Boletín Oficial de la República Argentina del 11/06/2003 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

42 Miércoles 11 de junio de 2003

BOLETIN OFICIAL Nº 30.169 2 Sección N 9

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 9 a cargo del Dr. Eduardo Favier Dubois, Secretaría N 17 a cargo de la Dra. Claudia R. de Merenzon, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 4 piso, comunica por cinco días la quiebra de INDUSTRIAS R.B. S.A.I.C. decretada con fecha 13 de mayo de 2003. Los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico designado Marcela Adriana Folco, con domicilio en Rivadavia 10.444, 8 A, hasta el día 1 de julio de 2003. Audiencia de explicaciones: 7 de octubre de 2003 a las 11:00 hs. Se intima a la fallida y terceros a entregar al síndico los bienes pertenecientes a aquél sujetos a desapoderamiento. La fallida queda asimismo intimada a cumplir los recaudos del art. 86 LC, a entregar los libros y documentación al síndico en un plazo de 24 hs. Se deja constancia que el N de CUIT de la fallida es
Buenos Aires, 23 de mayo de 2003.
Claudia R. de Merenzon, secretaria.
e. 5/6 N 416.736 v. 11/6/2003

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 11 a cargo del Dr. Miguel F. Bargalló, Secretaría N 22 a mi cargo, con sede en Av. Callao 635, piso 5 de Capital Federal, comunica por cinco días el estado de quiebra de B Y M REPRESENTACIONES S.R.L. Expte. 80.920 CUIT 3062365534-9, habiendo sido designado síndico al contador Roberto Di Martino con domicilio en Callao 449, 11 A de Capital Federal, a quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 7/8/03. Se deja constancia que el 18/9/03 y el 30/10/03 se fijaron como fechas de presentación de los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C., respectivamente. Se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes y documentación de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura, prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes so pena de considerarlos ineficaces. Intímase a la fallida para que dentro de las 48 hs. cumpla los recaudos pertinentes que exige el art. 86 de la Ley 24.522.
Buenos Aires, 28 de mayo de 2003.
Sebastián Sánchez Cannavó, secretario.
e. 5/6 N 416.795 v. 11/6/2003

N 12

N 10
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 10 a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, Secretaría N 19 a cargo de la suscripta, sito en Callao 635, P.B., Cap. Fed., comunica por cinco días que con fecha 9/5/03 se ha decretado la quiebra de PIPPO MARTHA CARMEN, en la cual ha sido designado síndico el contador Jacobo Becker con domicilio constituido en Jerónimo Salguero 2244, 8 A Cap. Fed., ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus créditos hasta el día 11/8/03 L.C.:32. Se deja constancia que el número de DNI de la fallida es 4.587.520. El informe individual del síndico deberá presentarse el día 23/9/03 y el general el día 5/11/03 arts. 35 y 39 de la citada ley. Intímese al fallido y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que el funcionario concursal tome inmediata y segura posesión de los mismos. Decrétase la inhabilitación definitiva de la fallida y la de sus integrantes por el plazo de un año contado desde la fecha de la presente arts. 234 a 238 de la Ley 24.522.
Intímese a la fallida a que dentro de 24 hs. entregue los libros de comercio y demás documentos relacionados con su contabilidad al síndico. Intímese al fallido para que en el plazo de cinco días cumpla con los requisitos del art. 11 inc. 7 de la Ley 24.522 conforme art. 86. Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Intímese al fallido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los términos de los arts. 41 y 133 del CPCCN.
Buenos Aires, 29 de mayo de 2003.
Fernanda DAlesandri, secretaria.
e. 5/6 N 416.788 v. 11/6/2003

N 11
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 11 a cargo el Dr. Miguel F. Bargalló, Secretaría N 21 a cargo de la Dra. Marcela Macchi, sito en Callao 635, 5 piso, comunica por cinco días la quiebra de MOVI-OIL S.A., CUIT N 3068760641-8, decretada con fecha 19/5/03. El síndico actuante es el contador Carlos Eduardo Foresti, con domicilio constituido en la Av. Callao 449, 11 A, a quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 13/8/03. El síndico deberá presentar el informe previsto por el art. 35 de la Ley 24.522 el día 24/9/03 y el estatuido por el art. 39 de la mentada ley el día 5/11/03, contando el Tribunal con plazo para dictar la resolución prescripta por el art. 36
de la L.C.Q. el día 8/10/03. Se intima a los terceros que tuviesen bienes o documentos de la fallida, a que los entreguen en el término de cinco días al síndico, previniéndoseles la prohibición de hacer pagos a la misma o recibirlos, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que en el plazo de 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Tribunal.
Buenos Aires, 29 de mayo de 2003.
Nélida Meichtry de Marti, secretaria interina.
e. 5/6 N 416.794 v. 11/6/2003

