Boletín Oficial de la República Argentina del 14/12/2005 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Miércoles 14 de diciembre de 2005
sito en Av. de los Inmigrantes 1250 de Capital Federal, en autos caratulados CALMEJANE JORGE
ROBERTO Y OTROS C/RAPPAPORT BERNARDO s/ejecución hipotecaria Exp. Nro 61884/2002, en términos del artículo 57 y conc de la ley 24.441, comunico por tres días que REMATARE PUBLICAMENTE el día 20 de diciembre de 2005 a las 14:00
hs en punto, ante escribano público en la Asoc. De Balanc., Corredores y Martilleros Públicos sito en la calle Talcahuano 479 de esta ciudad; EXHIBICIÓN:
días 14; 15 y 16 de diciembre de 15 a 16 hs. Se trata de un local comercial desocupado según acta de constatación con frente por la calle AMENABAR
1991 entre ECHEVERRIA y MARISCAL SUCRE de la Cdad Auton. de Bs. As, NOM. CAT. C 16, S 39, M
89 P 11b; PART. INM. 2.408.077 con una sup. total 269,65 m2; posee sótano de 71 m2, entrepiso de 61.95 m2, planta baja de 48.50 m2, primer piso 79.09
m2 y balcón de 12.69 m2 a la calle, con cuatro baños, todo en regular estado, tres privados; con aire acondicionado central HITACHI, bomba y conductos. Instalación eléctrica y sanitaria completas. La venta se realiza en el estado físico y jurídico en que el bien se encuentra. BASE: U$S 210.981.- De no haber postores en la base establecida, se realizará un nueva remate con base reducida en un 25 %, y si aún persistiera la falta de postores a la media hora se rematará SIN BASE. SEÑA 30%, COMISION 3%
mas IVA. Todo al contado y en efectivo al mejor postor. El comprador deberá abonar el saldo de precio directamente al acreedor, en donde este establezca en el boleto, dentro de los 5 días hábiles de efectuado el remate; bajo apercibimiento de lo establecido en el artículo 62 y conc. de la Ley 24.441 y deberá constituir domicilio dentro de esta ciudad. Serán a cargo del comprador los gastos, honorarios, tasas e impuestos referentes a la escritura traslativa del dominio, que se realizará ante el Escribano designado por el acreedor. No se procede la compra en Comisión. Se hace saber el Plenario del Fuero Civil en autos SERVICIOS EFICIENTES S.A. C/YABRA
ROBERTO I S/EJEC DEL 18-02-99. ADEUDA conforme a las constancias de la actuación judicial ABL
al 25/10/05 $ 50308.27.-, de A.A. y OSN al 25/10/05
no registra y Expensas al 1/11/05 $ 25905.65.-. Al contado y al mejor postor en el acto de la subasta.
Buenos Aires, 7 de diciembre del 2005.
Andrea Laura Sposaro, martillero.
e. 13/12 N 79.102 v. 15/12/2005

El martillero publico Manuel Lastra c/ofic. en Junin 1431 ,10 B 154998-2408 designado por el ejecutante acreedor hipotecario en las actuaciones judiciales en tramite ante el Juzgado Nacional 1era Instancia Civil 96, Secretaria Unica, sito en Inmigrantes 1950, Cap. Fed. en autos Banco Hipotecario S.A..
c/ Longordo Enrique O. y otra s/ej. esp. Ley 24441
exp. 86.322-03, en los terminos del art 57 y conc. de la Ley 24441 comunico por el termino de 3 dias que rematare públicamente el 20 de diciembre de 2005 a las 9,30 hs en el salon de Talcahuano 479, Cap. Fed ante Escribano Publ., la U.F. 23 J c/ fte a calle Soler s.n. , Morel s/nro y Tiglio S/nro, del Barrio Pque. Los Robles , Burzaco, Pdo. A. Brown , Pcia.
de Bs. As. Nom. Cat. : C. II S.AM. 307- P. 1 Subp. 23Pol. 00-23 y 01-23 y 01-56 P.B. 1 P. y E.P. Sup. U.F.:
106,64m2 Coef. 0,0200% Matric. 55.230-23 La casa consta en P.B.: liv. comedor, toilette, cocina-com., patio comun. P.A.: 3 dormitorios, baño y balcon terraza. Ocupada p/demandado y flia. c/intimación a la desocupación s/ constatacion notarial Muy buen estado de conservación. Exhibicion: 16 y 19 de diciembre de 9,30 a 11,30 hs. La venta se realiza Ad Corpus y en el estado físico y juridico en que el bien se encuentra. Base $ 66.660. De no haber postores en la base establecida a la media hora se reducirá la misma en un 25%, y si aun persistiera la falta de postores, a la media hora se rematara Sin Base.
Seña: 30% Comision: 3% Sellado: 1% Todo al contado, efectivo y al mejor postor. El comprador debera abonar el salde de precio al acreedor dentro de los 10 dias habiles de efectuado el remate, bajo apercibimiento de lo establecido en el art 62 y conc. y debera constituir domicilio en la Cap. Fed. No procedera la compra en comision. Se hace saber el plenario del Fuero Civil en autos Servicios Eficientes S.A.
c/Yabra R. s/ ej. del 18-2-99. Los gastos y honorarios de escrituracion estaran a cargo del comprador. Deudas: c/ Rentas $ 2.347,90 a 31-10-05; c/
Municipalidad $ 889,92 a 31-12-04, c/ Ag. Arg. global Cons. de Prop. $ 11.091,67 a 14-10-05 y p/Expensas $ 7.753,07 con. int. a 30-11-05.
Buenos Aires, 9 de diciembre de 2005.
Manuel L. Lastra, martillero.
e. 13/12 N 50.465 v. 15/12/2005

