Boletín Oficial de la República Argentina del 29/08/2000 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

36 Martes 29 de agosto de 2000
en orden al delito previsto por el artículo 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho no fue cometido por el imputado con la mención de que este proceso no afecta su buen nombre y honor conf.
art. 336 inciso 4to. del C.P.P.. Fdo.: Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 326.975 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7.805/00, caratulada SAYANS NESTOR FABIAN s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. NESTOR FABIAN SAYANS, lo resuelto a su respecto con fecha 14 de julio de 2000 y que a continuación se transcribe. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I Sobreseer en la presente causa Nro. 7.805/00 y respecto de NESTOR FABIAN SAYANS, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al delito previsto y reprimidido por el artículo 14, Segundo Párrafo, de la Ley 23.737, en razón de que el hecho investigado no encuadra en una figura legal, declarando que la formación del presente no afecta el buen nombre y honor del que gozara conf. art. 336 inciso 3ro. del C.P.P.. Fdo.:
Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 326.979 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7.485/00, caratulada BAEZ PEDRO RAMON s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. PEDRO RAMON BAEZ, lo resuelto a su respecto con fecha 14 de julio de 2000 y que a continuación se transcribe. Autos y Vistos Y
Considerando Resuelvo: I Sobreseer en la presente causa Nro. 7.485/00 y respecto de PEDRO
RAMON BAEZ, de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el artículo 14, segundo párrafo, de la Ley 23.737, en razón de que el hecho imputado no encuadra en una figura legal, con la mención de que este proceso no afecta el buen nombre y honor conf. art. 336 inciso 3ro. del C.P.P.. Fdo.:
Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 326.981 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7.605/00, caratulada TORRES JORGE ADRIAN s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. JORGE ADRIAN TORRES, lo resuelto a su respecto con fecha 14 de julio de 2000 y que a continuación se transcribe. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I Sobreseer a JORGE ADRIAN TORRES, de las demás condiciones personales obrantes en autos y en exordio, en orden al delito previsto por el artículo 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho imputado no encuadra en una figura legal con la mención de que este proceso no afecta el buen nombre y honor conf. art. 336 inciso 3ro. del C.P.P.. Fdo.: Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 326.985 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7338/00, caratulada GALLARDO SERGIO MATIAS y Otro s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. Sergio Matías Gallardo, lo resuelto a su respecto con fecha 11 de julio de 2000 y que a continuación se transcribe. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I Sobreseer en la presente causa Nro. 7338/00 y respecto de SERGIO MATIAS GALLARDO, de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el artículo 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho imputado no encuadra en una figura legal con la mención de que este proceso no afecta su buen nombre y honor conf. art. 336 inciso 3ro. del C.P.P.. Fdo.:
Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 326.987 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7338/00, caratulada GALLARDO SERGIO MATIAS y Otro s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. Pablo Gastón Rescalde,
BOLETIN OFICIAL Nº 29.471 2 Sección lo resuelto a su respecto con fecha 11 de julio de 2000 y que a continuación se transcribe. Autos y Vistos y Considerando Resuelvo: I Sobreseer en la presente causa Nro. 7338/00 y respecto de Pablo Gastón Rescalde, de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el artículo 14 de la ley 23.737, en razón de que el hecho imputado no encuadra en una figura legal con la mención de que este proceso no afecta su buen nombre y honor conf. art.
336 inciso 3ro. del C.P.P.. Fdo. Jorge Alejandro Urso, Juez Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 326.999 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 8,a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7388/00, caratulada:
MAIDANA BANDARCA ROBERT RODY s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. ROBERT RODY
MAIDANA BANDARCA, lo resuelto a su respecto con fecha 14 de julio de 2000 y que a continuación se transcribe. Autos y Vistos y Considerando Resuelvo: I Declarar la nulidad del acta de fs. 1 y de todo lo actuado en consecuencia en razón de haber interrogado el preventor al imputado respecto si poseía elementos incriminantes en violación a la norma contenida en el artículo 184 del Código Procesal Penal de la Nación art.
166 del C.P.P.. II. Sobreseer en el marco de la presente causa registrada bajo el Nro. 7388/2000
a ROBERTO RODY MAIDANA BANDARCA, titular del D.N.I. 93.097.743, de nacionalidad uruguaya, nacido el 11 de enero de 1979, en Canelones, Uruguay, de estado civil soltero, de ocupación estudiante, hijo de Miguel Angel y de Hernestina Maidana, domiciliado en la Avenida Scalabrini Ortiz 1241, habitación 16 de esta ciudad, en orden a la infracción a la ley 23.737 endilgada en el presente proceso, por considerar que el hecho investigado no lo cometió, dejando a salvo que la formación de la presente no afecta el buen nombre y honor que hubiere gozado con anterioridad art.
3236 inciso 2do. del C.P.P.. Fdo. Jorge Alejandro Urso, Juez Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 327.002 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7324/00, caratulada CAMPOS MARCOS JULIAN y Otro s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. Walter Gustavo Franco, lo resuelto a su respecto con fecha 14 de julio de 2000 y que a continuación se transcribe: Autos y Vistos y Considerando Resuelvo: I Sobreseer en la presente causa Nro. 7324/00 y respecto de WALTER GUSTAVO FRANCO, de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el art. 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho imputado no encuadra en una figura legal, con la mención de que este proceso no afecta el buen nombre y honor conf. art. 336 inciso 3ro. del C.P.P.. Fdo: Jorge Alejandro Urso, Juez Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 327.038 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7.808/00, caratulada RIVAS CARLOS FEDERICO s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. CARLOS FEDERICO
RIVAS, lo resuelto a su respecto con fecha 14 de julio de 2000 y que a continuación se transcribe.
Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I
Sobreseer en la presente causa a CARLOS FEDERICO RIVAS, de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el artículo 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho no encuadra en figura legal, con la mención de que este proceso no afecta el buen nombre y honor conf. art. 336 inciso 3ro. del C.P.P.. Fdo.: Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 327.068 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7873/00, caratulada HUMANI JUAN RODOLFO y Otro s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. JUAN RODOLFO HUAMANI
ALDAVE, lo resuelto a su respecto con fecha 14
de julio de 2000 y que a continuación se transcribe.
Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I
Sobreseer en la presente causa Nro. 7873/00 y
respecto de JUAN RODOLFO HUAMANI
ALDAVE, de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el artículo 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho no fue cometido por el imputado con la mención de que este proceso no afecta su buen nombre y honor conf. art. 336 inciso 4to. del C.P.P.. Fdo.: Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 327.085 v. 1/9/2000

