Boletín Oficial de la República Argentina del 06/09/2001 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

12

BOLETIN OFICIAL Nº 29.726 2 Sección
Jueves 6 de setiembre de 2001

va Dias, Directores Titulares: Ricardo Ferrari, Alfredo Vicente Rey, Fernando Rigou y Mirta Leonor Rodriguez Marchena y Jorge Raúl Simonovsky.
Autorizada especial - María Luján Bianchi e. 6/9 N 3693 v. 6/9/2001
XEROX ARGENTINA Industrial y Comercial S.A.
R.P.C.:16/05/67, N 910589, F 76, L 64, Tomo A de Estatutos Nacionales. Comunica que por
Asamblea de Accionistas y Reunión de Directorio, ambas de fecha 29/03/2001 XEROX ARGENTINA INDUSTRIAL Y COMERCIAL S.A. resolvió designar al siguiente Directorio: Presidente: Edgardo Gabriel Lijtmaer, Vicepresidente: Rafael Ricardo González, Directores Titulares: Enrique Néstor Cervetti. Jorge Werneck Da Silva Dias, Ricardo Ferrari, Michael Festa, Alfredo Vicente Rey, Fernando Rigou y Mirta Leonor Rodriguez Marchena.
Autorizada especial María Luján Bianchi e. 6/9 N 3694 v. 6/9/2001

2.4 REMATES COMERCIALES

NUEVOS
Surveyseed Services S.A. por medio de Martillero público comunica y hace saber por tres días que por cuenta y orden del CITIBANK N.A., conforme a lo establecido por el Art. 39 de la Ley 12.962
y por el Art. 585 del C.C., procederá a subastar el día 27 de septiembre de 2001 a partir de las 15 hs.
en J. D. Perón 1233, Capital Federal, los automotores que se detalla a continuación:
Deudor Lagos, Hugo Nazario Lagos, Hugo Nazario Florgivic S.A.
Florgivic S.A.

Automotor
Dominio
Renault Premium 340.19 T año 1999
Maldonado SR-CA año 1999
Renault Premium 300.19 año 1999
Montenegro modelo A.C.G.3 año 1999

CZE 293
DFE 444
CQP 996
CQP 995

Base U$S
30.550
7.500
21.750
7.500

En el estado en que se encuentra en exhibición en J. Vázquez Iglesias, Panamericana Km. 27.5, Don Torcuato, Bs. As. para la exhibición y más detalles comunicarse con el representante de Surveyseed Services S.A., Mariano Varela, el. 4510-6713/6718/6700/6600, Reconquista 723, Capital Federal. Seña 30%. Comisión 10% + IVA, en dólares estadounidenses, en el acto del remate que se realiza al contado y al mejor postor. De no existir oferta por las bases mencionadas se reducirán las mismas en un 25%; de seguir sin postores, se rematarán sin base. El saldo deberá ser integrado por el comprador dentro de las 48 hs. hábiles posteriores a la subasta en el lugar que indique el martillero, bajo apercibimiento de dar por rescindida la operación con pérdida de las sumas abonadas a favor de la vendedora. De existir deuda de patentes, impuestos e infracciones la misma es a cargo del comprador.
El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio de la Cap. Fed. La subasta queda sujeta a la aprobación de la entidad vendedora.
Buenos Aires, 30 de agosto de 2001.
R.R. Bronenberg Victorica, martillero.
e. 6/9 N 7110 v. 10/9/2001