El martillero Carlos Augusto Volpe Lastra comunica por 3 días que por cuenta y orden del acreedor hipotecario y de conformidad a lo establecido en el art. 57 de la ley 24.441 el día 20 de Diciembre de 2005 a las 11.00 hs. en Talcahuano 479 de esta
Cpital subastará, al contado y al mejor postor, el inmueble sito en la Av. Corrientes 2461/63, UF N 1, PB y sótano de esta Capital. Según, constatación:
Se trata: de un local comercial con dos vidrieras y entrada central, gran nave principal, hacia el fdo. del mismo, hay tres oficinas y amplio depósito. Baño.
Sala de equipo de refrigeración. Montacargas. Amplio sótano que abarca toda la planta. Sup. Tot. 622
m2. Buen estado. Desocupado. Todo de acuerdo a medidas que surgen de titulo. Nom. Cat.: Circ. 11;
Sec. 9; Manz. 29; Parc. 21. Matrícula: 11-155/1. DEUDAS: O.S.N. al 21/1/05 sin deuda. Ag. Arg al 26/1/05
la de $ 62.175,68.- G.C.B.A. al 31/3/05 la de $ 10.615,45.- Ex. Comunes a Nov. 2005 la de $ 5.850.- BASE: $ 988695,79.- SEÑA: 30%. COMISION: 3%. A cargo del comprador. Todo en dinero efectivo en el acto de la subasta. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio de Capital Federal, de acuerdo a lo normado por el art. 133 del CPCC, y abonar el saldo de precio dentro de los 5
días corridos de la subasta, sin necesidad de intimación previa alguna, ello bajo apercibimiento de pérdida de las sumas abonadas. Serán a cargo del comprador los gastos, tasas e impuestos referentes a la escritura traslativa de dominio, la que se realizará por ante el escribano designado por la acreedora. Para el supuesto de no existir ofertas, se subastará nuevamente con la base retasada de $ 741521,84.- y de persistir la falta de ofertas saldrá a la venta pasada media hora sin base art. 61 ley 24.441 El inmueble se exhibe los días 17 y 19 de Diciembre de 15 a 17 hs. La actuación judicial tramita por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N 31 sito en Uruguay 714, Piso. 5 de esta Capital, caratulada RYAN JOHN ERIC y OTRO
c/ FARJOUN SALOMÓN RICARDO y OTRO s/
EJECUCION Ex. N 29854/04 Reservado.
Buenos Aires, 9 de diciembre de 2005.
Carlos A. Volpe Lastra, martillero.
e. 13/12 N 50.484 v. 15/12/2005

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

Protocolo respectivo, cursar las demás comunicaciones y oportunamente archivar. Fdo. Dr. VICTOR
ANTONIO ALONSO. Dra. LUCRECIA M. ROJAS
DE BADARO. Dr. VICENTE CONSTANCIO ESPOSITO, JUECES DE CAMARA. Ante mí Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS, Secretaria, Tribunal Oral en lo Criminal Federal, Corrientes.
e. 7/12 Nº 499.450 v. 14/12/2005

