Boletín Oficial de la República Argentina del 08/12/2023 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.316 - Primera Sección
220

Viernes 8 de diciembre de 2023

del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 4.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, la adjudicataria deberá cumplimentar con los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación técnica de las instalaciones y autorización para el inicio de las transmisiones regulares, para lo cual resulta de aplicación el Instructivo que forma parte integrante de la Resolución RESOL-2022-1012-APN-ENACOMJGM. La señal distintiva será asignada al momento de la habilitación definitiva del servicio. Los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, se cumplimentarán a través de la presentación de la documentación técnica definitiva y, aprobada la misma, de la inspección técnica de las instalaciones. La inspección técnica de las instalaciones podrá acreditarse a través de la presentación de un Certificado Simplificado de Inspección Técnica. 5.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL. 6.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7.Dentro de los 90 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá ampliar sus actividades registradas ante la A.F.I.P. 8.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 08/12/2023 N100868/23 v. 08/12/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1994/2023

RESOL-2023-1994-APN-ENACOMJGM FECHA 01/12/2023 ACTA 93
EX-2020-87222454- -APN-REYSENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- AUTORIZAR la transferencia de la Licencia para la prestación de Servicios TIC, y los registros del Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, Valor Agregado - Acceso a Internet y Telefonía local otorgados a la señora Wilma Lucia VASSALLO, mediante Resoluciones ENACOM N751/2019 y N3.574/2019 dictadas por este Organismo, a favor de la firma OLINTO S.R.L.. 2.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este Organismo.
3.- Notifíquese a la interesada. 4.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en !a página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas.
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 08/12/2023 N100791/23 v. 08/12/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1996/2023

RESOL-2023-1996-APN-ENACOMJGM FECHA 01/12/2023 ACTA 93
EX-2022-09498611-APN-REYSENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- OTORGAR al señor Daniel Ramón VERA, Licencia para la prestación de Servicios TIC, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO
NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación de los servicios a registrar, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este Organismo. 3.- NOTIFÍQUESE al interesado. 4.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/12/2023 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha08/12/2023

Nro. de páginas289

Nro. de ediciones9412

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/07/2024

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