Aviso Ley 24.441. De conformidad con lo dispuesto por el art. 57 y concordantes de la Ley 24.441, el martillero Alfredo C. Bence comunica por tres días que el día 12 de septiembre de 2001, a las 15 hs. rematará por cuenta y orden del acreedor hipotecario, en la Corp. de Rematadores, calle Juan D. Perón 1233, de C. Fed., en presencia del escribano interviniente, el inmueble ubicado en Villa Ballester, Pdo. Gral. San Martín, Pcia. de Bs. As., con frente a la calle 35 - Chivilcoy, hoy N
5083, entre las calles 122 - Gral. Paz y 128 - Gral.
Lavalle, edificado sobre 2 lotes, designados como lote N 20 y letra B. Sup. total 348,17 m2. Nom.
Cat.: Circ. II; Secc. J; Mzna. 24; Parc. 32a. Guía Inm. 74.033. Mat. 37.744/45. Ocupado por el demandado, su hijo y un yerno, intimados a desalojar el inmueble en 10 días, bajo apercibimiento de lanzamiento. Pequeño jardín al frente, con entrada de vehículos. Living-comedor amplio, piso parquet. 2 habitaciones, baño c/bañera. Cocina de 2
x 2 y comedor diario de 3 x 3. Atrás patio descubierto, lavadero, baño pequeño y, al fondo, galpón de 140 m2. Estado regular. Todas las medidas son aprox. Venta ad corpus, al contado, mejor postor.
Efectivo. Base U$S 55.395,20 Seña 30%. Comisión 3%. Sellado de ley 1%. En caso de no haber ofertas, se hará un 2 remate a la hora con base reducida en 25% U$S 41.546,40 y de no haber postores, se hará otro remate a la hora. Sin base.
Deudas: Mun. S. Martín al 13/2/01 $ 970,76. Rentas Pcia. Bs. As. al 2/2/01 $ consolidados 633,29.
No consol. $ 237,19. A. A. al 11/1/01 $ 71,27. Exhibición 10 y 11 de septiembre de 15 a 17 hs. Saldo de precio debe ser abonado en forma indefectible dentro de los 5 días de realizada la subasta, acreditándose el pago en las oficinas del Estudio Palmero de Belizán y Asoc., Reconquista 660, P.
Baja, de C. Fed., de 12 a 18 hs., con los recaudos del art. 62 de la Ley 24.441. Se debe constituir domicilio legal en el radio de la C. Fed. En cuanto a los impuestos, tasas y contribuciones, se estará a lo previsto en plenario civil Servicios Eficientes S.A. c/Yabra, Roberto s/Ejec. Hip. feb./99. No se
MANN, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de cuatro años y multa de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, art.
12 del Código Penal, por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y penado por el art. 5 inc. c de la Ley 23.737, en concurso real art. 55 CP, con el delito de falsificación de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas, art. 292, 1 y 2 párrafos, Código Penal. Con costas. II. Fijando como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 07/10/2004, y diez días para el pago de multa y costas del juicio. III. Ordenando la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal; y el DNI N 93.652.575
que resultara apócrifo. IV. Disponiendo que esta Sentencia se notifique en los despachos del Fiscal General y Defensor Oficial, notificándose personalmente al imputado entregándole fotocopia de la presente en su lugar de alojamiento, Delegación San Pedro de Jujuy, a 64
kilómetros de la sede de este Tribunal. V.
Remitir a DERY o DERYK OUSHEMANN al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo, y si es posible en unidad cercana a Bolivia ya que su familia vive en la ciudad de Tarija. VI. Mandando que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas. Carlos Rolando Massaccesi. Rodolfo Echazú. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 6/9 N 361.785 v. 6/9/2001

permite la compra en comisión ni pedir la indisponibilidad de los fondos. Autos LLOYDS TSB BANK
PLC c/BONOMO JUAN CARLOS y LIDIA BEATRIZ LLANOS s/Ejec. Hip. Esp. Ley 24.441 HIPO
que tramitan ante el Juz. Nac. de 1 Inst. en lo Civil N 45, sito en Avda. de los Inmigrantes 1950, piso 4 de C. Fed.
Buenos Aires, 3 de septiembre de 2001.
Alfredo C. Bence, martillero.
e. 6/9 N 18.910 v. 10/9/2001

3. Edictos Judiciales
3.1 CITACIONES Y NOTIFICACIONES

NUEVAS
TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY
El Tribunal Oral Criminal Federal de Jujuy, Falla: I. Condenando a DERY o DERYK OUSHE-

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad: Falla: Primero: Condenando a NORMA NOEMI BAYSRE, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de cuatro años y tres meses de prisión y multa de pesos doscientos veinticinco $ 225, por encontrarla autora responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5 inciso c de la Ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas. Segundo: Fijando como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 24 de diciembre de 2004, y diez días para el pago de la multa y costas del juicio. Tercero: Ordenando la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal. Cuarto: Remitir para el cumplimiento de la pena privativa de la libertad a NORMA NOEMI BAYSRE a dependencias del Servicio Penitenciario Federal. Quinto: Disponiendo que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 3 de julio de 2001, a horas doce, en la sede de este Tribunal Artículo 400 del CPPN. Sexto: Mandando que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas, Presidente. Carlos Rolando Massaccesi. Rodolfo Echazú. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 6/9 N 361.787 v. 6/9/2001

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad: Falla: Primero: Condenando a MARCOS ANTONIO VERA, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años de prisión y multa de pesos doscientos veinticinco $ 225, por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el artículo 5 inciso c de la Ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena de conformidad a lo dispuesto por el artículo 12 del Código Penal, con costas. Segundo. Fijando como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 29 de mayo del año dos mil cuatro y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
Tercero: Ordenando la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal. Cuarto: Remitir a MARCOS ANTONIO
VERA, al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo. Quinto: Mandando que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas, Presidente. Rodolfo Echazú. Carlos Rolando Massaccesi. Ante mi: Efraín Ase, Secretario.
e. 6/9 N 361.789 v. 6/9/2001