EDICTO: Por disposición de S.Sa. la señora Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Doctora LUCRECIA M. ROJAS
DE BADARO, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia Nº 33 de Fecha 13 de Noivembre de 2005 en la causa caratulada: LONGHI, RAMON AGUSTIN Y OTROS S/SUP. INF. AL
ART. 210 EN CONCURSO REAL CON LA SUPUESTA INF. A LOS ARTS. 256 Y 348, TODOS DEL CODIGO PENAL Y CON LA INF. AL ART. 874, INCS. A, B, C Y D DEL CODIGO ADUANERO, Expte.
Nº 220/02, respecto a MARCIAL CARBONELL, de nacionalidad argentino, D.N.I. Nº 10.860.660, de 52
años de edad, de estado civil casado, de profesión Suboficial de Gendarmería Nacional, con última presatación de servicios en el Escuadrón 7 Paso de los Libres, nacido el 25 de Septiembre de 1953, en Paso de los Libres, Provincia de Corrientes, hijo de Pantaleón Carbonell y de Carmen Aquino, la que dispone: SENTENCIA: Nº 33 Corrientes, de Fecha 13 de Noviembre de 2005.Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el acuerdo precedente; SE
RESUELVE: 1º 2º 3º 4º 5º CONDENAR
a MARCIAL CARBONELL, D.N.I. Nº 10.860.660, ya filiado en autos a la pena de CUATRO 4 años de prisión, como responsable de los delitos de asociación ilícita, en concurso real con el delito de abuso de autoridad, artículos 210, primera parte, 243 y 55, todos del Código Penal, inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena e inhabilitación absoluta por igual tiempo al de la condena, accesorias y costas legales artículos 12, 19, 20, 40 y 41 del Código Penal y 530 del C.P.P.N.. 6 7 8º 9º 10º 11º 12º 13º 14º 15º REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las demás comunicaciones y oportunamente archivar. Fdo.: Dr. VICTOR
ANTONIO ALONSO. Dra. LUCRECIA M. ROJAS
DE BADARO. Dr. VICENTE CONSTANCIO ESPOSITO, JUECES DE CAMARA. Ante mí Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS, Secretaría, Tribunal Oral en lo Criminal Federal, Corrientes.
e. 7/12 Nº 499.446 v. 14/12/2005

ANTERIORES

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S.Sa. la señora Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Doctora LUCRECIA M. ROJAS
DE BADARO, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia Nº 33 de Fecha 13 de Noviembre de 2005 en la causa caratulada: LONGHI, RAMON AGUSTIN Y OTROS S/SUP. INF. AL
ART. 210 EN CONCURSO REAL CON LA SUPUESTA INF. A LOS ARTS. 256 Y 348, TODOS DEL CODIGO PENAL Y CON LA INF. AL ART. 874, INCS. A, B, C Y D DEL CODIGO ADUANERO, Expte.
Nº 219/02, respecto a CARLOS ALBERTO BASUALDO, de nacionalidad argentino, D.N.I. Nº 11.591.397, de 49 años de edad, de estado civil casado, de profesión Suboficial de Gendarmería Nacional, con última prestación de servicios en el Escuadrón 7
Paso de los Libres, nacido el 20 de Diciembre de 1956, en la ciudad de Paso de los Libres, Provincia de Corrientes, hijo de Walter Lorenzo Basualdo y de Raimunda Cáceres, la que dispone: SENTENCIA:
Nº 33 Corrientes, de Fecha 13 de Noviembre de 2005. Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º 2º
3º 4º 5º 6º CONDENAR a CARLOS ALBERTO BASUALDO, D.N.I. Nº 11.591.397, ya filiado en autos a la pena de CUATRO 4 años de prisión, como responsable de los delitos de asociación ilícita, en concurso real con el delito de abuso de autoridad, artículos 210, primera parte, 248 y 55, todos del Código Penal, inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena e inhabilitación absoluta por igual tiempo al de la condena, accesorias y costas legales artículos 12, 19, 20, 40 y 41 del Código Penal y 530 del C.P.P.N., 7 8º 9º 10º
11º 12º 13º 14º 15º REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al
TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:
FALLA: Primero: CONDENANDO a SIMÓN MAMANÍ ALAVÍ, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS DE
PRISIÓN, multa de PESOS: DOSCIENTOS VEINTICINCO $ 225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5 inciso C de la ley 23.737, con costas.
Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 3 de Octubre del año dos mil ocho, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Simón Mamaní Alaví para su correspondiente notificación en ese lugar.
Quinto: REMITIR a Simón Mamaní Alaví al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.
Sexto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. RENE VICENTE CASAS, Presidente. HUGO MARCELO SAVIO. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. Ante mí: EFRAIN
ASE, Secretario.
e. 30/11 N 498.696 v. 14/12/2005

