Boletín Oficial de la República Argentina del 25/11/2023 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 35.305 - Primera Sección
Viernes 24 de noviembre de 2023

domicilio, dentro del radio de esta Aduana, art. 1001, bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005
del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia de el art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente.
Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción al art. 977, a que en el perentorio plazo de diez 10 días, previo deposito en autos del monto de la multa mínima pretendida, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia lo pondrá a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación en función de los artículos 4º, 5º y 7º de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 985, 986, 987 y otros de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación.
SC461782-2022/8
588-2023/7
583-2023/6
1224-2022/5
582-2023/8
587-2023/9
581-2023/K
332-2023/5
422-20023/5

IMPUTADO
MEDINA DAMIAN ANDRÉS
PORTILLO MARIA
MARQUEZ VIVIANA MICAELA
PIÑEIRO DANIEL ORLANDO VALENZUELA FERNANDO
CONFORTE HÉCTOR
MONTALVO HUGO ANTONIO
FERNÁNDEZ YEPRA RICARDO
GONZÁLEZ HECTOR EMANUEL

DOC. IDENTIDAD
D.N.I N43.083.492
D.N.I. N.º 95.267.341
D.N.I.N40.227.393
D.N.I N30.903.618
D.N.I N43.120.213
D.N.I N.º 8.643.929
D.N.I N.º 95.326.636
C.I PY N5.735.867
D.N.I N32.432.954

MULTA$
120.319,92
389.420,39
764.550,67
480.032,56
620.295,82
399.030,64
577.019,38
439.949,74
358.608,00

INFRACCIÓN
987
987
987
985
987
987
987
970
977

Ricardo Daniel Koza, Administrador de Aduana.
e. 24/11/2023 N95358/23 v. 24/11/2023

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA POSADAS
La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente en los términos de los artículos 1 y 2 de la Ley 25.603 por el plazo de 01 día a quienes acrediten su derecho a disponer de la mercadería cuya identificación debajo de detalla, que podrán solicitar respecto de ella, mediante presentación, alguna destinación autorizada dentro de los 30 treinta días corridos contados desde de la publicación del presente en los términos del artículo 417 y siguientes del CA Ley 22.415 bajo apercibimiento de declarar abandonada a favor del Estado según los términos del artículo 421 del CA Ley 22.415, ello sin perjuicio del pago de las multas y/o tributos que pudieran corresponder. A dichos efectos los interesados deberán presentarse en la Aduana de Posadas sita en Santa Fe N1862 de la ciudad de Posadas, Provincia de Misiones en el horario de 9:00 a 15:00 horas.
Ricardo Daniel Koza, Administrador de Aduana.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 24/11/2023 N95326/23 v. 24/11/2023

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA SAN JAVIER
EDICTO
La Aduana de San Javier, conforme lo instruye la Ley Nº25.603, comunica a quienes acrediten algún derecho sobre las mercaderías involucradas en las actuaciones que a continuación se detallan que, de no mediar objeción legal dentro del plazo de 30 días corridos a partir de la publicación de la presente, se procederá en forma inmediata a incluir las mercaderías en la lista de próxima subasta Art. 439C.A. y/o se pondrán a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación conforme las previsiones de la Ley antes citada. Cabe aclarar que con las mercaderías a las que no se puede dar el tratamiento previsto en las reglamentaciones antes descriptas, se procederá conforme lo establecido en el Art. 448 del C. A.; a dichos efectos, los interesados deberán presentarse en esta dependencia, sita en la calle E. Lazzaga Nº290 - San Javier - Pcia. de Mnes.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/11/2023 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha25/11/2023

Nro. de páginas138

Nro. de ediciones9392

Primera edición02/01/1989

Ultima edición10/07/2024

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