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
TUCUMAN
El Tribunal: Resuelve: I Condenar a ISABEL
LIRA LAIME DE PUITA, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de cuatro años y tres meses de prisión, accesorias legales, costas y multa de $ 250, por ser autora voluntaria y responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el art. 5
inc. c de la Ley 23.737. Arts. 12, 29 inc. 3, 40 y 41 del Código Penal y 531 del C.P.P.N.. II Ordenar la destrucción del remanente del estupefaciente secuestrado art. 30 de la Ley 23.737. III Protocolícese - hágase saber. Oscar Emilio Juan Sarrulle, Juez de Cámara. Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla, Presidente. Gabriel Eduardo Casas, Juez de Cámara. Ante mí: Dr.
Hugo César Del Sueldo Padilla, Secretario de Cámara. Tribunal Oral en lo Criminal Federal.
Causa: LIRA LAIME DE PUITA ISABEL s/Infracción a la Ley 23.737.
San Miguel de Tucumán, 14 de agosto de 2001.
Autos y Vistos: Que vienen estos autos para resolver la fijación de la fecha de cumplimiento de la condena y el monto de las costas procesales impuesta a ISABEL LIRA LAIME DE PUITA, mediante sentencia de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán de fecha 15 de marzo de 2001, agregada a fs. 154/155 y;
Considerando: Que a ISABEL LIRA LAIME DE
PUITA, de las condiciones personales que constan en autos, se la condenó a la pena de cuatro años y tres meses de prisión, multa de pesos doscientos cincuenta y costas fs. 154/155. Que a fs.
161 de autos se practicó por Secretaría el cómputo de la pena impuesta a la nombrada, como así también planilla de costas procesales, que fue notificado a las partes conforme lo dispuesto por el art. 493 del C.P.P.N., según consta a fs. 161
vta., sin que las mismas hayan realizado observación alguna. Que en consecuencia, habiéndose observado las normas contenidas en los arts.
24 y 77 del Código Penal y art. 23, sgtes. y ccdtes.
del Código Civil en el cómputo de la pena realizado, corresponde aprobar el mismo. Que según surge del informe del Actuario obrante a fs. 162, la penada ut supra referida, no hizo efectivo el pago de tasa de justicia conforme lo dispuesto en el art.
6 de la Ley N 23.898, actualizada por Resolución de la Excma. C.S.J.N. N 498/91, art. 1, correspondiendo intimar a la misma efectos de dar cumplimiento a dicho pago. Asimismo, como consecuencia de lo considerado, corresponde efectuar las comunicaciones previstas por el art. 2 inc. i de la Ley 22.117. Por lo que, encontrándose de licencia el Sr. Juez de Cámara Dr. Oscar Emilio Juan Sarrulle se, Resuelve: I Aprobar el cómputo de la pena y la planilla de costas procesales de fs. 161. II Fijar el día 19 de abril del año 2004 como fecha de cumplimiento de la pena impuesta a ISABEL LIRA
LAIME DE PUITA por sentencia de fecha 15 de marzo de 2001 que corre glosada a fs. 154/155.
III Intimar a ISABEL LIRA LAIME DE PUITA, al pago de pesos sesenta y nueve con sesenta y siete centavos $ 69,67, en concepto de tasa de justicia, conforme lo dispuesto en el art. 6 de la Ley 23.898, actualizada por Resolución de la Excma C.S.J.N. N 498/91, art. 1. IV Regístrese - hágase saber. Oscar Emilio Juan Sarrulle, Juez de Cámara. Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla, Presidente. Gabriel Eduardo Casas, Juez de Cámara. Ante mí: Dr. Hugo César Del Sueldo Padilla, Secretario de Cámara. Tribunal Oral en lo Criminal Federal.
e. 6/9 N 361.665 v. 6/9/2001

JUZGADOS NACIONALES
EN LO CIVIL
N 11
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N 11, Secretaría Unica, sito en Talcahuano 550, piso 6 de esta ciudad, en los autos caratulados: ENTRENA, ANA MARIA c/MACIEL, MARIO
F. R. y Otros s/Cobro de Alquileres, cita como demandada a FABIANA AMALIA DEL VALLE
PUNTORIERO para que dentro de 5 días comparezca personalmente al Juzgado a los efectos de reconocer las firmas del contrato de locación que se le atribuye del bien sito en Tres Arroyos 1026, piso 1 de Capital Federal, debiendo el locatario manifestar si reconoce su calidad de tal y, en su caso, exhibir el último recibo de pago, bajo apercibimiento de tenerlos por reconocidas y por confesados los hechos alegados, en caso de incomparecencia injustificada o falta de respuesta categórica. Publíquese por dos días.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/09/2001 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha06/09/2001

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9389

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/07/2024

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