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7311/00, caratulada CARNERO FRANCISCO ALEJANDRO s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. FRANCISCO ALEJANDRO CARNERO, lo resuelto a su respecto con fecha 14 de julio de 2000 y que a continuación se transcribe. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I Sobreseer en la presente causa Nro. 7311/00 y respecto de FRANCISCO
ALEJANDRO CARNERO, de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el artículo 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho imputado no encuadra en una figura legal con la mención de que este proceso no afecta su buen nombre y honor conf. art.
336 inciso 3ro. del C.P.P.. Fdo.: Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 327.086 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7313/00, caratulada DORSA CRISTIAN HERNAN s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. CRISTIAN HERNAN
DORSA, lo resuelto a su respecto con fecha 14
de julio de 2000 y que a continuación se transcribe.
Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I
Sobreseer a CRISTIAN HERNAN DORSA, de las demás condiciones personales obrantes en el encabezamiento, en orden al delito previsto por el artículo 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho no fue cometido por el nombrado, haciendo expresa mención que la formación a su respecto no afecta el buen nombre y honor conf. art.
336 inciso 3ro. del C.P.P.. Fdo.: Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 327.087 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7878/00, caratulada CASTRO ADRIAN HUMBERTO Y OTRO s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. ADRIAN
HUMBERTO CASTRO, lo resuelto a su respecto con fecha 2 de agosto de 2000 y que a continuación se transcribe. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I Sobreseer en la presente causa Nro. 7878/00 y respecto de ADRIAN
HUMBERTO CASTRO, de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el artículo 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho imputado no encuadra en una figura legal, con la mención de que este proceso no afecta su buen nombre y honor conf. art. 336
inciso 3ro. del C.P.P.. Fdo.: Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 327.130 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7878/00, caratulada CASTRO ADRIAN HUMBERTO y Otro s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. PATRICIO MARTIN CANTO, lo resuelto a su respecto con fecha 2
de agosto de 2000 y que a continuación se transcribe. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I Sobreseer en la presente causa Nro.
7.878/00 y respecto de CANTO PATRICIO MARTIN, de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el artículo 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho imputado no encuadra en una figura legal, con la mención de que este proceso no afecta su buen nombre y honor conf. art. 336 inciso 3ro. del C.P.P.. Fdo.: Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 327.131 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Ale-

jandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7241/00, caratulada PETORUTTI GUILLERMO ARIEL s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. GUILLERMO ARIEL
PETORUTTI, lo resuelto a su respecto con fecha 14 de julio de 2000 y que a continuación se transcribe. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I Sobreseer en la presente causa Nro.
7241/00 y respecto de GUILLERMO ARIEL
PETORUTTI, de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el art. 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho no fue cometido por él con la mención de que este proceso no afecta su buen nombre y honor conf. art. 336 inciso 4to. del C.P.P.. Fdo.:
Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 327.132 v. 1/9/2000

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nro. 7558/00, caratulada IPAR WALTER JESUS s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. WALTER JESUS IPAR, lo resuelto a su respecto con fecha 14 de julio de 2000 y que a continuación se transcribe. Autos y Vistos Y
Considerando Resuelvo: I Sobreseer en la presente causa Nro. 7558/00 y respecto de WALTER
JESUS IPAR, de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el artículo 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho imputado no encuadra en una figura legal, con la mención de que este proceso no afecta su buen nombre y honor conf. art. 336 inciso 3ro.
del C.P.P.. Fdo.: Jorge Alejandro Urso, Juez. Federal. Ante mí: Juan Martín Hermida, secretario.
e. 28/8 Nº 327.133 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 8 cargo del Dr. Jorge Alejandro Urso, Secretaría Nº 16 del Dr. Juan Martín Hermida, en la causa Nº 7492/00, caratulada ESCORPANITI WALTER s/Infracción Ley 23.737, notifica al Sr. MARIANO MARTIN
MINETTO lo resuelto a su respecto con fecha 8
de agosto de 2000 y que a continuación se transcribe: Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I Sobreseer en la presente causa Nº 7492/00 y respecto de MARIANO MARTIN
MINETTO de las demás condiciones personales ya consignadas, en orden al delito previsto por el art. 14 de la Ley 23.737, en razón de que el hecho imputado no encuadra en una figura legal, con la mención de que este proceso no afecta su buen nombre y honor conf. art. 336 inciso 3º del C.P.P..
Fdo.: Jorge Alejandro Urso, Juez Federal. Ante mí:
Juan Martín Hermida, Secretario.
e. 28/8 Nº 327.134 v. 1/9/2000

Nº 10
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 10 a cargo del Dr. Gustavo Literas, Secretaría Nº 19, interinamente a cargo del Dr.
Gustavo Cristofani, en la causa Nº 2822/00, cita y emplaza a OSCAR LAUGE, argentino, DNI
8.447.703, con último domicilio registrado en la calle San Lorenzo 1425, de la localidad de Ezeiza, Pcia. de Bs. As., a fin de que se presente ante este Tribunal en el término de cinco días a contar desde la última publicación del presente, con el objeto de prestar su declaración indagatoria en autos, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su inmediata captura en caso de incomparecencia injustificada.
Buenos Aires, 10 de agosto de 2000.
Javier E. Helou, secretario federal.
e. 28/8 Nº 327.017 v. 1/9/2000
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 10 a cargo del doctor Gustavo Adolfo Literas, Secretaría Nº 19 a cargo del doctor Javier Eduardo Helou, sito en la Av. Comodoro Py 2002, piso 4º de esta Ciudad, cita y emplaza por el término de cinco días a contar desde la fecha de la última publicación al imputado OSCAR
EDWIN VEDIA LUNA, nacido en la República de Bolivia el 8 de enero de 1974, a fin de que comparezca ante estos estrados en relación a la causa Nº 5276/2000, que se le sigue en orden al delito previsto y reprimido en el art. 292 del Código Penal, caratulada NN s/Falsificación de Documentos Públicos, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su captura en caso de incomparecencia.
Secretaría Nº 19, 15 de agosto de 2000.
Javier E. Helou, secretario federal.
e. 28/8 Nº 327.022 v. 1/9/2000

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/08/2000 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha29/08/2000

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9383

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/07/2024

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