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 12, a cargo del Dr. Juan Manuel Ojea Quintana, Secretaría N 24, a cargo del Dr. Jorge Médici Garrot, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., de la Ciudad de Buenos Aires, comunica por cuatro días que con fecha 3 de junio de 2003, ha resuelto llamar a mejora de oferta a la efectuada en los autos caratulados BANCO EXTRADER SA s/Quiebra Incidente de Determinación Inmuebles R.O.U., Expte. N 62.985, por la suma de u$s 700.000, por las Unidades números 101, 102, 103, 104, 201, 203, 204, 301, 303 y 304 del inmueble, denominado Las Terrazas, sito en la Manzana Catastral N 1322 de Rincón del Indio, Punta del Este, primera sección judicial del Departamento de Maldonado, Padrón N 6062, antes Nros. 6062/63/64, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado con el N 3771 del día 9 de mayo de 1994, de la República Oriental del Uruguay, Propiedad del BANCO
EXTRADER S.A. s/Quiebra, cuyo procedimiento se instrumentará conforme los siguientes recaudos, a saber: Ofertas: Las ofertas podrán ser presentadas en la Secretaría, hasta el día 26 del mes de junio de 2003 a las 10:00 horas, en la sede del Tribunal, durante el horario de 7:30 a 13:30 horas.
Se presentarán por duplicado con todas sus hojas numeradas, firmadas y en sobre cerrado, indicando en su exterior únicamente la carátula del expediente sin otra mención que lo identifique.
Deberán contener: nombre del oferente, documento de identidad, domicilio legal constituido en jurisdicción del Tribunal y domicilio real. Si se presentare por mandatario, deberá acompañarse el instrumento en el cual conste el otorgamiento del respectivo poder. Tratándose de sociedades, deberá acompañarse copia certificada del contrato social o estatuto debidamente inscripto. Los documentos que acrediten la personería del firmante y la nómina de los órganos de administración y fiscalización del ente, agregando los instrumentos que acrediten la decisión social de presentar oferta. No se admitirán las de quienes invoquen la calidad de comisionistas o gestores de negocios de un tercero. Podrá verificarse puja en el mejoramiento de ofertas, en los siguientes términos: a entre aquella que resulte más alta; b la que le siga en monto, sólo en caso de existir una diferencia del 5% o menos con respecto a la referida precedentemente y c la oferta que diera motivo al presente llamado que obra a fs. 1803/1805. A dichos fines los referidos oferentes deberán acompañar por escrito en sobre cerrado dentro de un plazo de treinta minutos y ser presentados ante la Mesa de Entradas a los fines de que le sea colocado el cargo pertinente, tras lo cual se procederá a su correspondiente apertura. El precio deberá ser consignado en dólares estadounidenses en letras y en números, y no se incluirá el pertinente al impuesto que pudiere corresponder; es decir, sólo se indicará el que efectivamente se ofreciere.
Deberá agregarse constancia del depósito de la garantía de la oferta equivalente al 10% del monto total del precio ofrecido, debiendo ser constituida en alguna de las siguientes formas: a Mediante depósito judicial en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la orden del Juzgado en una cuenta especial que devengue interés. En el sobre correspondiente a la oferta se adjuntará el documento emitido por el Banco o copia certificada notarialmente del mismo. En caso de ser en cheque el
depósito deberá ser efectuado con la antelación suficiente como para que se encuentre el monto acreditado en dicha cuenta el día del vencimiento de la presentación de las ofertas. En el sobre correspondiente a la oferta se adjuntará el documento emitido por el Banco que acredite tal depósito o copia certificada notarialmente del mismo. b Con fianza bancaria exigible a primera demanda, garantía o aval bancario o de entidad financiera autorizada por las leyes 21.525 y 22.529, a satisfacción del Juzgado. La sola presentación de oferta implica el expreso conocimiento y aceptación por parte de los oferentes de las condiciones que aquí se indican, así como de todas las resoluciones que pudieran dictarse en autos, pudiendo los oferentes recabar por escrito del Tribunal, hasta cinco días antes de la fecha de apertura de los sobres las informaciones que estimen necesarias respecto del presente llamado, y la resolución que recaiga será inapelable. Las providencias que se dicten con motivo de estos pedidos quedarán notificadas automáticamente en los términos del artículo 133 del Código de Procedimientos. Dispónese como condición de venta que se encuentra prohibida la compra en comisión y la cesión de los derechos de la compra. Apertura de sobres:
La apertura de sobres se efectuará el día 26 del mes de junio de 2003, a las 11.00 horas, en la Sala de Audiencias del Tribunal con asistencia del Secretario, Síndico y demás concurrentes, labrándose acta que deberá contener el nombre de cada uno de los oferentes y el monto de las ofertas. No serán admitidas las ofertas presentadas con posterioridad al día y hora indicados. Plazos: Salvo cuando expresamente se consigne lo contrario, todos los plazos establecidos en la presente se entienden referidos a días hábiles judiciales. Carácter de las resoluciones a dictarse: La totalidad de las resoluciones a dictarse con motivo del presente llamado a mejora de oferta serán irrecurribles y su conocimiento de carácter obligatorio para todos los participantes sin que pueda alegarse su desconocimiento. Postor remiso: Para el caso de resultar adjudicataria la interesada cuya oferta se llama a mejorar, deberá depositar el precio oportunamente indicado en su integridad, mediante depósito del total ofrecido en Dólares Estadounidenses, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires Sucursal Tribunales, a la orden del suscripto y en la cuenta de autos, dentro del quinto día hábil de la notificación del auto de adjudicación, debiendo acreditar el depósito el día hábil subsiguiente. Si se incumpliera con lo establecido en el párrafo precedente, dentro del plazo que oportunamente se determine, se declarará al adjudicatario postor remiso, decretándose la caducidad de la adjudicación y quedando las sumas abonadas a favor de la quiebra. En tal caso, el Juez puede llamar a ratificar las ofertas que hubieran quedado colocadas en orden sucesivo.
Devolución: Las garantías de las ofertas ya presentadas en autos, serán devueltas a pedido de parte. Publíquese en el Boletín Oficial.
Se expide el presente en Buenos Aires, 9 de junio de 2003.
Jorge Médici, secretario.
e. 9/6 Nº 417.161 v. 12/6/2003

