Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2009 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Lunes 11 de mayo de 2009
de quienes suscriben la documentación citada, certificada por Escribano Público. Asimismo, adjunta planillas de adherentes para cumplimentar lo requisitos que exige la ley 23.298.
Que a fs. 98 y vta. se ordenó librar oficio al Registro Nacional de Partidos Políticos informando, atento lo dispuesto por la acordada 81/90, el inicio del tramite de reconocimiento y la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Nación por tres 3 días para dar cumplimiento al art. 14 de la ley 23.298, disponiéndose asimismo, la notificación a los señores apoderados de los partidos políticos reconocidos y en formación en este distrito, a los nacionales, a las confederaciones reconocidas e inscriptas y al señor Fiscal Federal.
Que a fs. 102/199 obran copias de los oficios librados y constancias de las notificaciones realizadas y a fs. 201/202 la publicación en el Boletín Oficial de la Nación.
Que a fs. 214 acompaña acta de los miembros fundadores donde aprueban modificaciones a la Carta Orgánica y texto ordenado de la misma y con los escritos de fs. 282 y 406
planillas de adhesiones.
Que a fs. 415 se tuvo como texto ordenado de Carta Orgánica el obrante a fs. 407/411, conforme a las modificaciones efectuadas y aprobadas por acta de los miembros fundadores obrante a fs. 412/413 en cumplimiento de lo observado a fs. 98 y vta. y 286.
Que a fs. 455 acompaña nuevas planillas de adhesiones y a fs. 458 se tuvo por acreditado en cuanto a la cantidad el cumplimiento de la presentación del mínimo de adherentes prescripto por la ley.
Que a fs. 496 se tuvo por concluido el trámite de ratificación de adhesiones y firmas.
Que a fs. 452/453 obran las constancias, conforme Acordada 60/08 de la Excma. Cámara Nacional Electoral, en cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada 81/90 del citado Tribunal, que fuera ordenado a fs. 450.
Que a fs. 454 se fija fecha para la realización de la audiencia establecida por el art. 62 de la mencionada ley, cursándose las notificaciones del caso.
Que a fs. 527 se formaliza la audiencia con la presencia del señor apoderado de la agrupación política de autos señor José Alejandro Bonacci, manifestando el mismo que, habiéndose cumplido en autos los requisitos establecidos por la Ley 23.298, solicita a V.S. otorgue el reconocimiento de la personalidad jurídico-política como partido de distrito a la agrupación que representa y sigla MODIN
Que a fs. 533 dictamina el señor Fiscal Federal.
CONSIDERANDO:
Que conforme surge de las constancias de autos, se ha dado cumplimiento a los requisitos que prescriben los arts. 7 y concordantes de la Ley 23.298.
Por lo expuesto, normas legales citadas y de conformidad a lo dictaminado por el Señor Fiscal Federal, RESUELVO:
I Tener por reconocido con personalidad jurídico política como partido de distrito al partido MOVIMIENTO POR LA DIGNIDAD Y LA
INDEPENDENCIA y sigla MODIN con derecho exclusivo al nombre y sigla adoptada cuyo registro se ordena por la presente resolución, con todos los derechos y obligaciones que emanan de su reconocimiento Ley 23.298, modif. Ley 23.476.
II Tener por autoridades partidarias en este distrito a los integrantes de la Junta Promotora:
Luís Fernando Reto, D.N.I. 3.354.159, Luís Matías Montads, D.N.I. 28.351.571, Marta Haydeé Altamirano, D.N.I. 13.406.337, Rosa Haydeé Omar, D.N.I. 2.350.737 y Maira Jimena Ance Nieva, D.N.I. 30.722.211.
III Tener por apoderado general al señor José Alejandro Bonacci, D.N.I. 18.666.484
y como apoderados al señor Luís Fernando
Reto, D.N.I. 3.454.159 y la doctora Lidia Angélica Seimandi, D.N.I. 14.814.748.
