregado a Francisco José Valente, el formulario 08 Nº 11971807, junto con la actuación notarial CAA01224251 certificando la firma de los titulares del vehículo dominio B-224.789, la cual es apócrifa según las constancias de autos, con el objeto de que aquél efectúe la transferencia del mencionado automotor; haciéndosele saber que si al vencimiento del plazo acordado no se presenta se lo declarará rebelde. La parte pertinente del auto que así lo ordena dice: zul, 30 de noviembre de 2010 cíteselo por edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, para que en el término de cinco días a contar desde la última publicación, comparezca a prestar declaración indagatoria en la presente causa, conforme lo ordenado a fs. 318, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia será declarado rebelde art. 150 del C.P.P.N.. Fdo. Dr. Ricardo Francisco Somoza, Juez Federal Subrogante.
Secretaría Nº3, 30 de noviembre de 2010.
Daniel O. Costanza, secretario.
e. 13/12/2010 Nº152373/10 v. 17/12/2010

Por disposición de S.S., el Sr. Juez Federal Nº1
en lo Criminal y Correccional de Azul, Pcia. de Bs.
As., se cita y emplaza por el término de cinco días, contados desde la última publicación del presente, a Alberto José Iturralde, D.N.I. Nº14.832.418, a fin de que se presente en este Juzgado Federal, sito en calle lnt. Prof. Rubén C. De Paula 468
de la ciudad de Azul, por ser requerido en causa Nº30.246, caratulada Banco de la Edificadora de Olavarría s/Defraudación por Administración Fraudulenta c/la Administración Pública, de trámite por ante la Secretaría Nº3 en lo Criminal a cargo del suscripto, a efectos de que preste declaración
indagatoria en virtud de existir motivos bastantes para sospechar que, en su carácter de Director Titular del Banco de la Edificadora de Olavarría, no habría depositado en tiempo y forma el monto de los Impuestos Nacionales y del Régimen de la Seguridad Social que había recibido de los contribuyentes a partir del mes de abril de 2002, de conformidad con los términos establecidos por el contrato celebrado con la Administración Federal de Ingresos Públicos; haciéndosele saber que si al vencimiento del plazo acordado no se presenta se lo declarara rebelde. La parte pertinente del auto que así lo ordena dice: zul, 2 de diciembre de 2010 cíteselo por edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, para que en el término de cinco días a contar desde la última publicación, comparezca a prestar declaración indagatoria en la presente causa, conforme lo ordenado a fs. 350, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia será declarado rebelde art.
150 del C.P.P.N.. Fdo. Dr. Juan José Comparato, Juez Federal.
Secretaría Nº3, 2 de diciembre de 2010.
Daniel O. Constanza, secretario.
e. 13/12/2010 Nº152309/10 v. 17/12/2010

JUZGADO FEDERAL
SECRETARIA ELECTORAL
CAPITAL FEDERAL

El Juzgado Federal con competencia electoral en el distrito Capital Federal, a cargo de la señora Juez Federal Dra. María Servini de Cubría, hace saber, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 del decreto Nº3213/84 que en los autos caratulados Lucas, Verónica S/Infracción art. 8º de ley 346, Expte. Nº29.393/09, se ha dictado la siguiente resolución: //nos Aires, 04 de marzo de 2010 córrase traslado del dictamen fiscal a la ciudadana Verónica Lucas, M.I. 14.802.116, para que en el término de quince días hábiles a partir de la notificación de la presente, conteste y ofrezca prueba de descargo, en los términos del artículo 15 del Decreto Nº3213/84, reglamentario de la ley 23.059.- Fdo. María R. Servini de Cubría - Juez Federal. Ante mí: Alina Daniela Sayal - Secretaria Electoral.
Buenos Aires, 04 de noviembre de 2010.
María Verónica Patiño, Prosecretaria Electoral.
e. 13/12/2010 Nº148756/10 v. 13/12/2010

JUZGADO FEDERAL NRO. 4
SECRETARIA NRO. 1
ROSARIO-SANTA FE

El señor Juez Federal a cargo del Juzgado Federal Nº4 de la ciudad de Rosario Bv. Oroño 940, Dr. Marcelo Martín Bailaque, en autos Bressan Cereales S.A. y otros s/Ley 24.769, expte. nº 32/07 y acum. 817/07 y 15/08, de entrada ante la Secretaría Nº1, cita a Carlos Roberto Albano, D.N.I. nº 13.392.169 para que dentro de los cinco 5 días posteriores al de la última publicación del presente comparezca ante el mencionado Tribunal a prestar declaración indagatoria por la presunta comisión del delito previsto por el art. 2º de la ley 24.769, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su captura en caso de incomparecencia.
Rosario, 3 de diciembre de 2010.
Mauricio José Donato, secretario federal.
e. 13/12/2010 Nº152243/10 v. 17/12/2010

JUZGADO FEDERAL EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
POSADAS-MISIONES

