Boletín Oficial de la República Argentina del 09/03/2024 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.378 - Primera Sección
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Viernes 8 de marzo de 2024

Que, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, pasen las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines de que, a través de la Dirección de Normativa Laboral y en virtud de la autorización efectuada mediante Resolución NRESOL-2021-301-APN-MT y su consecuente Disposición NDI-2021-288-APN-DNRYRTMT y sus prórrogas se evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto NDECTO-2023-123-APN-PTE.
Por ello, ELSECRETARIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárense homologados el acuerdo y su anexo obrantes en el documento NºRE-2023-53616680APN-DGDYDJGM del Expediente Nº EX-2023-53617484-APN-DGDYDJGM, celebrados entre la UNIÓN
TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES UTEDYC, por la parte sindical, y la FUNDACIÓN
TEMAIKEN, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o 2004.
ARTÍCULO 2.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro de los instrumentos identificados en el artículo 1 de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines de que a través de la Dirección de Normativa Laboral se evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N1530/16 E.
ARTÍCULO 4.- Hágase saber que en el supuesto de que esta SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo y anexo homologados y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o.2004.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Omar Nills Yasin NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 08/03/2024 N11390/24 v. 08/03/2024

MINISTERIO DECAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Resolución 88/2024
RESOL-2024-88-APN-STEYSSMCH
Ciudad de Buenos Aires, 02/02/2024
VISTO el Expediente NEX-2024-10246953-APN-DGDMT, las Leyes Nros. 14.250 t.o. 2004, 20.744 t.o.1976 y sus modificatorias, 23.546 t.o.2004,y CONSIDERANDO:
Que en los documentos Nros. RE-2024-10246690-APN-DGDMT y RE-2024-10246793-APN-DGDMT del Expediente N EX-2024-10246953- -APN-DGDMT obra el acuerdo y escalas salariales de fecha 16 de enero 2024 celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS FAECYS, por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE COMERCIO Y SERVICIOS CACYS, la CONFEDERACIÓN
ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA CAME, y la UNIÓN DE ENTIDADES COMERCIALES ARGENTINAS
UDECA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N14.250 t.o.2004.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/03/2024 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha09/03/2024

Nro. de páginas70

Nro. de ediciones9407

Primera edición02/01/1989

Ultima edición25/07/2024

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