Boletín Oficial de la República Argentina del 17/07/2008 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Jueves 17 de julio de 2008
René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek.
Efraín Ase. Ante mí: Amelia Pilar Parra, secretaria.
e. 03/07/2008 Nº581.036 v. 17/07/2008

El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE
JUJUY
FALLA:
I. CONDENAR a Calista FLORES MERINO de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de PRISION y MULTA
de pesos doscientos veinticinco $225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, art. 12 del código penal; por encontrarla autora responsable del delito de transporte de estupefacientes, art. 5 inc. c, ley 23.737. Con costas.
II. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 14 de enero de 2012; y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
III. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
IV. REMITIR a la nombrada al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.
V. NOTIFICAR la Sentencia en lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, remitiendo C.I. Bol. Nº5.261.922 a nombre de Calista FLORES MERINO, y C.I.Bol.7.938.213 a nombre de Marializ FLORES, dejándose copia certificada en autos, art. 171 Ley 24.660; y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones.
René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek.
Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 03/07/2008 Nº581.040 v. 17/07/2008

El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE
JUJUY, FALLA:
I.- CONDENAR a Sandra Patricia GONZALEZ
ROCHA y Uriel ORTEGA ALVEAR, de las demás calidades personales obrantes en autos a la pena de cinco 5 años y tres 3 meses de prisión, INHABILITACION ESPECIAL para ejercer el comercio por el tiempo de la condena, INHABILITACION ABSOLUTA por el doble tiempo de la condena, para desempeñarse como funcionario publico, e inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como miembro de fuerzas de seguridad, funcionario o empleado aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado de cualquiera de estos tres últimos. Por encontrarlos coautores del delito de contrabando de importación de estupefacientes, agravado por el presunto destino de comercialización en grado de tentativa, previsto y penado en los Arts. 866
2do. párrafo, en función del Art. 864 inc. a, 871
y Art. 876 incs. e, f y h del Código Aduanero Ley 22.415. Sin perjuicio de las sanciones que correspondan en sede aduanera Arts. 876 y 1026 inc. b del Código Aduanero. Con mas la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena conforme Art. 12 del Código Penal. Con imposición de costas.
II.- COMPUTO de PENA: FIJAR corno fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el día 1 de Octubre del 2011; y diez días para el pago de las costas del juicio.III.- ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
IV.- DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 30 de Mayo del 2008 a hs. 12:00, en la sede de este Tribunal art. 400 del C.P.P.N..
V.- MANDAR que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. MARTA LILIANA
SNOPEK. Ante mí: EFRAIN ASE, Secretario.
e. 11/07/2008 Nº581.419 v. 24/07/2008

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENANDO a JORGE VARGAS
SANCHEZ, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS
DE PRISION, multa de PESOS: DOSCIENTOS
VEINTICINCO $225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes,
previsto y penado por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con costas.
Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día nueve de Noviembre del año dos mil diez, y diez días para pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Jorge Vargas Sánchez para su correspondiente notificación en ese lugar.
Quinto: REMITIR a Jorge Vargas Sánchez al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.
Sexto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek.
Laura Beatriz Sarmiento. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 03/07/2008 Nº581.035 v. 17/07/2008

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENANDO a EDUARDO VEGA
ILLATOPA, a la pena DE CUATRO AÑOS Y SEIS
MESES DE PRISION, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, por encontrarlo autor responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes, agravado por el destino de comercialización, en grado de tentativa, previsto y penado por el Art. 866 segundo párrafo de la Ley 22.415
y sus modificatorias Código Aduanero, en función del Art. 864 inciso a, in fine, Id, con más las inhabilitaciones establecidas por el Art. 876
Id., incisos e por el tiempo de la condena, f y h, en concordancia con el Art. 1026, inc. b Id., sin perjuicio de las que correspondan en sede aduanera y las costas de juicio.Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 20 de Junio del año dos mil doce, y diez días para el pago de costas del Juicio.
Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Eduardo Vega Illatopa, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Quinto: LEVANTAR la Inhibición General de Bienes ordenada a fs.74 de autos.
Sexto: REMITIR a Eduardo Vega Illatopa, al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.
Séptimo: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek.
Ramón Eduardo Valdéz. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 03/07/2008 Nº581.034 v. 17/07/2008