Por disposición del Sr. Juez Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional de Posadas, Misiones, Dr. Ramón Claudio Chavez cita y emplaza durante 3 días a contar desde la primera publicación del presente a José Raúl Pintos, D.N.I
Nºdesconocido, argentino, para que comparezca a estar a derecho en la causa que se le sigue por el delito de Atentado y Resistencia a la Autoridad y Daños en Expte. 4-411/06, que transcripto dice: //sadas, 1 de Diciembre de 2.010.- Autos y Vistos Y Considerando: Resuelvo: 1 Declarar extinguida la acción penal por prescripción en la presente causa Nº4-411/06: Pintos José Raúl s/
Atentado y Resistencia a la Autoridad y Daños.2 Sobreseer total y definitivamente a José Raúl Pintos, D.N.I Nºdesconocido, nacido el 7 de Marzo de 1.982 en Salta Capital, hijo de Manuel Enrique y de María Cristiana Pinsún, y demás datos personales que son de figuración en autos; por el delito de Atentado y Resistencia a la Autoridad y Daños arts. 237, 239 y 184 del Código Penal, que se le
BOLETIN OFICIAL Nº 32.046

imputara en la presente causa y de conformidad al art. 336 inc. 1 del C.P.P.N.- 3 Ordénese la notificación al imputado por edictos de la resolución recaída, que se publicarán durante cinco días art.
150 del C.P.P.N en el Boletín Oficial de la Nación.Regístrese. Notifíquese, firme que sea, Comuníquese al Registro Nacional de Reincidencias y oportunamente, Archívese.- Firmado: Dr. Ramón Claudio Chavez. Juez Federal Penal. Dr. Roberto Agustín Vera, Secretario; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Publíquese durante 5 días.
Posadas, 01 diciembre de 2010.
Roberto Agustín Vera, secretario.
e. 13/12/2010 Nº152220/10 v. 17/12/2010

Por disposición del Sr. Juez Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional de Posadas, Misiones, Dr. Ramón Claudio Chávez cita y emplaza durante 3 días a contar desde la primera publicación del presente a Héctor Armando Machado, D.N.I Nº 28.237.581, argentino, para que comparezca a estar a derecho en la causa que se le sigue por el delito de Infracción Ley 23737 en Expte. 4-1791/07, que transcripto dice: //sadas, 17 de Noviembre de 2.010.- Autos y Vistos: Y
considerando: Resuelvo: 1 Declarar la inconstitucionalidad del Art. 14 segundo párrafo de la Ley 23.737 en cuanto incrimina la tenencia de estupefacientes para uso personal que se realice en condiciones tales que no traigan aparejado un peligro concreto o un daño a derechos o bienes de terceros; en razón de que conculca el artículo 19
de la Constitución Nacional, en la medida en que invade la esfera de la libertad personal excluida de la autoridad de los órganos estatales.- 2 Declarar atípica la conducta desplegada por Héctor Armando Machado y Sandro Rafael Bareiro, y por la que fueran sometido a proceso en la presente causa.- 3 Sobreseer total y definitivamente a Héctor Armando Machado, D.N.I Nº28.237.581 y demás datos personales que son de figuración en autos, y a Sandro Rafael Bareiro, D.N.I Nº 32.940.631, y demás datos personales que son de figuración en autos, respecto del delito de Tenencia de estupefacientes para consumo personal Art. 14, 2do párrafo de la Ley 23.737 que se les imputara, por aplicación del Art. 336 inc. 3 del C.P.P.N, haciéndose la salvedad de que la formación de la presente causa, no afecta el buen nombre y honor del que gozara.- 4 Procédase a la incineración de 1
sobre con el estupefaciente secuestrado en autos, diligencia que estará a cargo del Escuadrón 50
Posadas de Gendarmería Nacional, oficiándose a esos efectos.- Regístrese. Notifíquese, firme que sea, Comuníquese al Registro Nacional de Reincidencias y oportunamente, Archívese.- Firmado:
Dr. Ramón Claudio Chávez. Juez Federal Penal.
Dr. Sergio Alejandro Salvi Grabulosa, Secretario;
bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Publíquese durante 5 días.
Posadas, 01 de diciembre de 2010.
Roberto Agustín Vera, secretario.
e. 13/12/2010 Nº152227/10 v. 17/12/2010

JUZGADO DE 1A INSTANCIA
XIV NOMINACION CIVIL Y
COMERCIAL
CORDOBA-CORDOBA
El Sr. Juez de 1 Inst. y 14 Nom. C y C de Cba.
Sec: Nora C. Azar de Ruiz Pereyra, decreta: Cítese y emplácese a los herederos, del Sr. Joaquín Sanchez Ubeda, en autos caratulados Virga Nigro, Pablo Eduardo-Medidas Preparatorias para Usucapión Expte. Nº725486/36 para que en el término de veinte días siguientes al de la última publicación, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, debiendo los mismos acreditar su carácter de tal al momento de comparecer. Fdo: Gustavo R. Orgaz-Juez; Nora C. Azar de Ruiz Pereyra, secretaria.
Mariana Giménez, prosecretaria letrada.
e. 13/12/2010 Nº152548/10 v. 15/12/2010