IV Tener como domicilio Central partidario el sito en calle Avda. Mitre N 2453 de la ciudad de Avellaneda y Legal partidario el sito en calle 13
N 831/833, 8, A de la Ciudad de La Plata, debiendo el partido denunciar en autos el domicilio Local partidario conforme lo establecido por el artículo 19 de la Ley 23.298.
V Tener por Declaración de Principios y Bases de Acción Política los textos obrantes a fs. 79/80 y 81/86 respectivamente y por Carta Orgánica partidaria el texto ordenado obrante a fs. 407/411.
VI Otorgar el plazo de dos 2 meses a partir de la notificación de la presente para que las autoridades partidarias acompañen para su rúbrica los libros exigidos por la ley 23.298 en sus artículos 7
inc. g y 37 y artículo 21 de la Ley 26.215.
VII Otorgar el plazo de seis 6 meses a partir de la notificación del presente resolutorio para que las autoridades partidarias verifiquen ante esta sede judicial cuatro mil 4.000 afiliados, y cumplido ello, convoquen a elecciones internas para constituir las autoridades definitivas conforme a las disposiciones de la Carta Orgánica.
VIII Hacer saber que a los fines señalados precedentemente, las fichas de afiliación deberán ser acompañadas con fotocopia certificada del documento de identidad, libreta de enrolamiento o libreta cívica del ciudadano afiliado, todo ello de conformidad a lo resuelto en los autos Partido Encuentro Fundacional S/Pedido de Reconocimiento de Personalidad Jurídico Política como partido de Distrito Expte. Letra P, N
110, Año 2006 y Partido Izquierda Socialista S/Pedido de Reconocimiento de Personalidad Jurídico Política como partido de Distrito Expte. M, N 35, Año 2006 originados en la resolución de la Excma. Cámara Nacional Electoral en la Causa: Nueva Generación s/Recurso de apelación en contra de la providencia de fecha 11 de julio de 2007, Fallo N 3997/2008.
IX Ordenar la publicación por un 1 día en el Boletín Oficial de la Nación del presente resolutorio y de la Carta Orgánica partidaria.
X Comunicar la presente resolución a la Excma. Cámara Nacional Electoral Art. 39 de la Ley 23.298.
Regístrese, notifíquese y líbrense las comunicaciones del caso.
MANUEL HUMBERTO BLANCO, Juez Federal con Competencia Electoral en la Prov. Bs.
As.
Dr. LEANDRO LUIS LUPPI, ProsecretarioElectoral Nacional, Provincia de Buenos Aires.
PARTIDO MOVIMIENTO POR LA
DIGNIDAD Y LA INDEPENDENCIA
Distrito Provincia de Buenos Aires CARTA ORGANICA
Texto Ordenado Titulo I: De los Afiliados.
Artículo 1: Queda constituido en el ámbito del Distrito Electoral Provincia de Buenos Aires, el MOVIMIENTO POR LA DIGNIDAD Y LA
INDEPENDENCIA MODIN. Está compuesto por los ciudadanos inscriptos en los Registros de Afiliados que se llevarán al efecto y quedarán abiertos salvo en los períodos en que por elecciones internas u otra causa razonable, la Junta Directiva provincial resuelva la clausura de los mismos por tiempo limitado.
Artículo 2: Podrán afiliarse los ciudadanos que figuren inscriptos en los padrones electorales del Distrito; los que por error u omisión no figuren en dichos padrones y los que hubieran enrolado con posterioridad a la confección de los mismos.
Artículo 3: No podrán afiliarse los ciudadanos comprendidos por incompatibilidades o incapacidades legales o aquellos con notaria in conducta cívica. Podrá cancelarse la afiliación de quienes incurran en tales causales. El padrón partidario será público solamente para los afiliados.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.650

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2009 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha11/05/2009

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones9414

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/08/2024

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