N 13
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 13 a cargo del Dr. Carlos Alberto Villar, con intervención de la Secretaría N 25 a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 Piso 4 de esta Capital Federal comunica por el término de cinco días que con fecha 14 de mayo de 2003 se decretó la quiebra de NAY LYC TEXTIL
S.A. con CUIT n 30-60561415-5 haciéndole saber a los terceros que deberán hacer entrega al síndico judicial de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos al mismo, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad.
Se intima al deudor para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522, en cuanto a su remisión al art. 11 incs. 2, 3, 4 y 5 y en su caso a los incs. 1, 6 y 7 del mismo texto legal. Se hace saber a los interesados que el síndico designado en las presentes actuaciones es el contador Jorge Ernesto Del Hoyo con domicilio en la calle Av. Julio A. Roca 610 4 C, domicilio éste al que deberán
concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el día 17 de julio de 2003.
Buenos Aires, 29 de mayo de 2003.
Federico Alberto Gerri, secretario.
e. 6/6 N 416.900 v. 12/6/2003

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 13 a cargo del Dr. Carlos Alberto Villar, con intervención de la Secretaría N 25 a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 Piso 4 de esta Capital Federal comunica por el término de cinco días que con fecha 7 de mayo de 2003
se decretó la quiebra de MANOS UNIDAS S.A.
con CUIT n 33-68970314-9 haciéndole saber a los terceros que deberán hacer entrega al síndico judicial de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos al mismo, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522, en cuanto a su remisión al art. 11 incs. 2, 3, 4 y 5 y en su caso a los incs. 1, 6 y 7 del mismo texto legal. Se hace saber a los interesados que el síndico designado en las presentes actuaciones es el contador Epstein Oscar Leonardo con domicilio en la calle Av. Corrientes 2565 9 6, domicilio éste al que deberán concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el día 10 de julio de 2003.
Buenos Aires, 22 de mayo de 2003.
Federico Alberto Gerri, secretario.
e. 6/6 N 416.899 v. 12/6/2003

N 14
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 14, a cargo del Dr. Angel O. Sala, Secretaría N 27, a cargo del Dr. Alberto Daniel Alemán, sito en Callao 635 piso 2 de esta Capital Federal, comunica por 5 días que con fecha 21 de mayo de 2003, en los autos caratulados ENVASES SEGUROLA S.A. s/Quiebra, se resolvió decretar la quiebra de ENVASES SEGUROLA
C.U.I.T. 30-64950545-0 haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión al art. 11 incs. 2, 3, 4 y 5 y en su caso 1, 6 y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 28/08/03 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebras y sus garantes, formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos. Se fijan las fechas de 9/10/03 y el 20/11/03 para las presentaciones de los informes individuales y generales, previstos en el art. 35 y 39 de la L.C. respectivamente, pudiendo ser observado, el último, dentro de los 10 días de presentados art. 40 L.C. El síndico designado es el contador Vello Vázquez Angel con domicilio en Viamonte 1592, piso 6 Of. G al cual deberán concurrir los acreedores a verificar sus créditos. El presente deberá ser publicado por el término de 5 días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere art. 89 inc. 3 L.C..
Buenos Aires, 28 de mayo de 2003.
Alberto D. Alemán, secretario.
e. 6/6 N 416.898 v. 12/6/2003
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 14, a cargo del Dr. Angel O. Sala, Secretaría N 27, a cargo del Dr. Alberto Daniel Alemán, sito en Callao 635 piso 2 de esta Capital Federal, comunica por 5 días que con fecha 20 de mayo de 2003, en los autos caratulados STEMBERG, LIDIA s/Quiebra, se resolvió decretar la quiebra de STEMBERG LIDIA C.U.I.L. 2704474704-4 haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/06/2003 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha11/06/2003

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9409

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/08/2024

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