JUZGADO DE GARANTIAS
DEL JOVEN NRO.1
SECRETARIA UNICA
DOLORES

El Juzgado de Garantias del Joven Nº1 Departamental de Dolores, Provincia de Buenos Aires, en los autos caratulados: Antelo Alan Marcelo Martín; Antelo Thomas Ezequiel; Antelo Adrian Fabian; Barrios Federico Nicolas s/Hurto en Tentativa, resuelve:
1º Declarar al menor Antelo, Adrián Fabián, nacido el 18 de mayo de 2000, en Capital Federal, con Documento Nº42.661.200, hijo de Vanesa Estela
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Cáceres y de con domicilio en Eva Perón Nº6296
de Capital Federal, No punible, sobreseyéndolo definitivamente en la presente causa Nº00022-09, Caratulada Antelo, Alan Marcelo Martín; Antelo, Thomas Ezequiel; Antelo, Adrián Fabián; Barrios, Federico Nicolás s/Hurto en Tentativa en Mar de Ajó, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal2º.- Declarar al menor Antelo, Alan Marcelo Martín, nacido el 5 de febrero de 1996, en Capital Federal, con Documento Nº 39.469.274, hijo de Vanesa Estela Cáceres y de con domicilio en Eva Perón Nº 6296 de Capital Federal, no punible, sobreseyéndolo definitivamente en la presente causa Nº 00022-09, Caratulada Antelo, Alan Marcelo Martín; Antelo, Thomas Ezequiel; Antelo, Adrián Fabián; Barrios, Federico Nicolás S/Hurto en tentativa en Mar de Ajó, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal.
3º Declarar al menor Antelo, Tomás Ezequiel, nacido el 12 de mayo de 1998, en Capital Federal, con Documento Nº41.205.570, hijo de Vanesa Estela Cáceres y de con domicilio en Eva Perón Nº 6296 de Capital Federal, No punible, sobreseyéndolo definitivamente en la presente causa Nº 00022-09, Caratulada Antelo, Alan Marcelo Martín; Antelo, Thomas Ezequiel; Antelo, Adrián Fabián; Barrios, Federico Nicolás S/Hurto en tentativa en Mar de Ajó, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº1 del Departamento Judicial Dolores no sometiendo al mismo a Proceso Penal.
4º Declarar al menor Barrios, Federico Nicolás, nacido el 21 de septiembre de 1995, en San Justo Pcia. de Bs. As., con Documento Nº39.108.182, hijo de Alejandra Angélica y de Osvaldo Guillermo Barrios con domicilio en Venezuela Nº3794 de San Justo Bs. As., no punible, sobreseyéndolo definitivamente en la presente causa Nº00022-09, Caratulada Antelo, Alan Marcelo Martín; Antelo, Thomas Ezequiel; Antelo, Adrián Fabián; Barrios, Federico Nicolás S/Hurto en tentativa en Mar de Ajó, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal.
5º Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre.6º Encontrándose los menores bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, por no registrar los menores antecedentes penales, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa.- Fdo. Maria Fernanda Hachmann Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Asimismo transcribe el auto que dispuso el presente.- Dolores, 1 de Diciembre de 2010 Atento lo informado por el Boletín Oficial en su Art 3º. Téngase presente.- Notifiquese a los jóvenes encartados y persona mayor responsable de la resolución de fecha 23 de Enero de 2009 obrante a fs. 3/5 de la presente causa, por edictos 129 del C.P.P., debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días. Fdo. María Fernanda Hachmann Juez del Juzgado de Garantías del Joven Nº1 Dptal.
e. 13/12/2010 Nº152320/10 v. 17/12/2010

El Juzgado de Garantías del Joven Nº1 Departamental de Dolores, Provincia de Buenos Aires, en los autos caratulados: Arango, Cristian Nahuel s/Robo, resuelve 1º.- Sobreseer definitivamente por edad al menor Arango Cristian Nahuel nacido el 20 de Julio de 1995, en la ciudad de Maipú, provincia de Buenos Aires, con DNI Nº38.437.181, hijo de Héctor Eduardo Arango y de Alicia Carlina Carabajal, con domicilio en la Calle Madero entre Rivadavia y Pellegrini de Maipú, en orden al delito calificado como Robo Simple previsto y penado en el art. 164 del CP, por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el art. 323
Mes. 5 del CPP.2º.- Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre.3º. - Notifíquese al Señor Agente Fiscal del Joven y Defensor Oficial del Joven ern sus públicos despachos.4º.-Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del presente a sus efectos.5º.- Líbrese oficio a comisaría para notificar al menor y persona mayor responsable. Fecho, archívese la causa sin más trámite. Regístrese. Fdo:
Maria Fernanda Hachmann Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal.
Luciana Pérez Zamora, auxiliar letrada.
e. 13/12/2010 Nº152274/10 v. 17/12/2010

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2010 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha13/12/2010

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9412

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/08/2024

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