JUZGADOS NACIONALES
EN LO CIVIL

Nº33

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº33 a cargo del Dr. Horacio A. Liberti, Secretaria Unica sito en Uruguay 714, P. 4º cita y emplaza a CARLOS ALBERTO SEQUEIRA
para que en el término de cinco días comparezca a hacer valer sus derechos en autos CONSORCIO PROP ED. 43 BO GRAL PAZ V.
CELINA c/ SEQUEIRA, Carlos Alberto s/ EJEC
DE EXPENSAS bajo apercibimiento de nombrar un Defensor Oficial que lo represente. El presente deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial y Gaceta de Paz.
Buenos Aires, 11 de Junio de 2008.
Clementina Ma. del V. Montoya, secretaria.
e. 16/07/2008 Nº119.199 v. 17/07/2008

BOLETIN OFICIAL Nº 31.448

Nº76

Juzgado Nacional Civil Nro. 76, Secretaria Unica, sito en Lavalle 1212, Piso 5to. de esta ciudad, en autos: SALVADOR JESUS CRISTIAN C/
GONZALEZ LAGO JUAN S/FILIACION, Expte.
116536/05, cita y emplaza por quince días a herederos del Sr. Juan González Lago, a los efectos de contestar la demanda, bajo apercibimiento de designarse al Defensor Oficial, para que los represente en juicio. El presente deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 27 de Junio de 2008.
Diego Martín Coria, secretario.
e. 16/07/2008 Nº84.595 v. 17/07/2008

JUZGADOS NACIONALES
EN LO COMERCIAL

Nº2

El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nro. 2, Secretaría Nº3, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840 PB Edificio Anexo Capital Federal, comunica por el término de CINCO DIAS que con fecha 21/05/08, se decretó la quiebra de GIORDANO MARTA BEATRIZ - LC.
1.285.936 - CUIL. Nro: 27-01285936-3. Síndico:
ANA MARIA BLUGERMAN, domiciliada en Paraná 774 2º A, Capital Federal. Los acreedores podrán presentar ante el Síndico los títulos justificativos de sus créditos hasta el dia 15 de agosto de 2008 y cuentan hasta el día 29 de agosto de 2008, para proceder - si así lo estimaren - a impugnar los créditos insinuados y los controvertidos, o contestarlos ante el Síndico hasta el día 12 de septiembre de 2008. El Síndico presentará los informes de los arts. 35 y 39 Ley 24.522, los días 26 de septiembre y 7 de noviembre de 2008, respectivamente. Se hace saber que queda prohibido hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Se hace saber a la fallida y a los terceros que deberán dentro de los cinco días hacer entrega al síndico de los bienes que tuvieran en su poder pertenecientes a la quebrada.
Buenos Aires, 2 de junio de 2008.
Paula E. Lage, secretaria.
e. 11/07/2008 Nº581.429 v. 17/07/2008

El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial Nro. 2, a cargo del Dr. Juan Roberto Garibotto, Secretaría Nro. 3 a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, PB, Capital Federal, en los autos: Banco de la Provincia de Buenos aires c/ Frigorífico Rioplatense s/ Cancelación Expte. 94387 dispuso el procedimiento de cancelación judicial de los siguientes documentos: título representativo de acciones Nº 21.373.567 al Nº 22.172.740 identificado con el Nº13, nominativo no endosable y representando la titularidad de 1.339.174 acciones de valor nominal de $ 1 cada una, de titularidad del Banco de la Provincia de Buenos Aires, emitidas por Frigorífico Rioplatense S.A.I.C.I. y F. Buenos Aires, 1 de abril de 2008. Publíquese por quince días en el Boletín Oficial y en el Diario La Nación.
Buenos Aires, 14 de mayo de 2008.
Paula E. Lage, secretaria.
e. 30/06/2008 Nº80.956 v. 21/07/2008

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en Comercial Nº 2, a cargo del Sr. Juez Dr. Juan Roberto Garibotto, Secretaría Nº4, a cargo del Dr.
Martín Terrero, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., anexo Capital Federal, informa por cinco días que con fecha 24 de junio de 2008 se ha decretado la apertura del concurso preventivo de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL JERARQUICO
DE LA REPUBLICA ARGENTINA PARA EL
PERSONAL JERARQUICO DE LA INDUSTRIA
GRAFICA Y EL PERSONAL JERARQUICO DEL
AGUA Y LA ENERGIA OSJERA, con domicilio en Moreno 1140, Piso 2º de la Capital Federal, inscripta en el Registro Nacional de Obras Sociales bajo el Nº 0-0170 desde el 19 de diciembre de 1997 Resolución Nº 3662/97 de la ANSSAL, CUIT 30-69635177-1, Síndico designado Estudio Guillermo Salem y Asociados, con domicilio en Uruguay 385, Piso 8º, Capital Federal quien recibirá las verificaciones de crédito hasta el día 8 de octubre de 2008 de 12 a 18hs, el informe Art. 35
se presentará el día 3 de marzo de 2009, y el del Art. 39 el día 20 de abril de 2009. La audiencia informativa se llevará a cabo el 9 de noviembre de 2009 a las 10 horas, el vencimiento del período de exclusividad ocurrirá el día 16 de noviembre de 2009.

