Boletín Oficial de la República Argentina del 02/07/2024 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.452 - Primera Sección
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Martes 2 de julio de 2024

ARTÍCULO 7º.- A efectos de profundizar y garantizar el funcionamiento de la MESA conformada, se llevarán a cabo reuniones de forma periódica.
ARTÍCULO 8.- La presente medida no implica erogación de recurso presupuestario alguno.
ARTÍCULO 9.- Esta norma entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich - Mario Antonio Russo - Nelida Agustina Bisio - Florencia Lucila Misrahi e. 02/07/2024 N 42084/24 v. 02/07/2024

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/07/2024 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha02/07/2024

Nro. de páginas71

Nro. de ediciones9389

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/07/2024

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