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy por unanimidad:
FALLA: Primero: RECHAZAR la nulidad impetrada por la defensa técnica de Sonia Liliana Villalba.
Segundo: CONDENAR a Sonia Liliana Villalba, de las calidades personales obrantes en autos, a la
BOLETIN OFICIAL Nº 30.801

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pena de 4 años de prisión y multa de pesos doscientos veinticinco $ 225, por encontrarla autora responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, previsto y penado por el art. 5 inc. C de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el art. 12 del Código Penal. Con costas.
Remitiéndola al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.
Tercero: COMPUTO DE PENA: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 09 de Julio dé 2.008 y diez 10 días para el pago de multa y costas del Juicio.
Cuarto: ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Quinto: DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 14 de septiembre del corriente año a horas 12:00 en la sede de este Tribunal art. 400 CPPN.
Sexto: MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. RENE VICENTE CASAS, Presidente. HUGO MARCELO SAVIO. Dr. CESAR
AUGUSTO BAIGORRI. Ante mí: EFRAIN ASE, Secretario.
e. 30/11 N 498.698 v. 14/12/2005

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, FALLA. 1.- CONDENANDO a Mariela ROMÁN
ROCA, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES
DE PRISIÓN, y las costas del juicio, por encontrarla autora responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes cocaína agravado por el presunto destino de comercialización, en grado de tentativa, previsto y sancionado por los Arts. 866, segundo párrafo, 871 y 872 del Código Aduanero, en función del art. 864, inc. a, in fine, del mismo cuerpo legal, con más las inhabilitaciones establecidas por el Art. 876, incisos e, f y h, sin perjuicio de las que correspondan en sede aduanera.
2.- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 2 de Noviembre de 2009, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
3.- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.
4.- REMITIR a Mariela ROMÁN ROCA al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.
5.- NOTIFICAR la Sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntando C.I. Boliviana N 7.688.522 a nombre de Mariela ROMÁN ROCA, conforme art. 171 de la ley 24.660.
6.- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Dr. HUGO MARCELO Savio, Presidente. Dr. Carlos Rolando Massaccesi, Vocal. Dr. René Vicente Casas, Vocal. Ante mí: Dr.
Efraín Ase, Secretario.
San Salvador de Jujuy, 15 de Septiembre de 2005.
Por lo expuesto, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, RESUELVE: 1.- Hacer lugar a la solicitud de aclaratoria interpuesta por el Señor Fiscal General a fojas 162 de autos, rectificando el apartado 2 de la sentencia dictada, conforme art. 120 del CPPN, suprimiendo el plazo de diez días para el pago de la multa, pena que no se encuentra legalmente prevista para el delito por el cual se condenó a Mariela ROMAN ROCA, no así en lo relativo a las costas del juicio.
2.- Regístrese, notifiquese. Hugo Marcelo Savio, Presidente. Carlos Rolando Massaccesi, Vocal. René Vicente Casas, Vocal. Ante mí:
Efraín Ase, Secretario.
e. 2/12 N 498.920 v. 16/12/2005

El TRIBUNAL ORAL en lo CRIMINAL FEDERAL
de JUJUY, FALLA: 1 RECHAZAR las nulidades articuladas por el Señor Defensor Oficial.
2 CONDENAR a Juan de Dios Mamaní y Alejandro Jorge Ernesto Chiesa, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de 5 años y 6
meses de prisión y multa de pesos tres mil $3.000, por encontrarlos autores responsables del delito de transporte de estupefacientes, en concurso real con el delito de tenencia de estupefacientes, con fines de comercialización, previstos y penados por el art.
5 inc. C de la Ley 23737 y 55 del Código Penal, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el art. 12 del Código Penal. Con Costas. Remitiéndolos al Servicio Penitenciario Fe-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/12/2005 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha14/12/2005

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones9415

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/08/2024

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