34

Buenos Aires, 1 de Julio de 2008.
Martín Terrero, secretario.
e. 14/07/2008 Nº81.778 v. 18/07/2008

Nº3

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 3, a cargo del Dr. Jorge Sicoli, Secretaría cargo de la Dra.Villaroel María Virginia, sito en Av Callao 635, 6º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 29 de Mayo de 2008, se decretó la quiebra de A.J.A.L S.R.L, CUIT 30-64394396-0, en la que se designó síndico al CPN GUSTAVO D.
GUASTAVINO, con domicilio en Juncal 615 10º Piso G de Capital Federal, Tel. 4311-7530, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 20 de Agosto de 2008. Se aclara que los presentados en la etapa de concurso preventivo no tendran necesidad de verificar nuevamente art. 202 2do. parr.. L.C..
El sindico deberá presentar los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C. los días 1
de Octubre de 2008 y 12 de Noviebre de 2008
respectivamente. Intímase a la deudora para que cumplimente los siguientes recaudos: a presente los requisitos dispuestos en los incisos 2 al 5
del art. 11 de la ley 24.522, en tres días y de corresponder en igual término los mencionados por los incisos 1, 6 y 7 del mismo artículo; b entregue al Síndico sus libros, papeles y bienes que tuviere en su poder, dentro de las 48 horas de la última publicación de edictos; c constituya en autos domicilio procesal, dentro de 48 horas bajo apercibimiento de practicar las sucesivas notificaciones en los Estrados del Tribunal.
Buenos Aires, 1º de Julio de 2008.
María Virginia Villarroel, secretaria.
e. 16/07/2008 Nº581.708 v. 22/07/2008

Nº5

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº5, a cargo del Fernando M. Durao, Secretaría Nº 10, a cargo de la Dra. MARINA
MEIJIDE CASTRO, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, 8º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 26/06/08, se decretó la quiebra de TODO CONECTOR Y ANTENA
SRL designándose como síndico a la contadora NOEMI ZULEMA VIVARES, con domicilio en CORDOBA 2626 PISO 2º D TEL: 4963-3289, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 15/9/08. La síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 LC los días 28/10/08 y 10/12/08. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimente los siguientes recaudos: a constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado LC: 88: 7.b se abstengan de salir del país sin previa autorización del Tribunal LC 103.
Se prohíben los pagos y entrega de bienes a la fallida, so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a quienes tengan bienes y documentación de la fallida para que los pongan a disposición del síndico en cinco días.
Buenos Aires, 1 de julio de 2008.
Marina Meijide Castro, secretaria.
e. 16/07/2008 Nº581.676 v. 22/07/2008

Nº7

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº7, Secretaría Nº14, comunica por cinco días que en fecha 20 de junio de 2008 se ha decretado la quiebra de MANUFACTURAS DEL
PLATA SRL CUIT Nº30-70553666-6. El síndico designado es CARO JUAN CARLOS con domicilio en la calle Florida Nº470 Piso 3º Of. 312 de esta ciudad. Se ha fijado fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes el 03/09/08. El síndico deberá presentar el informe previsto por la L.C.: 35 el 16/10/08 y el previsto por el art. 39
el día 27/11/08. Intímase a la fallida para que en el plazo de 48 horas constituya domicilio, en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenérsele por constituido en los estrados del Juzgado; asimismo, intímase a la fallida y a terceros a que dentro de 24 horas y 48 horas respectivamente, entreguen bienes, documentación o libros de la fallida al Síndico. Se prohibe hacer pago y/o entrega de bienes al fallido so pena de ineficacia.
Buenos Aires, 8 de julio de 2008.
Guillermo Mario Pesaresi, secretario interino.
e. 16/07/2008 Nº581.664 v. 22/07/2008

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/07/2008 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha17/07/2008

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9396

Primera edición02/01/1989

Ultima edición19/07/2024

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