Boletín Oficial de la República Argentina del 13/04/2024 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.399 - Primera Sección

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Viernes 12 de abril de 2024

UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA

EDICTO
La UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, con domicilio en Av. De Mayo N757/761 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica al Sr. Adrián Esteban CORONEL CUIT N20-23804818-5, que se ha dictado la Resolución RESAP-2023-20-APN-UIFMEC del 28 de febrero de 2023 que dispone: CIUDAD DE BUENOS AIRESVISTO
CONSIDERANDOEL PRESIDENTE DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA RESUELVE: ARTÍCULO
1.- Declarar la responsabilidad del escribano Adrián Esteban CORONEL CUIT N 20-23804818-5, conforme lo dispuesto por el inciso 12 del artículo 20 de la Ley N25.246 y al inciso g el Artículo 2 de la resolución UIF
N21/2011, por haberse acreditado el cargo de falta de registración ante la UIF en tiempo oportuno en infracción al artículo 2 de la Resolución UIF N 50/2011 y sus modificatorias. ARTÍCULO 2.- Imponer en consecuencia a lo dispuesto en el artículo 1 del presente, una multa de PESOS CIEN MIL $ 100.000, al escribano Adrián Esteban CORONEL CUIT N 20-23804818-5, conforme lo expuesto en el considerando de esta Resolución y a lo establecido en los incisos 1 y 3 del artículo 24 de la Ley N 25.246 y sus modificatorias. ARTÍCULO 3.Notifíquese e intímese al sumariado a hacer efectivo el pago de la multa impuesta dentro del plazo de DIEZ 10
días de notificada la presente Resolución , el que deberá materializarse mediante el Sistema de Recaudación de la Administración Pública -eRecaudahttps erecauda.mecon.gov.ar, todo ello, bajo apercibimiento de iniciar la correspondiente ejecución. ARTÍCULO 4.- Hágase saber al sumariado que la presente Resolución agota la vía administrativa y que podrá recurrirse en forma directa en el plazo de TREINTA 30 días por ante la justicia en el fuero Contencioso Administrativo Federal , conforme lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N25.246 y sus modificatorias y el artículo 25 del Decreto N290/2007, aplicándose en lo pertinente las disposiciones de la Ley N19.549. ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Colegio Notarial de la Provincia del Chaco, de acuerdo a lo establecido en los artículos 31 y 35 Resolución UIF N111/2012, con copia certificada de la presente Resolución. ARTÍCULO
6.- Regístrese, comuníquese, cumplido, archívese. Fdo. JUAN CARLOS OTERO. Presidente de la Unidad de Información Financiera.
Se hace saber al sumariado que la presente Resolución agota la vía administrativa y que podrá recurrirse en forma directa en el plazo de TREINTA 30 días por ante la justicia en el fuero Contencioso Administrativo Federal, conforme lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N 25.246 y sus modificatorias y el artículo 25 del Decreto N290/2007, aplicándose en lo pertinente las disposiciones de la Ley N19.549.
Publíquese por TRES 3 días en el Boletín Oficial y por TREINTA 30 días en el sitio de internet de la Unidad de Información Financiera.
Valeria Rodríguez Fromm, Directora, Dirección de Régimen Administrativo Sancionador.
e. 11/04/2024 N19942/24 v. 15/04/2024

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/04/2024 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/04/2024

Nro. de páginas73

Nro. de ediciones9392

Primera edición02/01/1989

Ultima edición10/07/2024

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